D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230509-46)
Convenio –  Convenio de 18 de abril de 2023, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación “EXCELTUR, la Alianza para la Excelencia Turística”, para la realización de un estudio de impacto económico del turismo en la Comunidad de Madrid (“Estudio IMPACTUR Comunidad de Madrid 2022”)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 109

MARTES 9 DE MAYO DE 2023

Pág. 335

Décima
Fuerza mayor o caso fortuito
Ambas partes estarán exentas de toda responsabilidad, en caso de retraso, mora e incumplimiento total o parcial del presente Convenio, debido a la incidencia del coronavirus
o a causa de fuerza mayor o caso fortuito, entendiéndose por ello a todo acontecimiento presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse y que aun previéndolo no se pueda evitar, que imposibilitare el cumplimiento en forma de todo punto obligando a suspender las actuaciones previstas.
Decimoprimera
Confidencialidad
La Comunidad de Madrid y EXCELTUR se comprometen a tratar como confidencial
toda la información o documentación técnica, comercial o de cualquier otra naturaleza suministrada por la otra parte, a la que haya tenido acceso con motivo del desarrollo del presente Convenio, así como la información que resulte de la ejecución de este Convenio (en
adelante toda ella se denominará “la Información Confidencial”). En consecuencia, no podrán revelar ni total ni parcialmente, de palabra, por escrito o de cualquier otra forma, a ninguna persona física o jurídica, ya sea de carácter público o privado, la Información Confidencial, sin el consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, en los términos
previstos en esta Cláusula.
Las partes se obligan a mantener en secreto dicha información, tanto durante el plazo
de vigencia de este Convenio como después de su expiración, salvo en aquellos aspectos que
hubiera pasado al dominio público, fuere notoria por medios ajenos a las partes o la parte
propietaria de la información hubiera autorizado, previamente y por escrito, su revelación.
Asimismo, las partes se comprometen a adoptar todas las medidas que sean necesarias
para asegurar el cumplimiento de esta obligación por sus respectivos empleados y/o colaboradores.
Cuantos daños y perjuicios se deriven de la custodia, uso, tratamiento y/o divulgación
dolosa o negligente de la información confidencial, darán derecho a la reclamación de las
correspondientes indemnizaciones y resarcimientos a la Parte perjudicada por el incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad en que cualquiera de las Partes hubiese incurrido.
Decimosegunda
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir. En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase
el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan
obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o
complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio. Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los
datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la
notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de
las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera. Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
El presente Convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos, en aplicación de
lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

BOCM-20230509-46

Protección de datos de carácter personal y transparencia