D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230428-33)
Convenio –  Convenio de 15 de abril de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de las Consejerías de Economía, Hacienda y Empleo y de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y la Asociación Patio Campus, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 2.000.000 de euros, para financiar la promoción y el fomento del emprendimiento y la atracción del talento, mediante la creación de un campus de emprendimiento empresarial e innovación sostenible en Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 100

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023

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lar, asumirá las obligaciones reguladas en el apartado cuarto del artículo decimosegundo de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
2. Patio estará sometida al régimen de infracciones y sanciones establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, en lo que no resulte contrario a la normativa básica.
Decimosegunda
Comisión de seguimiento
Para el adecuado seguimiento y control de la ejecución del presente convenio, se constituirá una comisión de seguimiento, integrada por dos representantes designados por la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, un representante de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura y tres representantes de Patio. La presidencia de la comisión recaerá en uno de los dos miembros designados por la Consejería de Economía Hacienda y Empleo, siendo la persona que actúe como secretario elegido entre el resto de
miembros de la comisión.
Esta comisión tendrá a su cargo el seguimiento y coordinación de las acciones derivadas del convenio.
El funcionamiento de esta comisión se regirá por lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La comisión se reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una
de las partes lo solicite. En cualquier caso, al menos una vez anualmente. Se levantarán las
actas correspondientes de cada una de las reuniones que se celebren.
Las funciones que se atribuye a la comisión, se entienden sin perjuicio de las competencias de la Comunidad de Madrid, en cuanto Administración Pública que concede la subvención.
Decimotercera
Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Vigencia
El presente convenio entrará en vigor el día de la firma electrónica del último de los
firmantes y tendrá una vigencia de cuatro años desde la misma.

BOCM-20230428-33

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