Galapagar (BOCM-20230421-63)
Organización y funcionamiento. Reglamento participación ciudadana
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BOCM

VIERNES 21 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 94

El Reglamento de Participación Ciudadana es el documento que regula a partir de ahora los mecanismos para que los vecinos y vecinas puedan intervenir en dichos asuntos locales. El Reglamento permitirá conformar un modelo más representativo y democrático
para Galapagar, donde la ciudadanía será copartícipe en la gestión municipal. En ese camino nos encontraremos, porque el futuro de las ciudades es de sus habitantes, y a todas las
personas nos corresponde trabajar por un municipio mejor.
El Ayuntamiento de Galapagar mantendrá un diálogo abierto, transparente y continuo
con el movimiento asociativo local y la sociedad civil local, que contribuya a mejorar la
confianza en las instituciones, refuerce los derechos de la ciudadanía y contribuya a la eliminación de desigualdades entre la mujer y el hombre, promueva su igualdad, luche contra
la exclusión social y contra toda discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, orientación sexual, u otra situación susceptible
de generar discriminación.
Tampoco le han de ser ajenas las políticas de promoción de empleo, y de exigencia en
la protección del medio ambiente y de las personas consumidoras, así como la lucha por la
erradicación de la pobreza.
En pocas palabras, entre todas y todos hemos de contribuir a consolidar una cultura reforzada de consulta y diálogo que facilite la convivencia, la solidaridad, la tolerancia, la responsabilidad ciudadana y los valores éticos, humanos y democráticos; reforzando el desarrollo humano y la preocupación por el bien común.
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1.—1. El objeto de este Reglamento es regular las formas, medios y procedimientos para promover y desarrollar la participación ciudadana en Galapagar.
2. Se entiende por participación ciudadana, la intervención individual o colectiva por
parte de la ciudadanía en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas y actuaciones públicas mediante instrumentos y procesos que permitan su comunicación con la administración local.
Art. 2.—El Ayuntamiento se compromete a potenciar con especial atención intereses
universales como la erradicación de la pobreza, la salud, la solidaridad, la educación, la integración de los colectivos en desventaja social y la cooperación para el desarrollo atendiendo a las necesidades reales del Municipio.
Art. 3.—1. El ámbito de aplicación de esta normativa incluye a la vecindad del municipio y a las asociaciones ciudadanas con presencia en el término municipal de Galapagar o domiciliadas y acreditadas en el mismo.
2. A efectos de estas normas, forma parte de la vecindad de Galapagar, cualquier persona inscrita en el Padrón Municipal de Habitantes.
3. A efectos de estas normas se consideran asociaciones ciudadanas las inscritas en
el Registro Municipal de Asociaciones.
TÍTULO II
Derechos de la ciudadanía de Galapagar
Capítulo I
Disposiciones generales
Art. 4.—1. Todas las personas tienen derecho a participar e intervenir en la gestión
de los asuntos públicos locales directamente o de forma colectiva a través de las asociaciones, entidades u otro tipo de organizaciones ciudadanas utilizando los órganos y canales de
participación establecidos en las leyes y en este reglamento.
2. A los efectos del presente Reglamento, este derecho de carácter general comprende los siguientes derechos:
a) Derecho a servicios públicos de calidad de competencia municipal.
b) Derecho a la información.
c) Derecho de petición y propuesta.
d) Derecho de audiencia pública.
e) Derecho de iniciativa popular.

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