C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230523-28)
Convocatoria reconocimientos y menciones –  Orden de 5 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba la sexta convocatoria de los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid correspondiente al año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 106

MARTES 23 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 121

RESUELVO
Primero
Objeto y finalidad
1. La presente Orden tiene por objeto convocar la sexta edición de los Reconocimientos y las Menciones en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid,
cuyo procedimiento de concesión se ha regulado en el Decreto 79/ 2017, de 19 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se crean los Reconocimientos y las Menciones a la
responsabilidad social en el empleo y en prevención de riesgos laborales de la Comunidad
de Madrid.
La finalidad de la presente convocatoria será la de otorgar los Reconocimientos y las
Menciones indicados en el Capítulo III del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, en sus
distintas categorías y que, en 2023, irán dirigidos a las Buenas Prácticas preventivas relativas a la Coordinación de Actividades Empresariales, en adelante CAE.
De acuerdo con el artículo 2.2 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, podrán ser
objeto de los Reconocimientos en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid, las buenas prácticas preventivas entendidas como tales cualquier actuación, acción
o medida desarrollada con un beneficio tangible en la seguridad y salud laboral.
Así pues, y en aras a lo establecido en el artículo 13.2 del Decreto 79/2017, de 19 de
septiembre, se establecen dos categorías para el reconocimiento a las buenas prácticas preventivas:
a) Empresas o entidades con una plantilla de hasta 50 trabajadores.
b) Empresas o entidades con una plantilla de más de 50 trabajadores.
Segundo
Aceptación de las condiciones de concesión
La presentación de la candidatura implica la aceptación de las condiciones establecidas en el Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, y en esta convocatoria.
Tercero
1. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva de
acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 del Decreto 79/2017,
de 19 de septiembre.
2. Se nombrará a tal efecto un Jurado Calificador responsable de la valoración de las
candidaturas presentadas, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del
Decreto 79/2017, de 19 de septiembre.
3. El órgano instructor de los reconocimientos y menciones será el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante IRSST.
4. Tendrán la consideración de temas prioritarios, conforme al artículo 16.1 del Decreto 79/2017, de 19 de septiembre, los siguientes:
a) Actuaciones específicas relativas a la fase de contratación de la CAE (Entre otras:
Política y alcance, Integración, Proporcionalidad, Precalificación).
b) Actuaciones específicas relativas a la fase de planificación y organización de la
CAE (Entre otras: Estrategias de coordinación, Integración, Procesos de inducción y Proporcionalidad).
c) Actuaciones específicas relativas a la fase de ejecución y control de la CAE (Entre
otras: Liderazgo y mejora continua, Comunicación, Formación, Información, Control y seguimiento, Integración, Situaciones específicas y Derecho a decir No).
d) Actuaciones específicas relativas a la fase finalización y evaluación de la CAE
(Entre otras: Reconocimientos, Seguimiento e indicadores, Seguridad psicológica
Revisiones y aprendizajes).
e) Actuaciones específicas relativas a procesos de transformación para alcanzar una
CAE efectiva (Entre otras: Información, formación, concienciación, etc).

BOCM-20230523-28

Procedimiento de concesión