C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230428-25)
Convenio colectivo –  Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Valeo Service España, S. A. U. (código número: 28103002012021)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 100

VIERNES 28 DE ABRIL DE 2023

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ARTÍCULO 18 - PROMOCIÓN INTERNA
Cuando se produzcan vacantes o nuevos puestos de trabajo, se informará al Comité del perfil del
puesto, publicándose en el tablón de anuncios la vacante a cubrir, pudiéndose presentar todas las
personas trabajadoras que reúnan las condiciones exigidas.

CAPÍTULO V
TIEMPO DE TRABAJO Y SU DISTRIBUCIÓN
ARTÍCULO 19 – JORNADA Y CALENDARIO
Para el año 2022 se establece una jornada de 1.754 horas anuales de trabajo efectivo que se
distribuirán conforme a lo dispuesto en los calendarios pactados, ajustándolo a la nueva situación.
Para los años 2023, 2024 y sucesivos, se distribuirá la jornada de 1754 horas anuales de trabajo
efectivo en un calendario que se negociará, una vez se disponga de los calendarios de festivos
oficiales.
Independientemente del calendario laboral, se dará un día extra de libre disposición a todas las
personas trabajadoras bajo convenio, que no sean cuadro o asimilado, siempre que durante el año
anterior no hayan tenido ninguna falta de asistencia al trabajo, tanto de nivel 1 (enfermedad común y
accidente de trabajo) como de nivel 2 (permisos retribuidos), según las reglas de asistencia perfecta.
ARTÍCULO 20 - HORARIOS
Horarios de trabajo:
ALMACÉN:
Con carácter general se establece un sistema de dos turnos rotativos de mañana y tarde, con los
siguientes horarios:
TURNO

ENTRADA

SALIDA

Mañana

06:45 h

15:00 h

Tarde

15:00 h

23:15 h

La jornada de trabajo relativa al turno de mañana del personal de Almacén de los viernes, se verá
reducida en 15 minutos, quedando por tanto los turnos de trabajo para los viernes de la siguiente
manera:
i. Turno de mañana: De 6:45 a 14:45.
ii. Turno de tarde: De 14:45 a 23:00.
Los días de apertura se adaptarán en función del calendario laboral vigente cada año.
La adscripción a tales turnos lo será con carácter rotativo, sin que las tolerancias que pudieran haber
existido hasta la fecha de la firma del presente Convenio puedan tener la consideración de derechos
adquiridos.
En ambos turnos se establece un descanso de 15 minutos para el bocadillo.
OFICINAS CENTRALES:
B. Jornada continua: de lunes a viernes de 8:00 a 14:25 horas, con 15 minutos de descanso para
el bocadillo.
Se adaptarán las jornadas, partida y continua, de acuerdo con las festividades locales y autonómicas
que correspondan al año en cuestión.
Los días de apertura se adaptarán en función del calendario laboral vigente cada año.

BOCM-20230428-25

A. Jornada partida: de lunes a jueves de 8:00 a 13:30 horas y de 14:30 a 17:30h