C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230524-25)
Convenio colectivo – Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector Comercio Vario, suscrito por la organización empresarial COPYME y por la representación sindical UGT y CC.OO. (código número 28000805011982)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
-
Retribuciones.
Distribución del tiempo de trabajo.
Aquellas que puedan ser identificadas en función de las características del puesto de trabajo.
Acoso sexual y acoso por razón de sexo.
Embarazo o maternidad.
A)
Concepto de los planes de igualdad: Como establece la Ley Orgánica 3/2007 los planes de
igualdad de las empresas son un conjunto ordenando de medidas, adoptadas después de
realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.
Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y
prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de
seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
Diagnóstico de situación: Previamente a la fijación de los objetivos de igualdad que en su caso
deban alcanzarse, se elaborará un diagnóstico de situación, el cual, debe realizarse en el seno
de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, cuya finalidad será constatar, si las hubiere,
la existencia de situaciones de desigualdad de trato u oportunidades entre hombres y mujeres
carentes de una justificación objetiva y razonable, o situaciones de discriminación por razón de
sexo que supongan la necesidad de fijar dichos objetivos.
De todo ello las empresas darán cuenta por escrito a los representantes de los trabajadores,
pudiendo estos emitir el correspondiente informe si así lo estiman adecuado.
Algunas cuestiones susceptibles de ser analizadas en el diagnóstico de situación son:
B)
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
Pág. 151
Distribución de la plantilla en relación con edades, antigüedad, departamento, nivel
jerárquico, grupos profesionales y nivel de formación.
Distribución de la plantilla en relación con tipos de contratos.
Distribución de la plantilla en relación con grupos profesionales y salarios.
Distribución de la plantilla en relación con ordenación de la jornada, horas de trabajo,
régimen de turnos y medidas de conciliación de la vida familiar y laboral.
Distribución de la plantilla en relación con la representación sindical.
Ingresos y ceses producidos en el último año especificando grupo profesional, edad y tipo
de contrato.
Niveles de absentismo especificando causas y desglosando las correspondientes a
permisos, incapacidades u otras.
Excedencias del último año y los motivos.
Promociones del último año especificando grupo profesional y puesto a los que se ha
promocionado, así como promociones vinculadas a movilidad geográfica.
Horas de formación del último año y tipo de acciones formativas.
Los criterios y canales de información y/o comunicación utilizados en los procesos de
selección, formación y promoción.
Los métodos utilizados para la descripción de perfiles profesionales y puestos de trabajo,
el lenguaje y contenido de las ofertas de empleo y de los formularios de solicitud para
participar en procesos de selección, formación y promoción.
a) Promover procesos de selección y promoción en igualdad que eviten la segregación y
horizontal y la utilización del lenguaje sexista.
b) Promover la inclusión de mujeres en puestos que impliquen mando y/o responsabilidad.
c) Establecer programas específicos para la selección de mujeres en puestos en los que están
subrepresentadas.
d) Revisar la incidencia de las formas de contratación atípicas (contratos a tiempo parcial y
modalidades de contratación temporal) en el colectivo de trabajadoras con relación al de
trabajadores y adoptar medidas correctoras en caso de mayor incidencia sobre estas de
tales formas de contratación.
e) Garantizar el acceso en igualdad de hombres y mujeres a la formación de empresa tanto
interna como externa, con el fin de garantizar la permanencia en el empleo de las mujeres,
desarrollando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requisitos de la demanda de
BOCM-20230524-25
C) Objetivos de los planes de igualdad: Una vez realizado el diagnóstico de situación, podrán
establecerse los objetivos concretos a alcanzar en base a los datos obtenidos y que podrán
consistir en el establecimiento de medidas de acción positiva en aquellas cuestiones en las que
se haya constatado la existencia de situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres
carentes de justificación objetiva, así como en el establecimiento de medidas generales para la
aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación.
Tales objetivos, que incluirán las estrategias y prácticas para su consecución, irán destinados
preferentemente a las áreas de acceso al empleo, formación, clasificación y promoción
profesional, condiciones retributivas y de jornada, conciliación de la vida familiar, etcétera, y
entre otros podrán consistir en:
B.O.C.M. Núm. 122
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023
-
Retribuciones.
Distribución del tiempo de trabajo.
Aquellas que puedan ser identificadas en función de las características del puesto de trabajo.
Acoso sexual y acoso por razón de sexo.
Embarazo o maternidad.
A)
Concepto de los planes de igualdad: Como establece la Ley Orgánica 3/2007 los planes de
igualdad de las empresas son un conjunto ordenando de medidas, adoptadas después de
realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y
oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo.
Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y
prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de
seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
Diagnóstico de situación: Previamente a la fijación de los objetivos de igualdad que en su caso
deban alcanzarse, se elaborará un diagnóstico de situación, el cual, debe realizarse en el seno
de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, cuya finalidad será constatar, si las hubiere,
la existencia de situaciones de desigualdad de trato u oportunidades entre hombres y mujeres
carentes de una justificación objetiva y razonable, o situaciones de discriminación por razón de
sexo que supongan la necesidad de fijar dichos objetivos.
De todo ello las empresas darán cuenta por escrito a los representantes de los trabajadores,
pudiendo estos emitir el correspondiente informe si así lo estiman adecuado.
Algunas cuestiones susceptibles de ser analizadas en el diagnóstico de situación son:
B)
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
Pág. 151
Distribución de la plantilla en relación con edades, antigüedad, departamento, nivel
jerárquico, grupos profesionales y nivel de formación.
Distribución de la plantilla en relación con tipos de contratos.
Distribución de la plantilla en relación con grupos profesionales y salarios.
Distribución de la plantilla en relación con ordenación de la jornada, horas de trabajo,
régimen de turnos y medidas de conciliación de la vida familiar y laboral.
Distribución de la plantilla en relación con la representación sindical.
Ingresos y ceses producidos en el último año especificando grupo profesional, edad y tipo
de contrato.
Niveles de absentismo especificando causas y desglosando las correspondientes a
permisos, incapacidades u otras.
Excedencias del último año y los motivos.
Promociones del último año especificando grupo profesional y puesto a los que se ha
promocionado, así como promociones vinculadas a movilidad geográfica.
Horas de formación del último año y tipo de acciones formativas.
Los criterios y canales de información y/o comunicación utilizados en los procesos de
selección, formación y promoción.
Los métodos utilizados para la descripción de perfiles profesionales y puestos de trabajo,
el lenguaje y contenido de las ofertas de empleo y de los formularios de solicitud para
participar en procesos de selección, formación y promoción.
a) Promover procesos de selección y promoción en igualdad que eviten la segregación y
horizontal y la utilización del lenguaje sexista.
b) Promover la inclusión de mujeres en puestos que impliquen mando y/o responsabilidad.
c) Establecer programas específicos para la selección de mujeres en puestos en los que están
subrepresentadas.
d) Revisar la incidencia de las formas de contratación atípicas (contratos a tiempo parcial y
modalidades de contratación temporal) en el colectivo de trabajadoras con relación al de
trabajadores y adoptar medidas correctoras en caso de mayor incidencia sobre estas de
tales formas de contratación.
e) Garantizar el acceso en igualdad de hombres y mujeres a la formación de empresa tanto
interna como externa, con el fin de garantizar la permanencia en el empleo de las mujeres,
desarrollando su nivel formativo y su adaptabilidad a los requisitos de la demanda de
BOCM-20230524-25
C) Objetivos de los planes de igualdad: Una vez realizado el diagnóstico de situación, podrán
establecerse los objetivos concretos a alcanzar en base a los datos obtenidos y que podrán
consistir en el establecimiento de medidas de acción positiva en aquellas cuestiones en las que
se haya constatado la existencia de situaciones de desigualdad entre mujeres y hombres
carentes de justificación objetiva, así como en el establecimiento de medidas generales para la
aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación.
Tales objetivos, que incluirán las estrategias y prácticas para su consecución, irán destinados
preferentemente a las áreas de acceso al empleo, formación, clasificación y promoción
profesional, condiciones retributivas y de jornada, conciliación de la vida familiar, etcétera, y
entre otros podrán consistir en: