D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230522-23)
Convenio –  Convenio de 25 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la entidad deportiva Real Madrid Club de Fútbol, en materia de igualdad de género, prevención de la violencia sobre la infancia y la adolescencia, y la violencia de género y no discriminación por razón de orientación sexual, identidad y expresión de género
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 120

do el material divulgativo del mismo que, en su caso, le sea proporcionado por las
direcciones generales de la Consejería mencionadas en el apartado anterior.
— Expedir la documentación justificativa de la realización de las acciones formativas, informativas y de sensibilización, haciendo constar la fecha de la formación
y las personas participantes en las mismas, que sirva de base a la expedición por la
Administración del documento individual acreditativo de la formación impartida.
— Derivación, cuando proceda, a los recursos públicos puestos en marcha en las materias objeto de este convenio de personas y jugadores del Real Madrid que puedan precisar una intervención especializada desde los mismos.
— Ofrecer información a la Consejería en relación a los dispositivos que pudiera poner en marcha el club asociados al objeto de este convenio.
Cuarta
Recursos aportados y organización
La Consejería, a través de la Dirección General de Igualdad, del Programa Madrileño de
Información y Atención LGTBI, de la Dirección General de Infancia, Familias y Fomento de
la Natalidad y de la Dirección General de Juventud, pondrá a disposición del Real Madrid el
contenido y material formativo correspondiente a los distintas actividades y acciones de sensibilización e información que se realicen en el marco de este convenio, así como material de
las campañas de sensibilización que se realicen desde la Consejería.
Igualmente, la Consejería pondrá a disposición del Real Madrid las acreditaciones individualizadas de la formación realizada a los profesionales.
El Real Madrid pondrá a disposición los locales y material necesarios para realizar las
acciones formativas, informativas y de sensibilización.
El Real Madrid pondrá a disposición de la Consejería las acreditaciones de las acciones realizadas, haciendo constar fecha y número de personas asistentes.
Quinta
Financiación
La ejecución del presente convenio representa la puesta en común de los intereses comunes de las partes, y no generará obligaciones económicas para ninguna de ellas.
Sexta
Seguimiento, vigilancia y control
A partir de la firma del presente convenio se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento con representantes designados en igual número por ambas partes.
Formarán parte de la Comisión:

Si por cualquier circunstancia cambiara el número de representantes siempre se respetará la designación en igual número por ambas partes.
Serán funciones de la Comisión:
— La planificación, seguimiento, evaluación y control de las acciones derivadas del
presente convenio y de los compromisos adquiridos por las partes, así como resolver cuantas dudas y discrepancias surjan respecto a la interpretación y aplicación
del convenio.

BOCM-20230522-23

— Por parte de la Consejería: Tres personas designadas por quienes ostenten la titularidad de las direcciones generales competentes en materia de igualdad, juventud, e
infancia y adolescencia, adscritas a las unidades con funciones en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, lucha contra la violencia sobre la
infancia y la adolescencia y la violencia de género e igualdad y no discriminación
por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género.
— Por parte del Real Madrid: Abogada y Miembro del Comité de Cumplimiento, Delegada de Protección de Menores y Responsable de Protección e Igualdad.
El Director de Recursos Humanos del Real Madrid podrá sustituir a los miembros
de la Comisión Mixta de Seguimiento designados por parte del Real Madrid, que
pierdan o cambien la condición por la que fueron designados.