Villanueva del Pardillo (BOCM-20230425-96)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 25 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 97
El debate se celebrará durante el último trimestre del año, una vez oída la Junta de Portavoces y fijada fecha por esta Junta, y será convocado con una antelación de quince días
naturales.
Los Grupos Políticos Municipales y los concejales no adscritos podrán plantear peticiones de actuación, pero no podrán adoptarse acuerdos. Para ello, los Grupos Políticos y
concejales no adscritos registrarán tales peticiones de actuación con una antelación de, al
menos, tres días naturales a la celebración de la mencionada sesión plenaria extraordinaria.
El debate comenzará con una introducción por parte del Sr. alcalde-presidente o de un
miembro de la Junta de Gobierno Local designado por él para intervenir, sobre la situación
general del municipio y las líneas maestras de su acción de gobierno, intervención que tendrá un tiempo máximo de treinta minutos.
Tras esta intervención, intervendrán los portavoces de los Grupos Políticos municipales de mayor a menor representatividad numérica en la Corporación y los concejales no adscritos.
El tiempo máximo de intervención correspondiente a cada Grupo Político es el resultante de la aplicación del siguiente detalle:
— Cinco minutos por Grupo Municipal.
— Cinco minutos adicionales por cada miembro que conforme el Grupo Político.
— Cinco minutos adicionales por Grupo Político cuando en el mismo se integren cargos con responsabilidades de gobierno.
— Los concejales no adscritos dispondrán de cinco minutos cada uno de ellos.
El alcalde-presidente del Pleno podrá conceder otros turnos de palabra a otros miembros de la Corporación que así lo soliciten, que no deberán exceder, para cada uno de ellos,
del tiempo del que disfruten los concejales no adscritos.
El alcalde-presidente, o miembro de la Junta de Gobierno Local designado por él, tras
una intervención de réplica que no podrá exceder de quince minutos, dará por finalizada la
sesión.
De forma extraordinaria, y si la importancia de los asuntos tratados en el debate lo requiere, el alcalde podrá conceder un nuevo turno a los portavoces de los Grupos Políticos
Municipales y a los concejales no adscritos, con una duración máxima de cinco minutos por
cada uno de ellos. Los concejales no adscritos repartirán entre ellos el tiempo total concedido a cada portavoz.
Tras esta última intervención, el alcalde, o miembro de la Junta de Gobierno Local designado por él, cerrará la sesión con una intervención de un máximo de cinco minutos de
duración.
SECCIÓN 2
Constancia y ejecución de acuerdos
41. Cuando los recursos y medios materiales municipales lo permitan, por cada sesión
del Pleno Corporativo, el secretario general extenderá dos actas, a saber:
1.1. Acta electrónica de la sesión y acuerdos adoptados, en la que se hará constar:
a) Lugar de la reunión, con expresión del nombre del Municipio y local en que se celebre.
b) Fecha de celebración (día, mes y año).
c) Hora de inicio y fin.
d) Nombre y apellidos de los asistentes y de los ausentes, indicando los que han presentado excusa y aquellos que no lo han hecho.
e) Carácter ordinario, extraordinario o especial de la sesión.
f) Asistencia del secretario general, o de quien legalmente le sustituya, y presencia el
interventor, cuando concurra.
g) Asuntos que se examinen.
h) Votaciones que se verifiquen y el sentido en que cada miembro emite su voto. En
el cómputo de las votaciones, se hará constar el sentido en que cada miembro emite su voto, pudiendo agruparse, a estos efectos, por los grupos municipales a que
pertenezcan, y el número de votos afirmativos, negativos y las abstenciones.
i) Acuerdos adoptados.
j) Constancia de la incorporación y ausencias de los corporativos que se produzcan
durante el desarrollo de la sesión.
BOCM-20230425-96
Pág. 380
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 25 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 97
El debate se celebrará durante el último trimestre del año, una vez oída la Junta de Portavoces y fijada fecha por esta Junta, y será convocado con una antelación de quince días
naturales.
Los Grupos Políticos Municipales y los concejales no adscritos podrán plantear peticiones de actuación, pero no podrán adoptarse acuerdos. Para ello, los Grupos Políticos y
concejales no adscritos registrarán tales peticiones de actuación con una antelación de, al
menos, tres días naturales a la celebración de la mencionada sesión plenaria extraordinaria.
El debate comenzará con una introducción por parte del Sr. alcalde-presidente o de un
miembro de la Junta de Gobierno Local designado por él para intervenir, sobre la situación
general del municipio y las líneas maestras de su acción de gobierno, intervención que tendrá un tiempo máximo de treinta minutos.
Tras esta intervención, intervendrán los portavoces de los Grupos Políticos municipales de mayor a menor representatividad numérica en la Corporación y los concejales no adscritos.
El tiempo máximo de intervención correspondiente a cada Grupo Político es el resultante de la aplicación del siguiente detalle:
— Cinco minutos por Grupo Municipal.
— Cinco minutos adicionales por cada miembro que conforme el Grupo Político.
— Cinco minutos adicionales por Grupo Político cuando en el mismo se integren cargos con responsabilidades de gobierno.
— Los concejales no adscritos dispondrán de cinco minutos cada uno de ellos.
El alcalde-presidente del Pleno podrá conceder otros turnos de palabra a otros miembros de la Corporación que así lo soliciten, que no deberán exceder, para cada uno de ellos,
del tiempo del que disfruten los concejales no adscritos.
El alcalde-presidente, o miembro de la Junta de Gobierno Local designado por él, tras
una intervención de réplica que no podrá exceder de quince minutos, dará por finalizada la
sesión.
De forma extraordinaria, y si la importancia de los asuntos tratados en el debate lo requiere, el alcalde podrá conceder un nuevo turno a los portavoces de los Grupos Políticos
Municipales y a los concejales no adscritos, con una duración máxima de cinco minutos por
cada uno de ellos. Los concejales no adscritos repartirán entre ellos el tiempo total concedido a cada portavoz.
Tras esta última intervención, el alcalde, o miembro de la Junta de Gobierno Local designado por él, cerrará la sesión con una intervención de un máximo de cinco minutos de
duración.
SECCIÓN 2
Constancia y ejecución de acuerdos
41. Cuando los recursos y medios materiales municipales lo permitan, por cada sesión
del Pleno Corporativo, el secretario general extenderá dos actas, a saber:
1.1. Acta electrónica de la sesión y acuerdos adoptados, en la que se hará constar:
a) Lugar de la reunión, con expresión del nombre del Municipio y local en que se celebre.
b) Fecha de celebración (día, mes y año).
c) Hora de inicio y fin.
d) Nombre y apellidos de los asistentes y de los ausentes, indicando los que han presentado excusa y aquellos que no lo han hecho.
e) Carácter ordinario, extraordinario o especial de la sesión.
f) Asistencia del secretario general, o de quien legalmente le sustituya, y presencia el
interventor, cuando concurra.
g) Asuntos que se examinen.
h) Votaciones que se verifiquen y el sentido en que cada miembro emite su voto. En
el cómputo de las votaciones, se hará constar el sentido en que cada miembro emite su voto, pudiendo agruparse, a estos efectos, por los grupos municipales a que
pertenezcan, y el número de votos afirmativos, negativos y las abstenciones.
i) Acuerdos adoptados.
j) Constancia de la incorporación y ausencias de los corporativos que se produzcan
durante el desarrollo de la sesión.
BOCM-20230425-96
Pág. 380
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID