Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230526-47)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 124

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE MAYO DE 2023

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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Resolución de 21 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y
Minas por la que se otorga a Envatios Promoción XXIII, S. L., autorización administrativa
previa para la instalación fotovoltaica Envatios XXIII-Fase II, de 251,9 MW de potencia
pico y 242,35 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Yepes, Numancia de La Sagra, Pantoja, y Añover de Tajo en la provincia de Toledo y Torrejón de Velasco, Aranjuez, Parla y Pinto en la provincia de Madrid.
Envatios Promoción XXIII, S. L. (en adelante, el promotor) solicitó con fecha 27 de
noviembre de 2020, subsanada con fecha 22 de diciembre de 2020, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental de la de la instalación fotovoltaica Envatios XXIII-Fase II, de 251,9 MW de potencia pico, sus líneas de evacuación a 30 kV, las
subestaciones eléctricas SET Yepes 30/220 kV, SET Numancia 30/220 kV y SET Envatios XXIII 30/220 kV, y línea de evacuación a 220 kV hasta la subestación eléctrica Pinto 220 kV propiedad de Red Eléctrica de España, S. A. U.
El resto de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta, consistente en
el tramo de línea a 220 kV (apoyos 31 a 134) entre la instalación fotovoltaica Sagra I y la
subestación de medida Pinto 220 kV, que conecta con la subestación Pinto Ayuden 220 kV
(propiedad de REE) está fuera del alcance de la presente Resolución.
Esta Dirección General, con fecha 23 de diciembre de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a las solicitudes de autorización administrativa
previa y evaluación de impacto ambiental de las plantas fotovoltaicas Envatios XXIII y Envatios XXIII-Fase II y sus infraestructuras de evacuación, ubicadas en las provincias de Toledo y Madrid, con número de expediente asociado PFot-403AC.
El expediente acumulado fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la información pública y consultas a organismos afectados y público interesado de las instalaciones ubicadas
en la Comunidad de Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación
Ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la
parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 15 de julio de 2021 en el “Boletín Oficial del Estado”, con fecha 20 de julio de 2021 en el “Boletín Oficial de la Provincia de Toledo”, y
con fecha 22 de julio de 2021 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, habiéndose recibido alegaciones que fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran los promotores de plantas de generación
renovable Generación Fotovoltaica La Solana, S. L. U., Green Capital Power, S. L., e Ignis
Energía por afecciones con sus proyectos en desarrollo. Se dio traslado al promotor, que
respondió a las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de Red
Eléctrica de España, S. A. U., donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Aqualia; de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha; de la Dirección General de Carreteras y de la Dirección General
de Planificación Territorial y Urbanismo, ambas de la Consejería de Fomento de Castilla-La
Mancha; de la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo
Sostenible de Castilla-La Mancha; de ADIF; de Telefónica de España, S. A. U.; del Canal
de Isabel II; de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid; de Vías Pecuarias de la Comunidad de
Madrid, y de los Ayuntamientos de Pinto y Torrejón de Velasco, donde se ponen de mani-

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