Fuente el Saz de Jarama (BOCM-20230523-70)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 23 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 121

que serán publicadas en la página web www.ayuntamientofuentelsaz.com y en el Tablón de
Edictos del Ayuntamiento.
En las listas, se integrará a todos aquellos aspirantes que hayan presentado solicitud,
indicándose si han quedado excluidos y la causa de su exclusión o si han sido admitidos, y
en este último caso, se hará pública la puntuación asignada.
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en
la de excluidos, dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente a
la publicación de las listas, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o
su no inclusión expresa.
Asimismo, en el plazo anteriormente mencionado los aspirantes admitidos podrán
formular reclamaciones frente a la puntuación asignada.
Quinta. Puntuación y ordenación de candidatos
5.1. Una vez resuelta la fase de concurso, se procederá a la fase de entrevista a los
aspirantes ordenados en puntuación de mayor a menor. La entrevista versará sobre los aspectos prácticos de los contenidos y funciones del puesto, y sobre aquellas cuestiones que
determinen los miembros de la comisión de valoración en relación con las competencias,
actitudes y aptitudes para el puesto de los candidatos.
5.2. Una vez resueltas por la comisión de valoración las reclamaciones mencionadas
en la base 4.2., y realizada la entrevista personal a los aspirantes, se procederá a efectuar la
calificación definitiva determinada por la suma de la puntuación obtenida por los méritos
alegados por los aspirantes admitidos definitivamente y la puntuación obtenida en la fase
de entrevista.
5.3. En los supuestos en los que se obtuviese igual puntuación por algún o algunos
de los candidatos, los desempates se dirimirán atendiendo al siguiente criterio: el orden de
presentación de las solicitudes de participación. Si persistiera el empate se dirimirá por el
orden alfabético a partir de la letra que corresponda, de acuerdo con el sorteo que se publica en el “Boletín Oficial del Estado”, celebrado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, según el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y que se encuentre vigente en la
fecha de publicación de la presente convocatoria.
5.4. Concluido el proceso de selección, la comisión elevará la propuesta a la Junta
de Gobierno Local, quien, tras su aprobación, en su caso, hará pública la relación definitiva de candidatos, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de la puntuación
obtenida en los diferentes apartados y la puntuación total, quedando constituida la bolsa de
trabajo a efectos de contratación temporal en la categoría profesional a la que se refiere esta
convocatoria.
Dicha aprobación se publicará en el Tablón de Edictos y página web
http://www.ayuntamientofuentelsaz.com/
Sexta. Comisión de valoración
6.1. La selección de los candidatos a la bolsa de trabajo se realizará por la correspondiente comisión de valoración, que estará formada por un mínimo de tres funcionarios del
Ayuntamiento.
Los miembros de la comisión deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en
ellos circunstancias de las previstas en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la comisión cuando en
ellos concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 24 LEY 40/2015.
6.2. Para la válida actuación de la comisión se requerirá la presencia del presidente
y el secretario.
6.3. En el desarrollo del proceso selectivo la comisión resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como la forma de actuación en los casos
no previstos en las mismas.
6.4. La comisión , a la vista del resultado del proceso selectivo, efectuará propuesta
motivada de resolución, incluyendo las relaciones de aspirantes seleccionados, ordenados
según la puntuación obtenida, para su posterior elevación a la Junta de Gobierno Local.
6.5. La comisión queda autorizada para resolver cuantas dudas puedan plantearse en
aplicación de estas bases, para resolver cualquier incidencia no prevista en las mismas o en

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