B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230427-1)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
Pág. 27
6.4.4. Delegación de funciones de los órganos de selección a otras unidades administrativas y/o Comisiones de Baremación.
Los órganos de selección podrán delegar las tareas de baremación o de revisión para
la asignación de las puntuaciones en la fase de concurso de los méritos que acrediten los aspirantes de acuerdo con los baremos recogidos como Anexos V y VI de la convocatoria (a
excepción de los referidos en el apartado 3.2 del baremo publicado como Anexo VI), en
unidades administrativas, dependientes de la Dirección General de Recursos Humanos, así
como en comisiones de baremación.
6.4.5. Adaptación de medios y/o tiempo.
Los órganos de selección adoptarán las medidas precisas, en aquellos casos que resulten necesarias, para que los aspirantes con discapacidad gocen de igualdad de oportunidades con el resto de los participantes para la realización de los ejercicios en los términos indicados en el Anexo III. Asimismo, para las personas con discapacidad que soliciten
adaptación en tiempo y/o medios para la realización de la prueba, los tribunales, a la vista
de la documentación aportada, valorarán la aplicación de las medidas necesarias sin que en
ningún momento estas supongan desnaturalización del contenido de las pruebas. En todo
caso, el aspirante deberá aportar los medios necesarios para llevar a cabo dicha adaptación.
Para aquellos opositores que participen por el acceso 1 (libre) y necesiten adaptación de
medios o tiempo, deberán aportar todos los informes médicos pertinentes que justifique su
solicitud. Los tribunales correspondientes dirimirán si es pertinente acceder a su petición.
6.4.6. Indemnizaciones por razón del servicio.
A efectos económicos, de acuerdo con el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnización por razón del servicio, los miembros de los órganos de selección de los cuerpos de catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, estarán incluidos en la categoría primera y los miembros de los Profesores Especialistas en Sectores
Singulares de Formación Profesional así como los del cuerpo, a extinguir, de Profesores
Técnicos de Formación Profesional en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
estarán incluidos en la categoría segunda.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.5 de dicho Real Decreto, los miembros de los órganos de selección sólo devengaran una asistencia por día.
Las cuantías a percibir por participación en tribunales, serán las que se fijan en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que
se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Séptima
Sistema selectivo
Conforme a lo establecido en la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Capítulo I del Título III del Reglamento de
ingreso y accesos a la función pública docente, el sistema de ingreso constará de tres fases:
oposición, concurso y prácticas.
La citada disposición adicional duodécima, así como, en su desarrollo, los Capítulos I
y IV del título IV del Reglamento, establecen que, el sistema de acceso de los cuerpos docentes a otros cuerpos docentes incluidos en un subgrupo de clasificación superior y el acceso a otros cuerpos docentes del mismo subgrupo, y nivel de complemento de destino,
constará de un concurso de méritos y de una prueba.
Octava
8.1. Comienzo.
El comienzo de la fase de oposición será determinado por Resolución de la Dirección
General de Recursos Humanos.
8.2. Información sobre el desarrollo de las pruebas y criterios de evaluación de las
pruebas.
Con antelación a la fecha de inicio de la fase de oposición, la Dirección General de Recursos Humanos publicará resolución en el portal de la Comunidad de Madrid en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-atribucion-docente-fp-2023,
BOCM-20230427-1
Fase de oposición
B.O.C.M. Núm. 99
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 27 DE ABRIL DE 2023
Pág. 27
6.4.4. Delegación de funciones de los órganos de selección a otras unidades administrativas y/o Comisiones de Baremación.
Los órganos de selección podrán delegar las tareas de baremación o de revisión para
la asignación de las puntuaciones en la fase de concurso de los méritos que acrediten los aspirantes de acuerdo con los baremos recogidos como Anexos V y VI de la convocatoria (a
excepción de los referidos en el apartado 3.2 del baremo publicado como Anexo VI), en
unidades administrativas, dependientes de la Dirección General de Recursos Humanos, así
como en comisiones de baremación.
6.4.5. Adaptación de medios y/o tiempo.
Los órganos de selección adoptarán las medidas precisas, en aquellos casos que resulten necesarias, para que los aspirantes con discapacidad gocen de igualdad de oportunidades con el resto de los participantes para la realización de los ejercicios en los términos indicados en el Anexo III. Asimismo, para las personas con discapacidad que soliciten
adaptación en tiempo y/o medios para la realización de la prueba, los tribunales, a la vista
de la documentación aportada, valorarán la aplicación de las medidas necesarias sin que en
ningún momento estas supongan desnaturalización del contenido de las pruebas. En todo
caso, el aspirante deberá aportar los medios necesarios para llevar a cabo dicha adaptación.
Para aquellos opositores que participen por el acceso 1 (libre) y necesiten adaptación de
medios o tiempo, deberán aportar todos los informes médicos pertinentes que justifique su
solicitud. Los tribunales correspondientes dirimirán si es pertinente acceder a su petición.
6.4.6. Indemnizaciones por razón del servicio.
A efectos económicos, de acuerdo con el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnización por razón del servicio, los miembros de los órganos de selección de los cuerpos de catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, estarán incluidos en la categoría primera y los miembros de los Profesores Especialistas en Sectores
Singulares de Formación Profesional así como los del cuerpo, a extinguir, de Profesores
Técnicos de Formación Profesional en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria,
estarán incluidos en la categoría segunda.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.5 de dicho Real Decreto, los miembros de los órganos de selección sólo devengaran una asistencia por día.
Las cuantías a percibir por participación en tribunales, serán las que se fijan en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que
se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Séptima
Sistema selectivo
Conforme a lo establecido en la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Capítulo I del Título III del Reglamento de
ingreso y accesos a la función pública docente, el sistema de ingreso constará de tres fases:
oposición, concurso y prácticas.
La citada disposición adicional duodécima, así como, en su desarrollo, los Capítulos I
y IV del título IV del Reglamento, establecen que, el sistema de acceso de los cuerpos docentes a otros cuerpos docentes incluidos en un subgrupo de clasificación superior y el acceso a otros cuerpos docentes del mismo subgrupo, y nivel de complemento de destino,
constará de un concurso de méritos y de una prueba.
Octava
8.1. Comienzo.
El comienzo de la fase de oposición será determinado por Resolución de la Dirección
General de Recursos Humanos.
8.2. Información sobre el desarrollo de las pruebas y criterios de evaluación de las
pruebas.
Con antelación a la fecha de inicio de la fase de oposición, la Dirección General de Recursos Humanos publicará resolución en el portal de la Comunidad de Madrid en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-atribucion-docente-fp-2023,
BOCM-20230427-1
Fase de oposición