D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230504-49)
Convenio – Convenio de 18 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación Madrileña de Béisbol y Sófbol, para la colaboración en la utilización de espacios deportivos en el “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, situado en el “Monte de El Pardo”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 105
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
Pág. 181
2. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas deportivos mediante su apoyo logístico y técnico. La valoración de este servicio será de un
máximo de 4.200 euros, anuales, durante el período de validez del presente convenio.
3. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
4. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes la programación deportiva
por temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
5. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones
y espacios deportivos.
6. Utilizar adecuadamente los espacios deportivos incluidos en el presente convenio
y destinar los mismos a sus fines específicos, quedando totalmente prohibidas la cesión o
subarriendo total o parcial de las instalaciones.
7. Mantener en perfectas condiciones de uso todos los espacios deportivos incluidas
en el convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de Madrid de los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a aquella en perfecto estado de uso todos los espacios deportivos previstos en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
8. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de los espacios deportivos.
9. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la realización de cualquier modificación o reforma de los espacios deportivos, sin la cual no podrán llevarse a cabo.
10. Realizar las inversiones necesarias en los espacios deportivos que se acuerden en
la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Estas inversiones podrán ser imputadas al canon anual siempre y cuando se solicite previamente a dicha Comisión y se cuente con la aprobación de la Dirección General de Deportes.
11. Elaborar las normas de utilización de las instalaciones que deberán de ser acordes con las normas de utilización del “Parque Deportivo Puerta de Hierro” y ser visadas por
la Dirección General de Deportes.
12. Informar a la Dirección General de Deportes de los horarios de apertura y cierre,
usos y actividades de todas las instalaciones. Dichos horarios, usos y actividades estarán
condicionados por las normas de utilización del “Parque Deportivo Puerta de Hierro”.
13. Comunicar a la Dirección General de Deportes la identidad de las personas responsables de los espacios deportivos, que serán los interlocutores con aquella.
14. Contratar los seguros previstos en la cláusula novena del presente convenio y
aportar copia de los mismos a la Dirección General de Deportes.
15. Permitir en cualquier momento el acceso del personal de la Dirección General de
Deportes a las instalaciones previstas en el convenio. A tal efecto, y por razones de seguridad, la dirección de la instalación deportiva deberá disponer de llave de acceso a todas las
instalaciones.
16. Incluir los logotipos oficiales de la Comunidad de Madrid en todo el material
publicitario que se utilice para promocionar las actividades que se desarrollen en las instalaciones.
17. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la
contratación o exhibición de publicidad en las instalaciones, sin la cual no podrán realizarse. En estos casos, la Dirección General de Deportes percibirá el veinte por ciento de los ingresos que la Federación obtenga por este concepto. Dicho importe se acumulará al abono
previsto en la cláusula sexta.
18. Cumplir con las obligaciones económicas del convenio previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.
Compromisos de la Comunidad de Madrid
1. Poner a disposición de la Federación los espacios deportivos previstos en la cláusula segunda.
2. Facilitar el desarrollo de las actividades de la Federación en los espacios deportivos del “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, dentro de los límites establecidos en el presente convenio, así como, lo estipulado en el contrato de arrendamiento firmado entre Patrimonio Nacional y la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230504-49
Cuarta
B.O.C.M. Núm. 105
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 4 DE MAYO DE 2023
Pág. 181
2. Colaborar con la Dirección General de Deportes en la ejecución de programas deportivos mediante su apoyo logístico y técnico. La valoración de este servicio será de un
máximo de 4.200 euros, anuales, durante el período de validez del presente convenio.
3. Dar cuenta a la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio de las actividades, los programas de trabajo y los proyectos de participación deportiva desarrollados por la Federación en las instalaciones a través de una memoria anual.
4. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes la programación deportiva
por temporada con las fechas y usos previstos para las instalaciones.
5. Elaborar y remitir a la Dirección General de Deportes un informe por temporada
deportiva detallado sobre las actividades deportivas y usos realizados en las edificaciones
y espacios deportivos.
6. Utilizar adecuadamente los espacios deportivos incluidos en el presente convenio
y destinar los mismos a sus fines específicos, quedando totalmente prohibidas la cesión o
subarriendo total o parcial de las instalaciones.
7. Mantener en perfectas condiciones de uso todos los espacios deportivos incluidas
en el convenio, siendo responsable frente a la Comunidad de Madrid de los daños o deterioros que pudieran sufrir, aun cuando tengan su origen en la actuación de terceros; comprometiéndose, igualmente, a entregar a aquella en perfecto estado de uso todos los espacios deportivos previstos en el presente convenio a la finalización de la vigencia del mismo.
8. Ejecutar y abonar las reparaciones que se precisen que puedan derivarse del mal
uso de los espacios deportivos.
9. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la realización de cualquier modificación o reforma de los espacios deportivos, sin la cual no podrán llevarse a cabo.
10. Realizar las inversiones necesarias en los espacios deportivos que se acuerden en
la Comisión de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio. Estas inversiones podrán ser imputadas al canon anual siempre y cuando se solicite previamente a dicha Comisión y se cuente con la aprobación de la Dirección General de Deportes.
11. Elaborar las normas de utilización de las instalaciones que deberán de ser acordes con las normas de utilización del “Parque Deportivo Puerta de Hierro” y ser visadas por
la Dirección General de Deportes.
12. Informar a la Dirección General de Deportes de los horarios de apertura y cierre,
usos y actividades de todas las instalaciones. Dichos horarios, usos y actividades estarán
condicionados por las normas de utilización del “Parque Deportivo Puerta de Hierro”.
13. Comunicar a la Dirección General de Deportes la identidad de las personas responsables de los espacios deportivos, que serán los interlocutores con aquella.
14. Contratar los seguros previstos en la cláusula novena del presente convenio y
aportar copia de los mismos a la Dirección General de Deportes.
15. Permitir en cualquier momento el acceso del personal de la Dirección General de
Deportes a las instalaciones previstas en el convenio. A tal efecto, y por razones de seguridad, la dirección de la instalación deportiva deberá disponer de llave de acceso a todas las
instalaciones.
16. Incluir los logotipos oficiales de la Comunidad de Madrid en todo el material
publicitario que se utilice para promocionar las actividades que se desarrollen en las instalaciones.
17. Solicitar la autorización expresa de la Dirección General de Deportes para la
contratación o exhibición de publicidad en las instalaciones, sin la cual no podrán realizarse. En estos casos, la Dirección General de Deportes percibirá el veinte por ciento de los ingresos que la Federación obtenga por este concepto. Dicho importe se acumulará al abono
previsto en la cláusula sexta.
18. Cumplir con las obligaciones económicas del convenio previstas en la cláusula
sexta del presente convenio.
Compromisos de la Comunidad de Madrid
1. Poner a disposición de la Federación los espacios deportivos previstos en la cláusula segunda.
2. Facilitar el desarrollo de las actividades de la Federación en los espacios deportivos del “Parque Deportivo Puerta de Hierro”, dentro de los límites establecidos en el presente convenio, así como, lo estipulado en el contrato de arrendamiento firmado entre Patrimonio Nacional y la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230504-49
Cuarta