D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230524-36)
Convenio –  Convenio de colaboración de 5 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Dirección General de Autónomos y Emprendimiento) y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid para la realización de un proyecto de investigación y estudio del emprendimiento en la región, financiado por la Unión Europea-Nextgeneration Eu
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 122

El Rector podrá sustituir a los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento designados por parte de la FUAM, que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados. Si por cualquier circunstancia cambiara el número de representantes siempre se respetará el régimen de paridad.
Séptima
Protección de datos personales
Las partes se comprometen a tratar los datos personales necesarios para la ejecución del
presente convenio de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).
Las partes firmantes no harán uso de los datos o de la información suministrada por los
destinatarios finales del programa fuera del ámbito de éste, garantizado en todo caso la privacidad y confidencialidad, velando para que no pueda ser utilizada para ninguna otra finalidad distinta a la expresamente prevista.
Los destinatarios finales del programa podrán ejercer, entre otros los derechos de acceso, cancelación, oposición y rectificación de sus datos dirigiéndose por escrito a los responsables del tratamiento. El responsable del tratamiento es la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, de la Comunidad de Madrid.
A fin de dar cumplimiento a la normativa europea que es de aplicación y en particular al
artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, ambas partes manifiestan, mediante declaración responsable realizada al efecto, acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines establecidos en los apartados
dos y tres del citado artículo.
Octava
Transparencia
Este convenio se somete a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como a lo dispuesto en la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Novena
La FUAM y la CAM se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos
como entidades colaboradoras exclusivamente en la difusión y publicidad de las actividades objeto del presente convenio, sujeto a las reglas e instrucciones que ambas instituciones puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto.
Las actuaciones objeto de este convenio, así como cuanta publicidad se haga sobre el
mismo deberán encontrarse debidamente identificadas de conformidad con las obligaciones que en materia de información, comunicación y publicidad determine la normativa interna y de la Unión Europea para el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, quedando
las partes obligadas a hacer mención en su publicidad del origen de esta financiación, velando por darle visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y
una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión EuropeaNext Generation EU”. Esta visibilidad se hará en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida
a múltiples destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, disponible en el link https:// planderecuperacion.gob.es/identidad-visual
Décima
Vigencia del convenio
El presente convenio tendrá vigencia hasta el 30 de diciembre de 2023, surtiendo efecto desde la fecha de firma del representante de la Comunidad de Madrid. Podrá ser prorrogado por acuerdo unánime de las partes por un período de hasta cuatro años adicionales,
que deberá ser formalizado por escrito, un mes antes de la expiración del plazo convenido.

BOCM-20230524-36

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