B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230427-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 99
En los tablones electrónicos de los tribunales, se reproducirá toda la información que
se publique en los tablones físicos situados en las sedes de los tribunales y se podrá presentar, en su caso, alegaciones ante los tribunales, según se determine en las resoluciones que
desarrollen esta convocatoria. Al finalizar la fase de oposición cada aspirante podrá acceder, en los mismos, a sus calificaciones.
En la gestión de estos procedimientos, del tratamiento de los datos personales derivados de
la instancia-solicitud y de la documentación adjunta a la misma, será responsable la Dirección
General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, cuyo domicilio social se puede consultar en www.comunidad.madrid/centros/d-g-recursoshumanos , y cuyo contacto delegado de protección de datos es protecciondatos.educación@madrid.org .
En cumplimiento de lo establecido por el Reglamento (UE) 2016/679, de Protección
de Datos Personales, sus datos serán tratados para la finalidad de ingreso en los cuerpos docentes convocados en la presente resolución y de adquisición de nuevas especialidades de
los citados cuerpos.
Se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como
a solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, solicitar,
en su caso, la portabilidad de sus datos, así como a no ser objeto de una decisión individual
basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles. Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el RGPD (UE) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, podrá ejercitar sus derechos por Registro Electrónico o Registro Presencial, en ambos casos haciendo constar la referencia “Ejercicio de derechos de protección de datos”.
Los datos personales proporcionados se conservarán por un período determinado de
seis años y serán comunicados al Ministerio competente en materia de Educación.
Tendrá derecho a retirar el consentimiento prestado en cualquier momento, sin que
ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.
Tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección
de Datos http://www.agpd.es/ si no está conforme con el tratamiento que se hace de sus datos personales.
Los datos objeto de tratamiento serán de carácter identificativo, académicos y profesionales, personales y detalles del empleo.
Podrá consultar la información adicional y detallada de la información y de la normativa aplicable en materia de protección de datos en la web de la Agencia Española de Protección de Datos http://www.agpd.es , así como la información sobre el Registro de Actividades de Tratamiento del Responsable antes señalado en el siguiente enlace
www.comunidad.madrid/protecciondedatos .
TÍTULO IV
Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad
Primera
Todos los aspirantes que presenten solicitud de participación a este procedimiento selectivo y deseen formar parte de las listas a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, deberán indicarlo al cumplimentar la solicitud marcando la casilla correspondiente en
el apartado “Datos a consignar según las bases de la convocatoria” (recuadro C del recibo).
Los participantes en este proceso selectivo que deseen ingresar en las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad por primera vez, o que hayan
decaído de las mismas, deberán realizar la parte de la prueba de la fase de oposición que se
convoque en primer lugar.
Asimismo, aquellos integrantes de las vigentes listas de interinidad de la Comunidad
de Madrid, que no hayan decaído de las mismas en el momento de confeccionarse las nuevas listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, permanecerán en ellas, independientemente de que hayan presentado, o no, la solicitud de participación.
Lo establecido en el párrafo anterior no será de aplicación para aquellos integrantes
que han accedido a listas de interinidad a través de convocatorias para la elaboración de listas extraordinarias de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad.
BOCM-20230427-1
Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad: formación
de listas de interinidad
Pág. 44
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 99
En los tablones electrónicos de los tribunales, se reproducirá toda la información que
se publique en los tablones físicos situados en las sedes de los tribunales y se podrá presentar, en su caso, alegaciones ante los tribunales, según se determine en las resoluciones que
desarrollen esta convocatoria. Al finalizar la fase de oposición cada aspirante podrá acceder, en los mismos, a sus calificaciones.
En la gestión de estos procedimientos, del tratamiento de los datos personales derivados de
la instancia-solicitud y de la documentación adjunta a la misma, será responsable la Dirección
General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, cuyo domicilio social se puede consultar en www.comunidad.madrid/centros/d-g-recursoshumanos , y cuyo contacto delegado de protección de datos es protecciondatos.educación@madrid.org .
En cumplimiento de lo establecido por el Reglamento (UE) 2016/679, de Protección
de Datos Personales, sus datos serán tratados para la finalidad de ingreso en los cuerpos docentes convocados en la presente resolución y de adquisición de nuevas especialidades de
los citados cuerpos.
Se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como
a solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, solicitar,
en su caso, la portabilidad de sus datos, así como a no ser objeto de una decisión individual
basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles. Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el RGPD (UE) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, podrá ejercitar sus derechos por Registro Electrónico o Registro Presencial, en ambos casos haciendo constar la referencia “Ejercicio de derechos de protección de datos”.
Los datos personales proporcionados se conservarán por un período determinado de
seis años y serán comunicados al Ministerio competente en materia de Educación.
Tendrá derecho a retirar el consentimiento prestado en cualquier momento, sin que
ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada.
Tendrá derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección
de Datos http://www.agpd.es/ si no está conforme con el tratamiento que se hace de sus datos personales.
Los datos objeto de tratamiento serán de carácter identificativo, académicos y profesionales, personales y detalles del empleo.
Podrá consultar la información adicional y detallada de la información y de la normativa aplicable en materia de protección de datos en la web de la Agencia Española de Protección de Datos http://www.agpd.es , así como la información sobre el Registro de Actividades de Tratamiento del Responsable antes señalado en el siguiente enlace
www.comunidad.madrid/protecciondedatos .
TÍTULO IV
Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad
Primera
Todos los aspirantes que presenten solicitud de participación a este procedimiento selectivo y deseen formar parte de las listas a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, deberán indicarlo al cumplimentar la solicitud marcando la casilla correspondiente en
el apartado “Datos a consignar según las bases de la convocatoria” (recuadro C del recibo).
Los participantes en este proceso selectivo que deseen ingresar en las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad por primera vez, o que hayan
decaído de las mismas, deberán realizar la parte de la prueba de la fase de oposición que se
convoque en primer lugar.
Asimismo, aquellos integrantes de las vigentes listas de interinidad de la Comunidad
de Madrid, que no hayan decaído de las mismas en el momento de confeccionarse las nuevas listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, permanecerán en ellas, independientemente de que hayan presentado, o no, la solicitud de participación.
Lo establecido en el párrafo anterior no será de aplicación para aquellos integrantes
que han accedido a listas de interinidad a través de convocatorias para la elaboración de listas extraordinarias de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad.
BOCM-20230427-1
Aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad: formación
de listas de interinidad