Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230526-47)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 124
fiesto una serie de propuestas en relación con el proyecto consultado. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, y argumenta su postura en la respuesta. No se ha recibido
respuesta de los organismos a estas últimas contestaciones del promotor, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados los Ayuntamientos de Alameda de la Sagra, Añover de Tajo, Esquivias,
Huerta de Valdecarábanos, Numancia de la Sagra, Pantoja, Yepes, Parla y Aranjuez; la Dirección General de Agricultura y Ganadería de Castilla-La Mancha; la Dirección General de
Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha; la Dirección General de Política Energética y Minas
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; Acuatajo; la Dirección
General de Cohesión Territorial de Castilla-La Mancha; la Dirección General de Políticas
Agroambientales de Castilla-La Mancha; la Diputación Provincial de Toledo; Enagás Transporte, S. A. U.; Iberdrola I-DE; Naturgy Iberia, S. A.; la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid; la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio del Interior; la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la
Comunidad de Madrid; la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, y
Exolum, S. A. (Compañía Logística de Hidrocarburos), no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Ayuntamiento de Yeles informó oposición al proyecto dado que la línea de evacuación atraviesa zonas calificadas como suelo urbanizable industrial. El promotor responde
que diseñará sus instalaciones para dar cumplimiento a la normativa urbanística. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento, no se ha recibido respuesta de dicho organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid emite informe requiriendo información sobre geolocalización, e identificación de los derechos mineros que pudieran resultar
afectados, y posible situación de prevalencia sobre derechos de Tolsa, S. A.; Minerales y
Productos Derivados, S. A., y Cemex España Operaciones, S. L. U. El promotor presenta informe técnico indicando afección nula o marginal a derechos mineros. En fecha 27 de octubre la Dirección General emite segundo informe en el que mantiene su oposición. Finalmente, el 9 de marzo el promotor indica que tiene intención de contactar con los concesionarios
mineros para compatibilizar todos los proyectos. El 14 de marzo el promotor presenta escrito de corrección advirtiendo que la respuesta del día 9 de marzo daba respuesta de manera
errónea a otro expediente, y responde a la Dirección General en fecha 23 de marzo de 2022,
indicando que no dispone de información para poder analizar el programa de explotación y
las posibilidades de ampliación de la superficie de explotación minera indicado por la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, y que tiene intención de contactar con
los concesionarios mineros para compatibilizar ambos proyectos.
Igualmente, se remitieron separatas de los proyectos y del estudio de impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de CastillaLa Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, la Dirección
General de Economía Circular, y la Oficina del Cambio Climático de Castilla-La Mancha,
todas ellas de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, a la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid, a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General
de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de
Madrid, a la Subdirección General de Higiene, Seguridad Alimentaria y Ambiental, a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, a la Dirección General de Economía Circular, y a la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático, todas ellas
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid,
a la Base Aérea de Getafe del Ejercito del Aire (Ministerio de Defensa), a la Oficina Española de Cambio Climático, a la Subdirección General de Evaluación Ambiental y a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, todas ellas del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a WWW/ADENA, a Seobirdlife, y a
Ecologistas en Acción Castilla-La Mancha.
BOCM-20230526-47
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 124
fiesto una serie de propuestas en relación con el proyecto consultado. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, y argumenta su postura en la respuesta. No se ha recibido
respuesta de los organismos a estas últimas contestaciones del promotor, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados los Ayuntamientos de Alameda de la Sagra, Añover de Tajo, Esquivias,
Huerta de Valdecarábanos, Numancia de la Sagra, Pantoja, Yepes, Parla y Aranjuez; la Dirección General de Agricultura y Ganadería de Castilla-La Mancha; la Dirección General de
Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha; la Dirección General de Política Energética y Minas
del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; Acuatajo; la Dirección
General de Cohesión Territorial de Castilla-La Mancha; la Dirección General de Políticas
Agroambientales de Castilla-La Mancha; la Diputación Provincial de Toledo; Enagás Transporte, S. A. U.; Iberdrola I-DE; Naturgy Iberia, S. A.; la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad de Madrid; la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del
Ministerio del Interior; la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la
Comunidad de Madrid; la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, y
Exolum, S. A. (Compañía Logística de Hidrocarburos), no se ha recibido contestación por su
parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Ayuntamiento de Yeles informó oposición al proyecto dado que la línea de evacuación atraviesa zonas calificadas como suelo urbanizable industrial. El promotor responde
que diseñará sus instalaciones para dar cumplimiento a la normativa urbanística. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento, no se ha recibido respuesta de dicho organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid emite informe requiriendo información sobre geolocalización, e identificación de los derechos mineros que pudieran resultar
afectados, y posible situación de prevalencia sobre derechos de Tolsa, S. A.; Minerales y
Productos Derivados, S. A., y Cemex España Operaciones, S. L. U. El promotor presenta informe técnico indicando afección nula o marginal a derechos mineros. En fecha 27 de octubre la Dirección General emite segundo informe en el que mantiene su oposición. Finalmente, el 9 de marzo el promotor indica que tiene intención de contactar con los concesionarios
mineros para compatibilizar todos los proyectos. El 14 de marzo el promotor presenta escrito de corrección advirtiendo que la respuesta del día 9 de marzo daba respuesta de manera
errónea a otro expediente, y responde a la Dirección General en fecha 23 de marzo de 2022,
indicando que no dispone de información para poder analizar el programa de explotación y
las posibilidades de ampliación de la superficie de explotación minera indicado por la Dirección General de Promoción Económica e Industrial, y que tiene intención de contactar con
los concesionarios mineros para compatibilizar ambos proyectos.
Igualmente, se remitieron separatas de los proyectos y del estudio de impacto ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de CastillaLa Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, la Dirección
General de Economía Circular, y la Oficina del Cambio Climático de Castilla-La Mancha,
todas ellas de la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha, a la Dirección
General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deportes de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid, a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General
de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de
Madrid, a la Subdirección General de Higiene, Seguridad Alimentaria y Ambiental, a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales, a la Dirección General de Economía Circular, y a la Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático, todas ellas
de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid,
a la Base Aérea de Getafe del Ejercito del Aire (Ministerio de Defensa), a la Oficina Española de Cambio Climático, a la Subdirección General de Evaluación Ambiental y a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, todas ellas del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a WWW/ADENA, a Seobirdlife, y a
Ecologistas en Acción Castilla-La Mancha.
BOCM-20230526-47
BOCM