D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

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Decreto 853/2021, de 5 de octubre, de reducción del consumo de energía primaria no
renovable, reducción de la demanda global de calefacción y refrigeración, y/o de la
mejora de la calificación energética, según corresponda, se realizará tanto ex ante
como ex post, mediante la comparación del certificado de eficiencia energética de
cada edificio o vivienda antes y después de la actuación. Estos certificados, regulados por el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, deben haberse realizado con el mismo programa reconocido de certificación y estar registrados en el órgano competente de la Administración de la Comunidad de Madrid que también realiza su
inspección y control, y serán emitidos por técnicos competentes. Se deberán incluir los
porcentajes de contribución al etiquetado verde y digital a los que darían cumplimiento los proyectos y remitir la documentación justificativa, haciendo hincapié en el cumplimiento de la normativa europea y nacional aplicable, especialmente, en materia de
fraude, conflictos de intereses, corrupción, doble financiación y ayudas de Estado.
La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del PRTR, así como el suministro
de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y
seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las instituciones europeas, e informando de lo que sea preciso para
alimentar dicho sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea
prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
Toda la documentación deberá ser remitida por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz a la Dirección General con competencia en materia de vivienda antes del día 10 de noviembre de 2026.
Vigesimoquinta
Modificación y extinción del convenio
1. De conformidad con lo establecido en el apartado sexto del Acuerdo número 4 de Comisión Bilateral, de 26 de julio de 2022, modificado por adenda de 9 de marzo de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid
y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, la Comisión Bilateral de Seguimiento podrá realizar
las modificaciones en el citado Acuerdo que resulten necesarias ante las eventualidades que pudieran producirse, a fin de asegurar el desarrollo de las actuaciones hasta su total ejecución, de
conformidad con lo establecido en el artículo 71.3 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.
Los términos del presente convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las
partes suscriptoras, de conformidad con los acuerdos adoptados por la Comisión de seguimiento del convenio, a fin de asegurar el total cumplimiento de las actuaciones programadas.
2. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto.
El incumplimiento total o parcial de sus obligaciones por parte del Ayuntamiento de
Torrejón de Ardoz, tendrá como consecuencia la resolución del presente convenio. El
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz deberá reintegrar a la Dirección General con competencia en materia de vivienda las cantidades que hubiera percibido junto con los intereses
de demora devengados desde el momento de su entrega.
Vigesimosexta
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información
a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aque-

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