Hoyo de Manzanares (BOCM-20230523-72)
Organización y funcionamiento. Protocolo acoso laboral
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 121
ral y al acoso sexual y por razón de sexo aprobados en el Administración General del Estado
(Resoluciones de 5 de mayo y 28 de julio de 2011 de la Secretaría de Estado para la Función Pública, “Boletín Oficial del Estado” de 1 de junio y 8 de agosto de 2011), se ha elaborado el presente para su aplicación específica en el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares.
1.2. Principios de actuación.
Con el fin de asegurar que todos los empleados públicos disfruten de un entorno de trabajo en el que la dignidad de la persona sea respetada y su salud no se vea afectada, y considerando que las conductas constitutivas de acoso no perjudican únicamente a los trabajadores
directamente afectados, sino que repercuten igualmente en su entorno más inmediato y en el
conjunto de la Institución, el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares declara formalmente que
rechaza todo tipo de conducta de acoso en el entorno de trabajo, en todas sus formas y modalidades, sin atender a quién sea la víctima o el acosador ni cual sea su rango jerárquico. Y manifiesta su compromiso de prevenir y no tolerar el acoso en el entorno de trabajo, de cualquier
tipo que sea, así como el establecimiento de una cultura organizativa de normas y valores contra dicho acoso y el compromiso a afrontar las reclamaciones que puedan producirse, de
acuerdo con los siguientes principios:
— Como principio básico el derecho de los trabajadores públicos a recibir un trato
respetuoso y digno.
— Toda persona tiene derecho a que se respete su intimidad y su integridad física y moral, no pudiendo estar sometida bajo ninguna circunstancia, ya sea por nacimiento,
raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o
social, incluida su condición laboral, a tratos degradantes, humillantes u ofensivos.
— Todas las conductas de acoso, constituyen no solo una afrenta al trato equitativo
sino también una conducta grave, conducta que no será tolerada y será rechazada.
Dicho rechazo se articula expresamente, en relación con el acoso psicológico, indicando en el anexo II los comportamientos que no serán tolerados y recordando que los mismos,
de producirse, podrán ser calificados de falta muy grave. Indicación y recordatorio que deben ser comunicados a todos los miembros de la organización, dejando claramente establecido que esta política se aplicará a todos los colectivos y a todos los niveles de la misma.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares garantiza a sus trabajadores el derecho
a invocar los procedimientos previstos en el presente Protocolo, sin temor a ser
objeto de intimidación, ni de trato injusto, discriminatorio o desfavorable. Dicha
protección se aplicará por igual tanto a las personas que formulen una reclamación, como a aquellas que faciliten información en relación con dicha reclamación
o que presten asistencia de algún otro modo en cualquier procedimiento previsto
en el presente Protocolo.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares reconoce el papel de los sindicatos en lo
que atañe a la representación de cualquier/a trabajador/a que así lo solicite en relación con cualquier acoso.
Asimismo, se reconoce el derecho de todos los miembros del Comité de Seguridad y
Salud a estar informados de todas las denuncias o manifestaciones en materia de acoso presentadas y de su resolución.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares incluirá en sus planes de Formación
acciones formativas específicas destinadas a la Prevención de este tipo de riesgos laborales, psicosociales, incorporando a ellas trabajadores, directivos, y mandos intermedios. Se incorporarán de manera específica acciones de formación en materia de
“liderazgo y dirección de personas” y estrategias de afrontamiento del acoso laboral.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aplicará de forma proactiva políticas para
prevenir el deterioro o enrarecimiento del clima laboral e incentivar la colaboración,
la cooperación y la confianza en las relaciones entre sus trabajadores/as.
Finalmente, en cumplimiento de la normativa, y para hacer efectivo dicho rechazo y el
compromiso de actuación que debe llevar aparejado, el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares establece el presente protocolo de actuación frente al acoso en el entorno de trabajo,
del tipo que sea, que sigue de acuerdo a sus propias características, los modelos aprobados
en el ámbito de la Administración General del Estado y que ayudará a prevenir, detectar y
erradicar las conductas que supongan un acoso psicológico, sexual o por razón de sexo en
el trabajo y, en el caso de que ocurran tales supuestos, adoptar las medidas correctoras y de
protección a las víctimas, además de sancionar a los que las practiquen.
BOCM-20230523-72
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 121
ral y al acoso sexual y por razón de sexo aprobados en el Administración General del Estado
(Resoluciones de 5 de mayo y 28 de julio de 2011 de la Secretaría de Estado para la Función Pública, “Boletín Oficial del Estado” de 1 de junio y 8 de agosto de 2011), se ha elaborado el presente para su aplicación específica en el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares.
1.2. Principios de actuación.
Con el fin de asegurar que todos los empleados públicos disfruten de un entorno de trabajo en el que la dignidad de la persona sea respetada y su salud no se vea afectada, y considerando que las conductas constitutivas de acoso no perjudican únicamente a los trabajadores
directamente afectados, sino que repercuten igualmente en su entorno más inmediato y en el
conjunto de la Institución, el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares declara formalmente que
rechaza todo tipo de conducta de acoso en el entorno de trabajo, en todas sus formas y modalidades, sin atender a quién sea la víctima o el acosador ni cual sea su rango jerárquico. Y manifiesta su compromiso de prevenir y no tolerar el acoso en el entorno de trabajo, de cualquier
tipo que sea, así como el establecimiento de una cultura organizativa de normas y valores contra dicho acoso y el compromiso a afrontar las reclamaciones que puedan producirse, de
acuerdo con los siguientes principios:
— Como principio básico el derecho de los trabajadores públicos a recibir un trato
respetuoso y digno.
— Toda persona tiene derecho a que se respete su intimidad y su integridad física y moral, no pudiendo estar sometida bajo ninguna circunstancia, ya sea por nacimiento,
raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o
social, incluida su condición laboral, a tratos degradantes, humillantes u ofensivos.
— Todas las conductas de acoso, constituyen no solo una afrenta al trato equitativo
sino también una conducta grave, conducta que no será tolerada y será rechazada.
Dicho rechazo se articula expresamente, en relación con el acoso psicológico, indicando en el anexo II los comportamientos que no serán tolerados y recordando que los mismos,
de producirse, podrán ser calificados de falta muy grave. Indicación y recordatorio que deben ser comunicados a todos los miembros de la organización, dejando claramente establecido que esta política se aplicará a todos los colectivos y a todos los niveles de la misma.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares garantiza a sus trabajadores el derecho
a invocar los procedimientos previstos en el presente Protocolo, sin temor a ser
objeto de intimidación, ni de trato injusto, discriminatorio o desfavorable. Dicha
protección se aplicará por igual tanto a las personas que formulen una reclamación, como a aquellas que faciliten información en relación con dicha reclamación
o que presten asistencia de algún otro modo en cualquier procedimiento previsto
en el presente Protocolo.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares reconoce el papel de los sindicatos en lo
que atañe a la representación de cualquier/a trabajador/a que así lo solicite en relación con cualquier acoso.
Asimismo, se reconoce el derecho de todos los miembros del Comité de Seguridad y
Salud a estar informados de todas las denuncias o manifestaciones en materia de acoso presentadas y de su resolución.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares incluirá en sus planes de Formación
acciones formativas específicas destinadas a la Prevención de este tipo de riesgos laborales, psicosociales, incorporando a ellas trabajadores, directivos, y mandos intermedios. Se incorporarán de manera específica acciones de formación en materia de
“liderazgo y dirección de personas” y estrategias de afrontamiento del acoso laboral.
— El Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares aplicará de forma proactiva políticas para
prevenir el deterioro o enrarecimiento del clima laboral e incentivar la colaboración,
la cooperación y la confianza en las relaciones entre sus trabajadores/as.
Finalmente, en cumplimiento de la normativa, y para hacer efectivo dicho rechazo y el
compromiso de actuación que debe llevar aparejado, el Ayuntamiento de Hoyo de Manzanares establece el presente protocolo de actuación frente al acoso en el entorno de trabajo,
del tipo que sea, que sigue de acuerdo a sus propias características, los modelos aprobados
en el ámbito de la Administración General del Estado y que ayudará a prevenir, detectar y
erradicar las conductas que supongan un acoso psicológico, sexual o por razón de sexo en
el trabajo y, en el caso de que ocurran tales supuestos, adoptar las medidas correctoras y de
protección a las víctimas, además de sancionar a los que las practiquen.
BOCM-20230523-72
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