C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230522-13)
Bases subvenciones –  Orden de 8 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las normas de procedimiento y las bases reguladoras de las subvenciones de los Programas Públicos de Empleo-Formación de la Comunidad de Madrid
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BOCM

LUNES 22 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 120

III
La reciente publicación del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se
regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, tiene como objeto la determinación de los aspectos esenciales de los programas comunes que podrán ser aplicados, y en, su caso, desarrollados en sus aspectos no esenciales
por todos los integrantes del Sistema Nacional de Empleo. Asimismo, establece las cuantías de referencia de las subvenciones dirigidas a financiar los programas que utilicen esta
forma de gestión, así como regular la evaluación, seguimiento, control y gestión de calidad
de los mismos y la coordinación en el marco del Sistema Nacional de Empleo.
Los programas de formación en alternancia con la actividad laboral que ha venido desarrollando la Comunidad de Madrid con las entidades locales, como programas propios de
empleo, se han considerado como un ejemplo de buenas prácticas y han sido regulados en la
subsección segunda de la sección segunda del Capítulo V, Otros programas públicos de empleo-formación, del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, como un programa común,
incluyendo mejoras sustanciales formuladas a propuesta de las comunidades autónomas.
La disposición final novena del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, en la redacción dada por la disposición final tercera del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, insta a las administraciones públicas para que, en el plazo de dos años, a partir de su
fecha de entrada en vigor, realicen las adaptaciones normativas que resulten necesarias en
cada uno de los programas comunes de activación para el empleo previstos en el mismo.
En consecuencia, se hace necesario proceder a una reordenación de los programas propios de formación en alternancia con la actividad laboral que se han venido realizando en
colaboración con las entidades locales de la Comunidad de Madrid, con el fin de adaptarlos a las nuevas necesidades detectadas y a los aspectos esenciales del programa común
Otros programas públicos de empleo-formación, de la subsección segunda de la sección segunda del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre.
IV
En el contexto de las políticas de activación para el empleo, los programas públicos de
empleo-formación constituyen una actuación esencial en la adquisición de competencias y
la mejora de la experiencia profesional de las personas desempleadas, con la finalidad de
mejorar su cualificación y facilitar su inserción laboral, especialmente para aquellos colectivos que tienen mayor dificultad en el acceso al mercado laboral, en consonancia con el
contenido del Eje 2 “Formación” de la Ley de Empleo.
Dentro del conjunto de acciones y medidas que articulan el desarrollo de los ejes de
las políticas de activación para el empleo, la Comunidad de Madrid, a través de la Estrategia Madrid por el Empleo 2021-2023, establece una serie de medidas encaminadas a la adquisición de competencias y la mejora de la experiencia profesional de las personas desempleadas, especialmente de los grupos de población que presentan mayores dificultades a la
hora de acceder al empleo, considerando como colectivos de atención prioritaria, entre
otras, a las personas desempleadas de larga duración, personas jóvenes, mujeres, y personas mayores de 45 años.
V
Por otro lado, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha elaborado la Estrategia para
Revitalizar los Municipios Rurales de la Comunidad de Madrid, que contiene un conjunto
integrado de medidas dirigidas a incentivar y facilitar el arraigo poblacional en los municipios rurales de menor población. La estrategia identifica las principales áreas de actividad
económica sobre las que se debe incidir para paliar las consecuencias de esta situación y
mejorar la calidad de vida de las personas que en ellos viven, así como, la necesaria coordinación con las políticas activas de empleo.
En consecuencia, la ejecución de los programas públicos de empleo-formación en los
municipios rurales deben contener los elementos específicos que puedan dar respuesta a sus
peculiares circunstancias demográficas, socioeconómicas y de capacidad de gestión.
La carencia de programas formativos diversificados y la falta de adecuación de la oferta formativa a las necesidades de la zona, y las menores oportunidades para acceder al mercado de trabajo, lleva a muchos jóvenes a residir en otras localidades, por lo que los programas públicos de empleo-formación que se desarrollen en el ámbito rural se dirigen tanto a

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