Fuenlabrada (BOCM-20230509-72)
Urbanismo. Plan especial
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 109
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
Pág. 389
Cualquier retranqueo y/o afección sobre las infraestructuras adscritas a Canal de Isabel II deberá ser autorizado previamente por dicha Empresa Pública, la cual podrá imponer
los condicionantes que resulten necesarios para la salvaguarda de las infraestructuras hidráulicas que gestiona. De igual modo, se recogerá que los costes derivados de cualquier
intervención sobre las infraestructuras hidráulicas promovida por terceros que se autoricen
por Canal de Isabel II será de cuenta de aquellos, sin que puedan ser imputados a esa Empresa Pública o al Ente Canal de Isabel II.
1.7.5.
Madrileña Red de Gas.
Ante la existencia de instalaciones de gas, se incorporan las condiciones a observar
cuando se realicen trabajos en las proximidades de instalaciones de Madrileña Red de Gas,
respetando lo indicado en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, y en la Ley 34/1998.
La Empresa que ejecute trabajos en las proximidades de instalaciones de Madrileña
Red de Gas deberá estar en posesión de los planos de las instalaciones existentes en la zona.
Si fuera necesario desviar nuestras instalaciones es preciso que, previamente al inicio
de las obras, se proceda por ambas empresas a la firma del acuerdo, donde se recogen los
pactos alcanzados en las negociaciones.
Todos los costes derivados de la ejecución de los trabajos en las inmediaciones o sobre las canalizaciones de gas afectadas, serán por cuenta del promotor de los mismos.
Madrileña Red de Gas, en el supuesto de sufrir danos en sus instalaciones en servicio,
se reserva el derecho de emprender las acciones legales que considere oportunas, así como
reclamar las indemnizaciones a que haya lugar.
Todos los daños a personas e instalaciones que pudieran producirse como consecuencia de las obras serán por cuenta y riesgo del promotor de las mismas, incluso los derivados de un eventual corte de suministro de gas.
Cualquier ampliación o instalación adicional a la solicitada por el afectante, será motivo de autorización expresa.
Los trabajos en afección a la canalización de gas se caracterizarán en todo momento
por la preservación del entorno y del medio ambiente.
Adicionalmente, y con objeto de garantizar la seguridad de las personas y de las instalaciones, deben observarse los siguientes condicionados técnicos:
Condicionados técnicos generales.
Antes del inicio de los trabajos se requiere la autorización y supervisión por personal
de Madrileña Red de Gas, para lo cual, con un mínimo de 24 horas de antelación, se comunicará la intención de iniciar los mismos utilizando el formato que se adjunta a la siguiente dirección:
Si existiera la posibilidad de afección o retranqueo de nuestras instalaciones deberán
comunicarlo a la siguiente dirección de correo electrónico: ssttmrg@madrilena.es . Antes
de comenzar cualquier obra, teniendo en cuenta que durante los trabajos las tuberías estarán en servicio, se deberán extremar las medidas de precaución para evitar que las mismas
sufran cualquier desperfecto. Las cotas incluidas en los planos tienen un carácter orientativo, por lo que deben ser confirmadas en campo. Se consultará con Madrileña Red de Gas
cualquier duda al respecto.
Deberá comunicarse a Madrileña Red de Gas la aparición de cualquier registro o accesorio complementario de la instalación de gas, identificado como tal, o que presumiblemente se crea pueda formar parte de ella, siempre que no esté definido en los planos de
servicios suministrados.
En este sentido se indica que en las proximidades de las tuberías de gas pueden existir
otras canalizaciones complementarias destinadas a la transmisión de datos, por lo que deberán extremarse las precauciones cuando se realicen trabajos en sus inmediaciones.
Las tuberías e instalaciones no están diseñadas para soportar sobrecarga de maquinaria pesada, por lo que, si han de situarse grúas o circular vehículos sobre las mismas que pudieran originar danos, deberá ponerse esta circunstancia en conocimiento de Madrileña Red
BOCM-20230509-72
Madrilena Red de Gas, Servicios técnicos.
C/ Virgilio 2B Edificio 2, Ciudad de la Imagen.
28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid.
Teléfono: 91.589.97.60 / 91.589.98.96.
Fax: 91.589.99.69.
Email: ssttmrg@madrilena.es
B.O.C.M. Núm. 109
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MAYO DE 2023
Pág. 389
Cualquier retranqueo y/o afección sobre las infraestructuras adscritas a Canal de Isabel II deberá ser autorizado previamente por dicha Empresa Pública, la cual podrá imponer
los condicionantes que resulten necesarios para la salvaguarda de las infraestructuras hidráulicas que gestiona. De igual modo, se recogerá que los costes derivados de cualquier
intervención sobre las infraestructuras hidráulicas promovida por terceros que se autoricen
por Canal de Isabel II será de cuenta de aquellos, sin que puedan ser imputados a esa Empresa Pública o al Ente Canal de Isabel II.
1.7.5.
Madrileña Red de Gas.
Ante la existencia de instalaciones de gas, se incorporan las condiciones a observar
cuando se realicen trabajos en las proximidades de instalaciones de Madrileña Red de Gas,
respetando lo indicado en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, y en la Ley 34/1998.
La Empresa que ejecute trabajos en las proximidades de instalaciones de Madrileña
Red de Gas deberá estar en posesión de los planos de las instalaciones existentes en la zona.
Si fuera necesario desviar nuestras instalaciones es preciso que, previamente al inicio
de las obras, se proceda por ambas empresas a la firma del acuerdo, donde se recogen los
pactos alcanzados en las negociaciones.
Todos los costes derivados de la ejecución de los trabajos en las inmediaciones o sobre las canalizaciones de gas afectadas, serán por cuenta del promotor de los mismos.
Madrileña Red de Gas, en el supuesto de sufrir danos en sus instalaciones en servicio,
se reserva el derecho de emprender las acciones legales que considere oportunas, así como
reclamar las indemnizaciones a que haya lugar.
Todos los daños a personas e instalaciones que pudieran producirse como consecuencia de las obras serán por cuenta y riesgo del promotor de las mismas, incluso los derivados de un eventual corte de suministro de gas.
Cualquier ampliación o instalación adicional a la solicitada por el afectante, será motivo de autorización expresa.
Los trabajos en afección a la canalización de gas se caracterizarán en todo momento
por la preservación del entorno y del medio ambiente.
Adicionalmente, y con objeto de garantizar la seguridad de las personas y de las instalaciones, deben observarse los siguientes condicionados técnicos:
Condicionados técnicos generales.
Antes del inicio de los trabajos se requiere la autorización y supervisión por personal
de Madrileña Red de Gas, para lo cual, con un mínimo de 24 horas de antelación, se comunicará la intención de iniciar los mismos utilizando el formato que se adjunta a la siguiente dirección:
Si existiera la posibilidad de afección o retranqueo de nuestras instalaciones deberán
comunicarlo a la siguiente dirección de correo electrónico: ssttmrg@madrilena.es . Antes
de comenzar cualquier obra, teniendo en cuenta que durante los trabajos las tuberías estarán en servicio, se deberán extremar las medidas de precaución para evitar que las mismas
sufran cualquier desperfecto. Las cotas incluidas en los planos tienen un carácter orientativo, por lo que deben ser confirmadas en campo. Se consultará con Madrileña Red de Gas
cualquier duda al respecto.
Deberá comunicarse a Madrileña Red de Gas la aparición de cualquier registro o accesorio complementario de la instalación de gas, identificado como tal, o que presumiblemente se crea pueda formar parte de ella, siempre que no esté definido en los planos de
servicios suministrados.
En este sentido se indica que en las proximidades de las tuberías de gas pueden existir
otras canalizaciones complementarias destinadas a la transmisión de datos, por lo que deberán extremarse las precauciones cuando se realicen trabajos en sus inmediaciones.
Las tuberías e instalaciones no están diseñadas para soportar sobrecarga de maquinaria pesada, por lo que, si han de situarse grúas o circular vehículos sobre las mismas que pudieran originar danos, deberá ponerse esta circunstancia en conocimiento de Madrileña Red
BOCM-20230509-72
Madrilena Red de Gas, Servicios técnicos.
C/ Virgilio 2B Edificio 2, Ciudad de la Imagen.
28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid.
Teléfono: 91.589.97.60 / 91.589.98.96.
Fax: 91.589.99.69.
Email: ssttmrg@madrilena.es