C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230506-3)
Convenio colectivo – Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa TK Elevator Manufacturing Spain, S. L. U. (provincia de Madrid) (código número 28015092012010)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
SÁBADO 6 DE MAYO DE 2023
x
8.6
Pág. 47
En el supuesto de que el hecho causante tenga lugar por la tarde, el permiso
reconocido en el presente artículo se disfrutará el día siguiente, excepto las personas
que tengan turno de tarde o de noche.
Por maternidad/paternidad natural o adoptiva:
x
Tres días naturales, de los que al menos, dos serán hábiles. (Con desplazamiento fuera
de la provincia, dos días naturales más). En los casos de nacimientos de hijos/as
prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación
del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante el tiempo
indispensable. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un
máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario durante el tiempo de la
hospitalización.
En cualquier caso se estará a lo establecido en la legislación vigente en esta materia.
8.7
Por traslado de domicilio:
x
8.8
Por citación oficial y/o judicial, siempre que no fuese posible acudir en días u horas
no laborables, mediante presentación de citación:
x
8.9
Un día laborable.
El tiempo indispensable.
Para concurrir a exámenes para la obtención de un título académico o profesional
reconocido:
x
El tiempo indispensable.
8.10 Por asistencia a consulta médica de la S.S. o sanidad privada, debidamente
justificada:
x
Por acompañamiento de hijos/as menores de 14 años a consulta de S.S. o sanidad
privada, siempre que el padre y la madre trabajen. Igualmente para padres/madres
impedidos/as y/o mayores de 70 años. Todos los supuestos siempre debidamente
justificados.
x
8.12
Por el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal derivado
del desempeño de un cargo público y/o electo. Asistencia a tribunales y comisarias
previa citación. Asistencia a tribunales de exámenes y oposiciones con
nombramiento del órgano convocante:
x
8.13
El tiempo indispensable.
En caso de fallecimiento de una compañera/o, o de sus padres/madres, cónyuge o
hijos/hijas, hermanos/hermanas:
x
8.14
El tiempo indispensable
Podrá asistir al sepelio una comisión compuesta por un máximo de cinco personas, que
contarán con permiso retribuido por esta circunstancia.
De lactancia/cuidado del lactante:
x
Las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que
podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla
diez meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos
de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.
x
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su
jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en
BOCM-20230506-3
8.11
El tiempo indispensable.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 107
SÁBADO 6 DE MAYO DE 2023
x
8.6
Pág. 47
En el supuesto de que el hecho causante tenga lugar por la tarde, el permiso
reconocido en el presente artículo se disfrutará el día siguiente, excepto las personas
que tengan turno de tarde o de noche.
Por maternidad/paternidad natural o adoptiva:
x
Tres días naturales, de los que al menos, dos serán hábiles. (Con desplazamiento fuera
de la provincia, dos días naturales más). En los casos de nacimientos de hijos/as
prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación
del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante el tiempo
indispensable. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un
máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario durante el tiempo de la
hospitalización.
En cualquier caso se estará a lo establecido en la legislación vigente en esta materia.
8.7
Por traslado de domicilio:
x
8.8
Por citación oficial y/o judicial, siempre que no fuese posible acudir en días u horas
no laborables, mediante presentación de citación:
x
8.9
Un día laborable.
El tiempo indispensable.
Para concurrir a exámenes para la obtención de un título académico o profesional
reconocido:
x
El tiempo indispensable.
8.10 Por asistencia a consulta médica de la S.S. o sanidad privada, debidamente
justificada:
x
Por acompañamiento de hijos/as menores de 14 años a consulta de S.S. o sanidad
privada, siempre que el padre y la madre trabajen. Igualmente para padres/madres
impedidos/as y/o mayores de 70 años. Todos los supuestos siempre debidamente
justificados.
x
8.12
Por el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal derivado
del desempeño de un cargo público y/o electo. Asistencia a tribunales y comisarias
previa citación. Asistencia a tribunales de exámenes y oposiciones con
nombramiento del órgano convocante:
x
8.13
El tiempo indispensable.
En caso de fallecimiento de una compañera/o, o de sus padres/madres, cónyuge o
hijos/hijas, hermanos/hermanas:
x
8.14
El tiempo indispensable
Podrá asistir al sepelio una comisión compuesta por un máximo de cinco personas, que
contarán con permiso retribuido por esta circunstancia.
De lactancia/cuidado del lactante:
x
Las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que
podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla
diez meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos
de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples.
x
Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su
jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en
BOCM-20230506-3
8.11
El tiempo indispensable.