Fuenlabrada (BOCM-20230509-72)
Urbanismo. Plan especial
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 390
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 109
de Gas con objeto de establecer los pasos necesarios debidamente señalizados y protegidos
con losas de hormigón, chapas de acero o similar.
Asimismo, queda prohibido el acopio de materiales o equipos sobre las canalizaciones
de gas y sus instalaciones como arquetas, tomas de potencial, respiraderos, etc., garantizándose en todo momento el acceso a la canalización de gas a fin de efectuar los trabajos de
mantenimiento y conservación adecuados.
Durante el desarrollo de los trabajos en las inmediaciones de la tubería de gas se prohíbe hacer fuego o emplear elementos que produzcan chispas.
En el caso de que se detecte una fuga o se perciba olor a gas, deben de suspenderse inmediatamente todo tipo de trabajos en el entorno de la instalación y de inmediato se avisara al CCAU de Madrileña Red de Gas, comunicando esta circunstancia.
Caso de ser preciso hacer alguna cala de reconocimiento para comprobar la ubicación
de la instalación de gas, esta se realizará en presencia de un representante cualificado de
Madrileña Red de Gas.
La cala se efectuará con medios manuales, quedando prohibido por razones de seguridad la utilización de medios mecánicos, permitiéndose exclusivamente el uso de martillo
mecánico de mano para la rotura del pavimento.
Se intensificarán las precauciones a 0,40 m. sobre la cota estimada de la tubería, o ante
la aparición de la malla o banda amarilla de señalización, utilizando para la excavación exclusivamente, como se ha indicado anteriormente, medios manuales, haciendo incidir la
pala sobre el fondo de excavación con un ángulo inferior a 45°.
Especial cuidado requerirán las obras de excavación o vaciado de terrenos, perforación
dirigida, tunelación, etc., que pueden afectar a la tubería por debajo o lateralmente. En el
caso de uso de explosivos en las inmediaciones de las canalizaciones de gas, su uso estará
limitado, de acuerdo al condicionado especifico que se fije al efecto. Si durante la realización de las obras la tubería de gas necesariamente tuviera que permanecer al descubierto,
será por el tiempo imprescindible, procediendo el contratista a proteger y soportar la tubería de gas de acuerdo a las indicaciones de Madrileña Red de Gas.
En el caso de que se efectúen compactaciones, esta se realizara de forma que la transmisión de vibraciones a la tubería de gas no supere los 30 mm por segundo.
Las canalizaciones que hayan quedado total o parcialmente al descubierto por causa de
la obra serán tapadas, en todos los casos, en presencia de un representante de Madrileña Red
de Gas, una vez realizadas las comprobaciones pertinentes.
Los tramos al descubierto de tuberías de acero se protegerán con manta antirroca para
evitar desperfectos en el recubrimiento y, si por cualquier circunstancia, se produjera algún daño en el mismo, será reparado antes de enterrar la canalización. En caso contrario
se puede originar un punto de corrosión acelerado que desembocaría en una perforación
de la tubería.
Cuando las obras a realizar sean canalizaciones (eléctricas, telefónicas, agua, etc.), se
tendrá en cuenta la exigencia de distancias mínimas de separación a mantener en todos los
casos entre ambos servicios.
De modo genérico, se indican en el cuadro siguiente las distancias a observar, en función de los distintos rangos de presión:
DISTANCIA
MÍNIMA
RECOMENDADA
CRUCE
PARALELISMO
MOP < 5 bar
RANGO
0,2 m
0,2 m
5 bar <= MOP < 16 bar
0,2 m
0,4 m
MOP < 5 bar
0,6 m
0,4 m
5 bar <= MOP < 16 bar
0,8 m
0,6 m (1)
BOCM-20230509-72
(1) 2,5 m en zona semiurbana y 5 m en zona rural.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 390
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 109
de Gas con objeto de establecer los pasos necesarios debidamente señalizados y protegidos
con losas de hormigón, chapas de acero o similar.
Asimismo, queda prohibido el acopio de materiales o equipos sobre las canalizaciones
de gas y sus instalaciones como arquetas, tomas de potencial, respiraderos, etc., garantizándose en todo momento el acceso a la canalización de gas a fin de efectuar los trabajos de
mantenimiento y conservación adecuados.
Durante el desarrollo de los trabajos en las inmediaciones de la tubería de gas se prohíbe hacer fuego o emplear elementos que produzcan chispas.
En el caso de que se detecte una fuga o se perciba olor a gas, deben de suspenderse inmediatamente todo tipo de trabajos en el entorno de la instalación y de inmediato se avisara al CCAU de Madrileña Red de Gas, comunicando esta circunstancia.
Caso de ser preciso hacer alguna cala de reconocimiento para comprobar la ubicación
de la instalación de gas, esta se realizará en presencia de un representante cualificado de
Madrileña Red de Gas.
La cala se efectuará con medios manuales, quedando prohibido por razones de seguridad la utilización de medios mecánicos, permitiéndose exclusivamente el uso de martillo
mecánico de mano para la rotura del pavimento.
Se intensificarán las precauciones a 0,40 m. sobre la cota estimada de la tubería, o ante
la aparición de la malla o banda amarilla de señalización, utilizando para la excavación exclusivamente, como se ha indicado anteriormente, medios manuales, haciendo incidir la
pala sobre el fondo de excavación con un ángulo inferior a 45°.
Especial cuidado requerirán las obras de excavación o vaciado de terrenos, perforación
dirigida, tunelación, etc., que pueden afectar a la tubería por debajo o lateralmente. En el
caso de uso de explosivos en las inmediaciones de las canalizaciones de gas, su uso estará
limitado, de acuerdo al condicionado especifico que se fije al efecto. Si durante la realización de las obras la tubería de gas necesariamente tuviera que permanecer al descubierto,
será por el tiempo imprescindible, procediendo el contratista a proteger y soportar la tubería de gas de acuerdo a las indicaciones de Madrileña Red de Gas.
En el caso de que se efectúen compactaciones, esta se realizara de forma que la transmisión de vibraciones a la tubería de gas no supere los 30 mm por segundo.
Las canalizaciones que hayan quedado total o parcialmente al descubierto por causa de
la obra serán tapadas, en todos los casos, en presencia de un representante de Madrileña Red
de Gas, una vez realizadas las comprobaciones pertinentes.
Los tramos al descubierto de tuberías de acero se protegerán con manta antirroca para
evitar desperfectos en el recubrimiento y, si por cualquier circunstancia, se produjera algún daño en el mismo, será reparado antes de enterrar la canalización. En caso contrario
se puede originar un punto de corrosión acelerado que desembocaría en una perforación
de la tubería.
Cuando las obras a realizar sean canalizaciones (eléctricas, telefónicas, agua, etc.), se
tendrá en cuenta la exigencia de distancias mínimas de separación a mantener en todos los
casos entre ambos servicios.
De modo genérico, se indican en el cuadro siguiente las distancias a observar, en función de los distintos rangos de presión:
DISTANCIA
MÍNIMA
RECOMENDADA
CRUCE
PARALELISMO
MOP < 5 bar
RANGO
0,2 m
0,2 m
5 bar <= MOP < 16 bar
0,2 m
0,4 m
MOP < 5 bar
0,6 m
0,4 m
5 bar <= MOP < 16 bar
0,8 m
0,6 m (1)
BOCM-20230509-72
(1) 2,5 m en zona semiurbana y 5 m en zona rural.