Fuente el Saz de Jarama (BOCM-20230523-70)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 121
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MAYO DE 2023
Pág. 223
la legislación aplicable, y para adoptar los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo
previsto en las mismas y en la normativa complementaria, pudiendo adoptar los acuerdos
precisos para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases, el Convenio Colectivo en vigor, y demás normativa aplicable.
Séptima. Contratación y funcionamiento de la bolsa de trabajo
7.1. Las contrataciones a tiempo cierto se ofertarán según las necesidades del servicio a jornada completa o tiempo parcial, por ser, en este último caso, el puesto de trabajo
de esta naturaleza o porque se trate de sustituir ausencias parciales de trabajadores con derecho a reserva, y el llamamiento de los candidatos se efectuará de acuerdo con el orden de
puntuación obtenido en el proceso.
Según necesidades del servicio, los integrantes de la bolsa de trabajo serán requeridos,
mediante llamada telefónica o correo electrónico, para formalizar el correspondiente contrato y deberán presentar en el plazo máximo de 24 horas desde su llamamiento la siguiente documentación:
— Número de afiliación a la Seguridad Social.
— Certificado médico en el que se acredite no padecer enfermedad o defecto físico
que impida el normal desarrollo de la función a realizar.
— Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
— No hallarse incurso/a en causa de incapacidad/incompatibilidad con arreglo a la
legislación vigente.
— Número de cuenta bancaria para el ingreso de la nómina.
Las contrataciones de Personal se producirán siguiendo el orden establecido en la bolsa de trabajo, según necesidades del servicio.
Los integrantes de la bolsa de trabajo que, en el momento de ser requeridos para su incorporación al servicio, mediante llamada telefónica o correo electrónico renuncien al puesto de trabajo deberán presentar la renuncia por escrito en el plazo máximo de 24 horas, independientemente de ser justificada o no. De no ser justificada o suficientemente justificada
dicha excusa, pasará como candidato al último puesto. La misma norma se aplicará a los
que no comparezcan en el plazo de 24 horas desde su llamamiento a la presentación de los
documentos necesarios para formalizar el contrato.
Solo se admitirán como justificaciones válidas:
— Encontrarse en situación de baja médica por enfermedad o accidente.
— Encontrarse en los últimos cuatro meses de embarazo.
— Encontrarse en situación de permiso por paternidad, maternidad o acogimiento.
— Otras causas de fuerza mayor acreditadas por profesional competente.
— Contratación temporal en otra empresa (es necesario acreditarlo con contrato de
trabajo).
Si el candidato está ausente en tres intentos de localización telefónica entre los que deberá mediar un intervalo mínimo de una hora, y no se recibe contestación al correo electrónico remitido en un plazo de 5 horas, se considerará que ha rehusado el nombramiento y se procederá al llamamiento telefónico de los sucesivos candidatos hasta localizar uno disponible.
8.1. Las contrataciones deberán ajustarse a las normas legales y reglamentarias en
materia de contratos laborales de naturaleza temporal.
8.2. La extinción del contrato por no superación del período de prueba implicará la
exclusión de la bolsa.
8.3. Si una vez aceptada la oferta de contratación o durante la vigencia del contrato, el
interesado renunciase voluntariamente al mismo, será eliminado automáticamente de la bolsa,
salvo que se trate de una contratación en una categoría profesional de superior nivel salarial.
Novena. Vigencia
La vigencia de la presente bolsa de trabajo será de dos años, pudiendo prorrogarse por
otros dos años más.
BOCM-20230523-70
Octava. Régimen jurídico de la contratación
B.O.C.M. Núm. 121
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE MAYO DE 2023
Pág. 223
la legislación aplicable, y para adoptar los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo
previsto en las mismas y en la normativa complementaria, pudiendo adoptar los acuerdos
precisos para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto por las presentes bases, el Convenio Colectivo en vigor, y demás normativa aplicable.
Séptima. Contratación y funcionamiento de la bolsa de trabajo
7.1. Las contrataciones a tiempo cierto se ofertarán según las necesidades del servicio a jornada completa o tiempo parcial, por ser, en este último caso, el puesto de trabajo
de esta naturaleza o porque se trate de sustituir ausencias parciales de trabajadores con derecho a reserva, y el llamamiento de los candidatos se efectuará de acuerdo con el orden de
puntuación obtenido en el proceso.
Según necesidades del servicio, los integrantes de la bolsa de trabajo serán requeridos,
mediante llamada telefónica o correo electrónico, para formalizar el correspondiente contrato y deberán presentar en el plazo máximo de 24 horas desde su llamamiento la siguiente documentación:
— Número de afiliación a la Seguridad Social.
— Certificado médico en el que se acredite no padecer enfermedad o defecto físico
que impida el normal desarrollo de la función a realizar.
— Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
— No hallarse incurso/a en causa de incapacidad/incompatibilidad con arreglo a la
legislación vigente.
— Número de cuenta bancaria para el ingreso de la nómina.
Las contrataciones de Personal se producirán siguiendo el orden establecido en la bolsa de trabajo, según necesidades del servicio.
Los integrantes de la bolsa de trabajo que, en el momento de ser requeridos para su incorporación al servicio, mediante llamada telefónica o correo electrónico renuncien al puesto de trabajo deberán presentar la renuncia por escrito en el plazo máximo de 24 horas, independientemente de ser justificada o no. De no ser justificada o suficientemente justificada
dicha excusa, pasará como candidato al último puesto. La misma norma se aplicará a los
que no comparezcan en el plazo de 24 horas desde su llamamiento a la presentación de los
documentos necesarios para formalizar el contrato.
Solo se admitirán como justificaciones válidas:
— Encontrarse en situación de baja médica por enfermedad o accidente.
— Encontrarse en los últimos cuatro meses de embarazo.
— Encontrarse en situación de permiso por paternidad, maternidad o acogimiento.
— Otras causas de fuerza mayor acreditadas por profesional competente.
— Contratación temporal en otra empresa (es necesario acreditarlo con contrato de
trabajo).
Si el candidato está ausente en tres intentos de localización telefónica entre los que deberá mediar un intervalo mínimo de una hora, y no se recibe contestación al correo electrónico remitido en un plazo de 5 horas, se considerará que ha rehusado el nombramiento y se procederá al llamamiento telefónico de los sucesivos candidatos hasta localizar uno disponible.
8.1. Las contrataciones deberán ajustarse a las normas legales y reglamentarias en
materia de contratos laborales de naturaleza temporal.
8.2. La extinción del contrato por no superación del período de prueba implicará la
exclusión de la bolsa.
8.3. Si una vez aceptada la oferta de contratación o durante la vigencia del contrato, el
interesado renunciase voluntariamente al mismo, será eliminado automáticamente de la bolsa,
salvo que se trate de una contratación en una categoría profesional de superior nivel salarial.
Novena. Vigencia
La vigencia de la presente bolsa de trabajo será de dos años, pudiendo prorrogarse por
otros dos años más.
BOCM-20230523-70
Octava. Régimen jurídico de la contratación