C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230524-24)
Convenio colectivo –  Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Prezero Gestión de Residuos, S. A. (Daganzo y Fuenlabrada) (código número 28100631012015)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 122

Art. 52º. - RECOGIDA Y VERTIDO DE RESIDUOS
a)
b)

Efectuar los vertidos en el lugar que indique la Empresa.
Cumplimentar un PARTE DIARIO DE TRABAJO, según modelo de la empresa especificando:
1. Nº de aviso, indicando nombre y Nº de la calle, Nº de contenedor, nombre del vertedero, Importe
del servicio si éste hubiese cobrado.
2. Adjuntar todos los comprobantes de servicio debidamente firmados por el cliente, tanto las
llevadas, cambios, retiradas, indicando hora de ejecución.

c)
d)
e)

Adjuntar los comprobantes de vertido de los diferentes Vertederos.
Adjuntar los comprobantes especiales, en caso de recogida de contenedores vacíos en Naves,
polígonos industriales, Vertedero.
Efectuar las maniobras necesarias para enganchar y desenganchar los contenedores y depositar
el contenedor en el sitio adecuado.

DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA. – INCREMENTO SALARIAL Y CLÁUSULA DE REVISIÓN
x

x

x

x

El incremento salarial para el año 2021 será de un 1% siendo revisable con el IPC real del año 2021
la cantidad que exceda de este 1% en los términos que se especifican a continuación. Si el IPC es
mayor de un 4%, se incrementará un 4% la retribución fijada en tablas para cada categoría, y el
porcentaje restante se fijará como una paga no consolidable.
El incremento salarial para el año 2022 será de un 1% siendo revisable con el IPC real del año 2022
la cantidad que exceda de este 1%. Se establece un incremento variable de un 0,25% si no se
superan las 60 jornadas de personal en situación de baja por IT y no se superan los 4 accidentes
con baja.
El incremento salarial para el año 2023 será de un 1% siendo revisable con el IPC real del año 2023
la cantidad que exceda de este 1%. Además, se establece un incremento fijo de un 0,25% más uno
variable de un 0,25% si no se superan las 45 jornadas de personal en situación de baja por IT y no
se superan los 3 accidentes con baja.
El incremento salarial para el año 2024 será de un 1% siendo revisable con el IPC real del año 2024
la cantidad que exceda de este 1%. Además, se establece un incremento fijo de un 0,50% más uno
variable de un 0,25% si no se superan las 45 jornadas de personal en situación de baja por IT y no
se superan los 3 accidentes con baja.

Los conceptos variables de las tablas (plus de asistencia, plus falta de accidente, comidas, plus festivo,
horas extras, guardias y sábados trabajados) además de todos los conceptos retributivos incluidos en
convenio serán revisables anualmente un 1% siendo revisable con el IPC real de cada año.
SEGUNDA. - La empresa negociará con el Comité los traslados de centro de trabajo
TERCERA. - El personal adscrito al presente Convenio colectivo, percibirán en el mes de diciembre,
una cesta de Navidad, cuyo contenido se negociará con el comité de empresa.
El importe de la misma será de 63,91€, no pudiendo ser sustituida por otro tipo de emolumento

QUINTA.- en todo lo no dispuesto en este convenio, se estará a lo dispuesto en el Acuerdo General
para las empresas de transporte de mercancías por carretera, el estatuto de los trabajadores y demás
disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.
SEXTA. - Género neutro
Todas las referencias hechas en el texto del Convenio aparentemente hechas al género masculino, a
los efectos de una mayor simplificación en la redacción del texto, sin que supongan la ignorancia de las
diferencias de género existentes, se entienden hechas a un género neutro, es decir, también afectan al
género femenino, salvo aquellos casos en que por imperativo legal correspondan a la mujer trabajadora.

BOCM-20230524-24

CUARTA. - Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo orgánico indivisible y a
efectos de su aplicación práctica serán consideradas globalmente en cómputo anual, sin que quepa la
aplicación de una normativa aislada sobre condiciones anteriores.