Galapagar (BOCM-20230421-63)
Organización y funcionamiento. Reglamento participación ciudadana
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 94

5. En la gestión del uso se tendrán en cuenta las siguientes pautas:
a) Ningún colectivo quedará excluido.
b) Tendrán prioridad y gratuidad en el uso los grupos y asociaciones sin ánimo de lucro. El reparto de espacios y tiempos será igualitario y proporcional.
c) Se fomentará la colaboración y respeto entre las personas y entidades usuarias.
6. Se prevendrá e impedirá el control arbitrario de cargo público, persona o grupo.
Art. 89.—Todas las entidades ciudadanas y asociaciones cumplirán las normas generales de uso y disposición, y en concreto:
a) No realizarán en el centro ningún tipo de publicidad mercantil de terceros, entendiendo por publicidad toda forma de comunicación que tenga por objeto favorecer o promover, de forma directa o indirecta, la compraventa o contratación de
servicios y/o bienes muebles o inmuebles.
b) No cederán a terceros, ni total ni parcialmente, sea o no miembro de la asociación,
el uso del espacio que le ha sido asignado.
c) Cuando se trate de centros abiertos al público, no impedirán la entrada, dentro del horario de funcionamiento, a ninguna persona por razón de raza, sexo, religión, opinión,
orientación sexual o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
d) Respetarán los horarios de utilización establecidos en el acuerdo de uso o aquellos
otros que le autorice el Ayuntamiento de Galapagar.
e) Respetarán los espacios asignados y a otras entidades o asociaciones que compartan el centro sin interferir en el normal desarrollo de sus actividades. Normas generales de uso y disposición de las instalaciones de los edificios municipales de la
calle José Capelo.
f) No causarán molestias al vecindario ni perturbarán la tranquilidad de la zona durante los horarios de utilización, adoptando las medidas oportunas establecidas en
la normativa vigente.
g) Conservarán los espacios asignados para su uso en óptimas condiciones de salubridad e higiene.
h) Custodiarán las llaves del centro y lo cerrarán cuando sea la última entidad en usarlo,
salvo que el acuerdo de uso disponga otra cosa. Al mismo tiempo velarán por el
buen uso de los espacios, ejerciendo la vigilancia y el control de los usuarios.
i) Destinarán el espacio cedido a las finalidades propias de la entidad, realizando su
programa de actividades, como también a lo que establece el acuerdo de uso o
pueda autorizar el Ayuntamiento.
j) Respetarán la finalidad y destino de los espacios de uso común.
k) Quedará prohibido el acceso de animales de compañía al local autorizado, excepto
en los supuestos contemplados en la ordenanza municipal reguladora de tenencia
de animales de compañía y aquellos reconocidos como perros guía.
l) Comunicarán a la gestora cualquier anomalía, incidencia o problema que pueda
surgir y con carácter inmediato en el supuesto de urgencia.
m) Permitir en todo momento al Ayuntamiento el ejercicio de la facultad de seguimiento e inspección en cuanto a vigilancia del cumplimiento de esta normativa, y
del acuerdo de cesión o autorización de uso, facilitando el acceso a los diversos
espacios y proporcionando la información que sea requerida.
n) Asimismo, las asociaciones y entidades ciudadanas reconocen el derecho del
Ayuntamiento a reservar para sí el uso preferente y en exclusiva de los locales municipales, siempre que concurran causas de fuerza mayor o se encuentre ante una
situación de caso fortuito. En cualquier caso y en la medida en que las circunstancias lo posibiliten, el Ayuntamiento preavisará del ejercicio de este derecho a
quienes estuvieran haciendo uso de los locales municipales en ese momento, con
la mayor antelación posible.
Art. 90.—El Ayuntamiento tiene las siguientes obligaciones:
a) Las que se deriven del cumplimiento de esta normativa general de uso y disposición y de la legalidad vigente. Normas generales de uso y disposición de las instalaciones de los edificios municipales de la calle José Capelo.
b) Conservar en óptimas condiciones de salubridad e higiene los espacios de uso común de cada Centro incluido en el ámbito de aplicación de la presente norma.
c) Las reparaciones y reposiciones destinadas al mantenimiento estructural de edificios, locales y espacios municipales, entendiéndose por tales los que afectan a la
estructura del inmueble, sus fachadas y cubiertas y las acometidas exteriores de

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