D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230422-2)
Convenio –  Convenio de 3 de abril de 2023, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención de la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, para la prestación de servicios de oficina de rehabilitación y para la ejecución de actuaciones de urbanización, reurbanización y mejora del entorno físico en los entornos residenciales de rehabilitación programada de “Barrio Verde-Fronteras”, “Inta-Cobos” y “San José-Rosario”, en el municipio de Torrejón de Ardoz, dentro del Programa 1 del Real Decreto 853/2021, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 95

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 22 DE ABRIL DE 2023

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presentación de facturas. La documentación a presentar consistirá en una relación de los gastos realizados y certificación del responsable del departamento económico del Ayuntamiento
de Torrejón de Ardoz haciendo constar el coste total del programa subvencionado, el detalle de
los gastos efectuados en su desarrollo y su financiación total, informando expresamente de si
se han recibido o no otras subvenciones, públicas o privadas, para el mismo programa.
En el supuesto de que no se acrediten la realización de gastos por el importe total de
las actuaciones programadas, el importe de la subvención se verá minorado en la misma
proporción. En el caso de que se haya aprobado un anticipo para la realización de estos gastos, se adjuntará justificante del ingreso a la Tesorería de la Comunidad de Madrid por el
importe de la diferencia entre dicho anticipo y el importe de la subvención que resulte tras
la minoración. Asimismo, se procederá de la misma manera en el supuesto de que la minoración de la subvención derive del supuesto que finalmente el número de viviendas rehabilitadas fuere inferior al inicialmente programado.
El órgano instructor, una vez comprobada la documentación justificativa de la subvención, emitirá, en su caso, certificado del cumplimiento de todas las condiciones necesarias
para acceder a la misma.
2. En ningún caso la Comunidad de Madrid asumirá un posible exceso del coste de
las actuaciones realizadas por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, exceso que se entenderá íntegramente por cuenta de este.
III.

DISPOSICIONES RELATIVAS A LA URBANIZACIÓN, REURBANIZACIÓN
O MEJORA DEL ENTORNO FÍSICO

Décima
1. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo número 4 de Comisión Bilateral, de
26 de julio de 2022, modificado por adenda de 9 de marzo de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento
de Torrejón de Ardoz y, de acuerdo con el artículo 4.5 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz realizará las actuaciones programadas para la urbanización, reurbanización o la mejora del entorno físico.
2. Con cargo a los fondos transferidos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, mediante la resolución de transferencia de 26 de octubre de 2021 y 10 de
noviembre de 2022, se financiarán las actuaciones programadas para la urbanización, reurbanización o la mejora del entorno físico, que se otorgarán por el procedimiento de adjudicación directa al Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, y que ascienden a un importe total
de 1.203.750,00 euros.
3. De conformidad con lo previsto en el Acuerdo número 4 de Comisión Bilateral,
de 26 de julio de 2022, modificado por adenda de 9 de marzo de 2023, suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y, de acuerdo con el artículo 15.2.c) del Real Decreto 853/2021,
de 5 de octubre, para financiar el coste de las actuaciones de urbanización, reurbanización o
mejora del entorno físico, el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, podrá percibir hasta un 15
por 100 adicional sobre las cuantías máximas de la ayuda por vivienda que correspondan de
acuerdo con las actuaciones de rehabilitación realizadas en el ERRP. Esta cuantía adicional no
podrá superar, en el conjunto del ERRP, el 100 por 100 de los costes de las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico.
4. En orden a garantizar el éxito de la ejecución de las obras programadas, el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, en el plazo máximo de un mes desde la firma del presente
convenio de colaboración, remitirá a la Dirección General con competencias en materia de
vivienda, la siguiente documentación:
a) Certificaciones de gasto de las obras ya efectuadas en el Entorno residencial de
rehabilitación programada finalizadas, siempre que lo hayan sido con posterioridad al 1 de febrero de 2020.
b) Relación de las obras en curso, con expresión del importe presupuestado y el calendario de realización.
c) Relación de las obras programadas pendientes de inicio, especificando para cada una de
ellas el presupuesto del proyecto y un calendario de realización que incluya, al menos,
la fecha prevista de licitación, de adjudicación, de inicio de las obras y de finalización,
que en todo caso no podrá ser con posterioridad antes del día 30 de junio de 2026.

BOCM-20230422-2

Actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico