C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230522-13)
Bases subvenciones – Orden de 8 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las normas de procedimiento y las bases reguladoras de las subvenciones de los Programas Públicos de Empleo-Formación de la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 120
LUNES 22 DE MAYO DE 2023
Pág. 59
fesional y del Servicio de Asesoramiento para el Autoempleo y el Emprendimiento previstos en el Anexo de la Orden ESS/381/2018, de 10 de abril, por la que se aprueba la Guía
técnica de referencia para el desarrollo de los protocolos de la Cartera Común de Servicios
del Sistema Nacional de Empleo. Además, se aplicará la metodología que de manera específica pueda establecerse, por la Dirección General de la Comunidad de Madrid competente en materia de empleo, para los participantes en este programa.
Capítulo IV
Gestión y ejecución de los programas públicos de empleo-formación
Artículo 15
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, iniciándose el día siguiente al de la publicación, en forma de extracto, de la orden de convocatoria de
subvenciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o desde el día que
se determine en la orden de convocatoria de subvenciones. Por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará el texto íntegro de la misma.
Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en
el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
2. Las solicitudes de subvención se cumplimentarán a través del formulario en línea
disponible en la citada página web y deberán ir firmadas por el representante legal de la entidad solicitante o por cualquier otra persona a quién se haya conferido la representación
para actuar en este procedimiento a través del formulario “certificado de aprobación”. La
solicitud contendrá, además de la cuantía de la subvención solicitada, una descripción mínima para cada uno de los puestos de trabajo para los que se solicita subvención con, al menos, los siguientes datos:
a) Número de personas desempleadas que se pretende contratar.
b) Denominación genérica de la ocupación y, en su caso, código de la ocupación según la Clasificación Nacional de Ocupaciones; denominación del puesto de trabajo según el convenio colectivo de aplicación o costumbre; en su caso, grupo de cotización a la Seguridad Social; y número de horas diarias correspondientes a la
jornada a tiempo completo. En el caso en que así se determine en la orden de convocatoria de subvenciones, la descripción sucinta de los trabajos a realizar en la
obra o servicio y el área de actividad económica.
c) En el Programa de Activación Profesional, cualificación exigible a la persona desempleada para el desempeño de la ocupación-puesto de trabajo.
d) En el Programa de Cualificación Profesional, dependencias y medios técnicos
puestos a disposición por la entidad beneficiaria con el fin de desarrollar las acciones de orientación profesional. Además, número de tutores de aprendizaje y
número de técnicos de orientación.
e) Municipio donde se desarrollará el proyecto aprobado y localización del centro de
trabajo donde prestará la actividad laboral.
f) Certificado de profesionalidad y/o contenidos formativos transversales o complementarios desagregados en unidades y/o módulos formativos y su duración en horas. Y, en su caso, modalidad de impartición de la formación.
g) En su caso, Identificación del centro de formación.
3. El solicitante deberá formular las siguientes declaraciones responsables a través
del impreso de solicitud. La declaración prevista en las letras a), b), c), d), e), f) y g) se ha-
BOCM-20230522-13
Presentación de solicitudes
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B.O.C.M. Núm. 120
LUNES 22 DE MAYO DE 2023
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fesional y del Servicio de Asesoramiento para el Autoempleo y el Emprendimiento previstos en el Anexo de la Orden ESS/381/2018, de 10 de abril, por la que se aprueba la Guía
técnica de referencia para el desarrollo de los protocolos de la Cartera Común de Servicios
del Sistema Nacional de Empleo. Además, se aplicará la metodología que de manera específica pueda establecerse, por la Dirección General de la Comunidad de Madrid competente en materia de empleo, para los participantes en este programa.
Capítulo IV
Gestión y ejecución de los programas públicos de empleo-formación
Artículo 15
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, iniciándose el día siguiente al de la publicación, en forma de extracto, de la orden de convocatoria de
subvenciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o desde el día que
se determine en la orden de convocatoria de subvenciones. Por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones se publicará el texto íntegro de la misma.
Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en
el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: sede.comunidad.madrid
Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de
uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que
sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la
“Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de
firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
2. Las solicitudes de subvención se cumplimentarán a través del formulario en línea
disponible en la citada página web y deberán ir firmadas por el representante legal de la entidad solicitante o por cualquier otra persona a quién se haya conferido la representación
para actuar en este procedimiento a través del formulario “certificado de aprobación”. La
solicitud contendrá, además de la cuantía de la subvención solicitada, una descripción mínima para cada uno de los puestos de trabajo para los que se solicita subvención con, al menos, los siguientes datos:
a) Número de personas desempleadas que se pretende contratar.
b) Denominación genérica de la ocupación y, en su caso, código de la ocupación según la Clasificación Nacional de Ocupaciones; denominación del puesto de trabajo según el convenio colectivo de aplicación o costumbre; en su caso, grupo de cotización a la Seguridad Social; y número de horas diarias correspondientes a la
jornada a tiempo completo. En el caso en que así se determine en la orden de convocatoria de subvenciones, la descripción sucinta de los trabajos a realizar en la
obra o servicio y el área de actividad económica.
c) En el Programa de Activación Profesional, cualificación exigible a la persona desempleada para el desempeño de la ocupación-puesto de trabajo.
d) En el Programa de Cualificación Profesional, dependencias y medios técnicos
puestos a disposición por la entidad beneficiaria con el fin de desarrollar las acciones de orientación profesional. Además, número de tutores de aprendizaje y
número de técnicos de orientación.
e) Municipio donde se desarrollará el proyecto aprobado y localización del centro de
trabajo donde prestará la actividad laboral.
f) Certificado de profesionalidad y/o contenidos formativos transversales o complementarios desagregados en unidades y/o módulos formativos y su duración en horas. Y, en su caso, modalidad de impartición de la formación.
g) En su caso, Identificación del centro de formación.
3. El solicitante deberá formular las siguientes declaraciones responsables a través
del impreso de solicitud. La declaración prevista en las letras a), b), c), d), e), f) y g) se ha-
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