A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230505-1)
Regulación sistema información Servicios Sociales –  Decreto 51/2023, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan la Historia Social Única, el Registro Único de Usuarios y otros instrumentos de gestión de la información del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE MAYO DE 2023

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4. Para gestionar la colaboración con otras Administraciones públicas, Administración General de Estado, comunidades autónomas y entidades locales, en relación a los datos
incluidos en la HSU, y con total respeto a la normativa en materia de protección de datos personales, se utilizarán los estándares de interoperabilidad organizativa, técnica y semántica
recogidos en la normativa sobre Esquema Nacional de Interoperabilidad.
Artículo 14
Gestión, custodia y conservación
1. La gestión, custodia y conservación de las historias sociales únicas se realizará
conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 12/2022, de 21 de diciembre.
2. La Comunidad de Madrid, a través de la secretaría general técnica de la consejería competente en materia de servicios sociales, es el órgano responsable de la custodia y el
tratamiento de los datos personales de la actividad de tratamiento relativa a la HSU y habrá
de adoptar todas las medidas precisas para garantizar la confidencialidad de los datos y de
la información contenida en ella. Esta consejería podrá regular el régimen de corresponsabilidad del tratamiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del Reglamento
Europeo 2016/679 y del Consejo de 27 de abril de 2016.
3. Las personas usuarias o, en su caso, sus representantes legales, podrán ejercer sus
derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad u oposición ante los
responsables del tratamiento de datos de la consejería competente en materia de servicios
sociales, de lo que darán traslado a la secretaría general técnica de la citada consejería para
que resuelvan en consecuencia.
4. Los datos que por su antigüedad o inactividad se considere oportuno pasar a una
situación de archivo, se conservarán y custodiarán bloqueados durante el periodo en el que
pudieran derivarse responsabilidades jurídicas.
Artículo 15
Responsabilidades relativas a la gestión de la HSU
1. La Comunidad de Madrid será responsable de proveer el soporte tecnológico de
la HSU que garantice su adecuada custodia y conservación, así como la seguridad de la información, y de facilitar la coordinación interdepartamental e interadministrativa que permitan una gestión eficaz de la HSU al servicio de la calidad de la atención a las personas
usuarias de los servicios sociales.
2. Los órganos directivos de la consejería competente en materia de servicios sociales serán responsables del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección
de datos de carácter personal. Asimismo, lo serán del establecimiento de los procedimientos de trabajo de entidades y profesionales integrantes o colaboradores del Sistema Público
de Servicios Sociales y sus niveles de acceso a la HSU.
3. Los profesionales de referencia de cada persona usuaria bajo su supervisión, designados en cada centro de servicios sociales de atención primaria o unidad de atención especializada, serán responsables de asegurar la actualización de la información de sus respectivas historias sociales únicas.
Capítulo III
Registro Único de Usuarios y otros instrumentos de gestión de la información
del Sistema Público de Servicios Sociales
Artículo 16

1. La HSU, como instrumento de gestión de información al servicio de profesionales y usuarios, se sustenta en los elementos del Sistema de Información de Servicios Sociales que conforman un conjunto mínimo de herramientas, ampliable en función de la evolución de las posibilidades tecnológicas y las necesidades sociales.
2. La finalidad de la creación de este conjunto de instrumentos digitales es habilitar
los mecanismos de recogida y gestión de la información necesaria para el funcionamiento
de la HSU y facilitar el ejercicio de las competencias en materia de atención social de las

BOCM-20230505-1

Elementos del Sistema de Información de Servicios Sociales