D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230428-33)
Convenio –  Convenio de 15 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Economía, Hacienda y Empleo y de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y la Asociación Patio Campus, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 2.000.000 de euros, para financiar la promoción y el fomento del emprendimiento y la atracción del talento, mediante la creación de un campus de emprendimiento empresarial e innovación sostenible en Madrid
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 268

VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 100

Decimoquinta
Naturaleza jurídica
Es de aplicación a este convenio la normativa vigente en materia de subvenciones, en
concreto la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento de
la citada Ley, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, así como por lo establecido en las demás normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda sometido al régimen jurídico de los convenios previsto en el capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de
junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
El presente convenio se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en sus artículos 4 y 6.2, sin perjuicio de que sus principios resulten aplicables para la resolución de las dudas o lagunas que
pudieran plantearse en la aplicación del convenio.
El presente convenio no implica la constitución de ninguna sociedad, asociación u otra
clase de vinculación entre las partes, que asumen solo las obligaciones que figuran en la redacción de su texto, y a las cuales limitan sus responsabilidades respectivas, así como a las
que puedan derivarse de los estatutos de Patio Campus de Madrid.
Los acuerdos, contratos o convenios que cada una de las partes pueda formalizar con
terceros durante la vigencia del presente convenio, y no estén expresamente previstos en el
mismo, serán del todo ajenos a la contraparte y al propio convenio.
Entre las partes no existe relación de solidaridad o subsidiariedad alguna, y cada una
responde de forma individual y exclusiva de sus acciones y omisiones que traigan causa del
presente convenio.
El conocimiento y resolución de todas las cuestiones que no queden solventadas por la
comisión de seguimiento, tras agotar todas las formas posibles de conciliación para llegar
a un acuerdo amistoso extrajudicial, serán resueltas por los juzgados de lo contenciosoadministrativo de Madrid.
Decimosexta
Cualquier utilización de la denominación, logotipo y marca de la Comunidad de
Madrid prevista en este convenio, necesitará autorización previa y se realizará conforme al
Manual de Identidad Corporativa y el Decreto 103/1994, de 20 de octubre, por el que se regula la utilización de la denominación y símbolos de la Comunidad de Madrid en marcas y
signos distintivos de productos, mercancías y servicios.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y en el artículo 23 de la
Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid, la formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través
de la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
Este convenio está sujeto a la obligación prevista en el artículo 23.2 de la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, en lo relativo a la publicación del convenio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
dentro de los 20 días siguientes a su firma. Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios, en el que se incluirá la copia del mismo.
Patio deberá dar publicidad a la subvención recibida en los términos del artículo 8.2 de
la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno, así como lo previsto en el artículo 3.1 b) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid está obligada a dar publicidad del otorgamiento de las ayudas en los términos del artículo 8.1.c) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.

BOCM-20230428-33

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