D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230516-34)
Convenio –  Convenio de 30 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid y la Real Academia Española, para el fomento del español en la Comunidad de Madrid y para el conocimiento de la historia y función de la Real Academia Española dentro de la red de centros educativos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 115

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MAYO DE 2023

Pág. 197

CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El objeto del presente convenio es servir como instrumento de colaboración entre la
Comunidad de Madrid y la Real Academia Española para el fomento del conocimiento de
la historia, la función y el trabajo de la Real Academia Española dentro de la red de centros

BOCM-20230516-34

zar este fin, elabora y perfecciona las obras lingüísticas que, como los Diccionarios, la Gramática y la Ortografía, cimientan esa unidad; publica repertorios de léxico especializado
que contribuyan al mejor conocimiento, buen uso y difusión del idioma, impulsa estudios
e investigaciones sobre la historia y el presente del español, así como promueve la difusión
de ediciones literarias, especialmente clásicas, y de textos no literarios que juzgue importantes para el conocimiento de la lengua y las letras españolas.
Asimismo, también fomentará entre los hispanohablantes, el conocimiento de sus más de
trescientos años de historia, así como de su función, organización interna y métodos de trabajo.
5. Que la Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en el fomento de la cultura y la investigación científica y técnica, según dispone el artículo 26.1.20 del Estatuto de
Autonomía aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y reformado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio.
En el marco de esta responsabilidad, mediante el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid se crea la Dirección de Área de la Oficina del Español, bajo
la dependencia de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Igualmente, se dispone en el artículo 29.1 del Estatuto de Autonomía que corresponde
a la Comunidad de Madrid la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al artículo 81.1 de la misma, lo desarrollen.
6. Que es un objetivo prioritario para la Comunidad de Madrid el fomento y difusión
del buen uso del español y la promoción del valor cultural de la lengua en todos los ámbitos de actuación y competenciales de esta Administración.
7. Que la Real Academia Española y la Comunidad de Madrid tienen interés común en
el desarrollo de mecanismos que permitan mejorar el conocimiento de la historia, la función
y el trabajo de la RAE dentro de la red de centros educativos de la Comunidad de Madrid.
8. Que se considera beneficio de la Real Academia Española la significativa contribución de la competencia, experiencia y formación de los expertos designados por la Comunidad de Madrid, permitiendo el aporte de un alto nivel de especialización técnica que
posee el personal docente de la Comunidad en distintos niveles y competencias.
9. Que siendo la Comunidad de Madrid una comunidad con un personal docente numeroso y muy cualificado de diversos niveles y competencias, resulta fundamental para la
RAE contar con la aportación de la competencia, experiencia y formación de expertos docentes provenientes de dicha Comunidad. Esta colaboración permitirá a los expertos adquirir un conocimiento sólido y profundo tanto del devenir histórico de la institución como de
las obras académicas de referencia, en particular de sus métodos de trabajo.
Así, los programas de colaboración en los que participen los expertos designados, permitirán que los mismos puedan, al término de su colaboración, y en el ámbito de la Comunidad de Madrid, participar como expertos formativos en lengua española e historia de la
Real Academia Española en programas de enseñanza de estas materias o en el desarrollo de
actividades relacionadas con ellas, reduciendo los costes de formación de estos expertos.
Por tanto, la experiencia colaborativa contribuirá a la difusión de este conocimiento en
el conjunto de la red educativa de la Comunidad de Madrid, que podrá aplicarlo en el desarrollo de su actividad docente.
Asimismo, resulta beneficioso para la Comunidad de Madrid, ya que esta colaboración
acerca al alumnado de la Comunidad a la realidad y el conocimiento más actual del castellano, a la experiencia y actuaciones de la institución cultural dedicada a la regularización
lingüística entre el mundo hispanohablante.
En consecuencia, por todo lo expuesto, es deseo de ambas partes, dada la confluencia
de intereses, suscribir este convenio, conforme a las siguientes