Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230529-62)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 126

nio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid,
a la Dirección General Biodiversidad y Recursos Naturales de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Subdirección General del
Patrimonio del Ministerio de Defensa, a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y a la Comunidad de Regantes de la Real Acequia del Jarama.
El Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha
emitió informe en fecha 29 de julio de 2022.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto, la
evaluación de impacto ambiental efectuada.
Los proyectos acumulados de ejecución y su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante
Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante,
DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada, y
que ha sido debidamente publicada en el “Boletín Oficial del Estado”.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en
su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al artículo 41 de
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el
proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición del proyecto se atenderá,
en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a tal efecto:
— Propuesta de la línea de evacuación con informe favorable del Ayuntamiento de
Yeles (condición 5.1.4).
— El promotor llegará a acuerdos con el Ayuntamiento de Esquivias y titulares de
derechos mineros en este ayuntamiento para buscar la mejor solución de trazado
de la línea eléctrica, compatibilizándola con el plan de ordenación municipal,
adoptando medidas de integración paisajísticas (condición 5.1.5).
— Todos los cruces de la LAT sobre corredores ecológicos habrán de ejecutarse subterráneamente (condición 5.1.6.).
— El promotor deberá alcanzar acuerdos con el Ayuntamiento de Pinto para buscar
la mejor solución de trazado de la línea eléctrica, compatibilizándola con el plan
de ordenación municipal, adoptando medidas de integración paisajísticas (condición 5.1.7.).
— El promotor deberá alcanzar acuerdos con los titulares de derechos mineros afectados por el proyecto señalados por la Dirección General de Promoción Económica de Industrial de la Comunidad de Madrid (condición 5.1.8).
— En proyecto se realizarán estudios geotécnicos para el diseño de las cimentaciones
de los apoyos de la línea de evacuación en el ámbito del Ayuntamiento de Esquivias (condición 5.1.9).
— Con respecto a la línea de evacuación y la medida indicada por la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Castilla-La Mancha referente
a la corrección de 2 apoyos por cada kilómetro de línea de evacuación, se aplicará
esta medida para el tramo aéreo de la provincia de Toledo (de acuerdo al trazado
de los proyectos a modificar y presentar al órgano sustantivo para continuar con la
tramitación), destacando que los apoyos a corregir en líneas peligrosas serán los indicados por el Servicio de Medio Natural y Biodiversidad de Toledo y serán de titularidad privada en la que existan acuerdos con los propietarios para llevar a cabo
estas actuaciones (condición 5.1.11).
— Proyecto de compensación de pérdida de hábitat estepario (condición 5.2.53 y 5.2.54).
— Proyecto definitivo para evaluación por el Servicio de Cultura de la Delegación
Provincial de Educación, Cultura y Deportes de Toledo (condición 5.2.55).

BOCM-20230529-62

BOCM