D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 95

Decimoprimera
Justificación y liquidación
1. La justificación por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz del cumplimiento de
las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos se realizará, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 y siguientes del Reglamento General de Subvenciones, mediante la presentación de una cuenta justificativa que contendrá una memoria de
las actuaciones llevadas a cabo y el grado de consecución de los objetivos previstos en la
memoria-programa a la que se refiere el artículo 12.3.b) del Real Decreto 853/2021, de 5 de
octubre, así como de una memoria económica justificativa del coste de las actuaciones realizadas que contendrá una relación clasificada de las inversiones realizadas, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago,
incorporándose asimismo las facturas o documentos de valor probatorio equivalente y la documentación acreditativa del pago. Si se han producido otros ingresos o subvenciones que
hayan financiado la actividad subvencionada se indicará el importe recibido y su procedencia.
2. En ningún caso la Comunidad de Madrid asumirá un posible exceso del coste de las
actuaciones realizadas, exceso que se entenderá íntegramente por cuenta del Ayuntamiento
de Torrejón de Ardoz.
3. Las actuaciones objeto de financiación a través de este Programa deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026.
La documentación acreditativa de la finalización de las actuaciones y del cumplimiento del objeto de la subvención deberá ser aportada a la Comunidad de Madrid para su verificación antes del 10 de noviembre de 2026 para posterior su remisión por parte de esta una
vez verificada al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con anterioridad
al 31 de diciembre de 2026.
4. Para la liquidación final se deberá aportar por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz una nueva cuenta justificativa en los términos del apartado primero de esta cláusula. En
el supuesto de que se justifiquen inversiones por importe inferior a la subvención reconocida en la liquidación provisional, se procederá al reintegro de la diferencia en la Tesorería
de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, será necesario aportar un certificado expedido y suscrito por el Alcalde del
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz que certifique la finalización completa de las actuaciones objeto de la subvención con pronunciamiento expreso de su realización conforme a lo establecido en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre. En este certificado se relacionarán los
importes de la inversión efectivamente ejecutada por partidas y los importes correspondientes a las ayudas recibidas, acreditando la veracidad en términos contables y presupuestarios.
DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS AYUDAS PARA LA MEJORA
O REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DE USO PREDOMINANTE
RESIDENCIAL PARA VIVIENDA
Decimosegunda
Tramitación de las ayudas para la mejora o rehabilitación de edificios
de uso predominante residencial para vivienda
1. De conformidad con lo previsto en el apartado cuarto del Acuerdo número 4 de Comisión Bilateral, de 26 de julio de 2022, modificado por adenda de 9 de marzo de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento Torrejón de Ardoz, “El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
concederá las subvenciones para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de
uso predominante residencial para vivienda mediante el procedimiento de concurrencia no
competitiva, atendiendo únicamente a la fecha de presentación de las mismas, siempre que
cumplan los requisitos y condiciones establecidas y exista disponibilidad presupuestaria”.
2. En función de las distintas fases del procedimiento, el Ayuntamiento de Torrejón
de Ardoz desarrollará las siguientes actuaciones, en el marco del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre:
a) Aprobará y resolverá la convocatoria de ayudas a las actuaciones de mejora o
rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial para vivienda.
b) Una vez concedidas las ayudas a la rehabilitación, abonará las ayudas otorgadas a
los solicitantes.
3. El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz deberá cumplir, en la convocatoria que
realice y en todas las actuaciones derivadas de la misma, con las obligaciones de publicidad establecidas en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub-

BOCM-20230422-2

IV.