D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230522-23)
Convenio –  Convenio de 25 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la entidad deportiva Real Madrid Club de Fútbol, en materia de igualdad de género, prevención de la violencia sobre la infancia y la adolescencia, y la violencia de género y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad y expresión de género
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 120

En caso de resolución por incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el convenio, con carácter previo a la resolución, cualquiera de las partes podrá instar a la parte incumplidora para que proceda al cumplimiento del contenido del convenio, concediendo a
tal efecto un plazo improrrogable de un mes para ello. Si transcurrido dicho plazo no se ha
procedido al cumplimiento de las estipulaciones, la parte requirente notificará a la otra la
resolución del convenio.
En cualquier caso, las partes se comprometen a finalizar las acciones que estén en curso de ejecución en el momento en que cause efecto la resolución del convenio.
La Comisión de Seguimiento continuará en funciones y será la encargada de resolver
las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso o derivadas
del convenio y, asimismo, para el caso de producirse la extinción, hasta que se resuelvan
las cuestiones pendientes.
Duodécima
Naturaleza y resolución de controversias
Este convenio tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de
noviembre), en virtud de lo dispuesto en los artículos 6.1 y 6.2, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4, sobre la aplicación de los principios de la citada Ley para resolver las
dudas y lagunas que pudieran presentarse, quedando sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio, deberán de
solventarse de mutuo acuerdo entre las partes a través de la Comisión Mixta de Seguimiento regulada en el mismo. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Decimotercera
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid y la
Entidad Deportiva Real Madrid Club de Fútbol se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal
al servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del
mismo, serán tratados por la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid o por la Entidad Deportiva Real Madrid Club de Fútbol, respectivamente,
como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán
tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Actuaciones en materia de diversidad
sexual y de género” cuya finalidad es dar cumplimiento a las prescripciones establecidas en
la Ley 2/2016, de 29 de marzo, y la Ley 3/2016, de 22 de julio, en materia sancionadora, de
formación y sensibilización, participación en proyectos subvencionados, etc., y “Formación“ cuya finalidad es, entre otras, la sensibilización en cuestiones de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y cuya base legal se basa en el artículo 6.1.e) del RGPD
el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. En su
caso, RGPD 6.1.c), 6.1.b) y 9.2.h).
Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de esta administración para la
tramitación y otras administraciones para el cumplimiento de una misión de interés público o el ejercicio de los poderes públicos.

BOCM-20230522-23

Protección de datos de carácter personal