D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 95

Vigesimosegunda
Comisión de seguimiento del convenio
Se constituye una Comisión de seguimiento del convenio, que estará formada por dos
representantes de cada una de las partes, con las funciones de llevar a cabo un seguimiento
efectivo del grado de cumplimiento de los objetivos y de los compromisos adquiridos, de
la justificación de las actuaciones subvencionables y de resolver las controversias que puedan surgir en la interpretación y el cumplimiento convenio.
La Comisión estará integrada por cuatro vocales correspondientes a dos miembros designados por cada una de las partes. La presidencia corresponderá al titular de la Dirección
General con competencia en materia de vivienda que designará como vocal a un miembro
de la Dirección General, correspondiendo el nombramiento del cargo de secretario al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, que lo designará y tendrá voz y voto.
La Comisión de seguimiento podrá ser asistida por otros representantes como técnicos
o expertos, designados a propuesta de las partes, con voz, pero sin voto.
El régimen de funcionamiento y adopción de acuerdos de la Comisión de seguimiento se ajustará a lo establecido en la Sección 3.a, del Capítulo II, del Título Preliminar, de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, referido a los órganos colegiados de las diferentes administraciones públicas.
Las funciones de la Comisión de seguimiento, tal como se señala en el artículo 49.f) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, serán las relacionadas con
el desarrollo y ejecución del convenio, en tanto instrumento jurídico que vincula a ambas partes.
La Comisión de seguimiento se reunirá tantas veces como sea necesario para el buen
desarrollo del mismo. De las reuniones de la Comisión de seguimiento se levantará, en su
caso, acta, en la que se reflejarán los acuerdos adoptados por sus miembros.

Vigesimocuarta
Liquidación del presente convenio
En la liquidación final, se incluirá una cuenta justificativa que contendrá una memoria de
las actuaciones llevadas a cabo y el grado de consecución de los objetivos previstos en la memoria- programa a la que se refiere el artículo 12.3.b) del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, así como una memoria económica que detalle los abonos realizados por cada una de las
actuaciones ya finalizadas, debiendo ser reintegrado a la Tesorería de la Comunidad de Madrid
el saldo que resulte de la diferencia entre los fondos entregados al Ayuntamiento de Torrejón
de Ardoz y los abonos derivados de las mismas que aquella haya efectivamente realizado.
Como documentación anexa a la cuenta justificativa se deberá aportar el certificado final de
cada una de las obras realizadas y la demás documentación requerida en la convocatoria.
Asimismo, será necesario aportar:
a) Un certificado expedido y suscrito por el Alcalde del Ayuntamiento de Torrejón de
Ardoz que certifique la finalización completa de las actuaciones objeto de la subvención con pronunciamiento expreso de su realización conforme a las exigencias
de Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. En este certificado se relacionarán los
importes de la inversión efectivamente ejecutada por partidas y los importes correspondientes a las ayudas recibidas, acreditando la veracidad en términos contables
y presupuestarios.
b) Verificación de la mejora en términos de eficiencia energética. Esta verificación del
cumplimiento de los requisitos de mejora establecidos en el artículo 14.1.a) del Real

BOCM-20230422-2

Vigesimotercera
Entrada en vigor y vigencia del convenio
1. El presente convenio entrará en vigor en el momento de su firma y, la vigencia se
extenderá hasta que finalicen los plazos señalados para la recepción de las ayudas y/o ejecución de las actuaciones conforme a lo dispuesto en el apartado siguiente.
2. La Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz se comprometen a que las actuaciones objeto de financiación estén finalizadas antes del día 30 de junio
de 2026 y a presentar la documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y
del cumplimiento del objeto de la subvención, al Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, con anterioridad al 31 de diciembre de 2026, para lo cual el Ayuntamiento
de Torrejón de Ardoz deberá aportar a la Dirección General con competencia en materia de
vivienda toda la documentación acreditativa con anterioridad al 10 de noviembre de 2026.