B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230420-1)
Permisos profesores de religión –  Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2023/2024, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2023/2024, para el profesorado de Religión con contrato laboral indefinido que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 93

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ABRIL DE 2023

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10.2. Forma de presentación de la solicitud: Las solicitudes de participación, acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, dada la condición de
empleados y empleadas públicos de las personas participantes en la presente convocatoria, de
conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno
de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean
operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista
de confianza de prestadores de servicios de certificación”, estar dado de alta en alguno de
los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere
válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de
firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal + educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), en la sección, “Tramitación electrónica”.
La documentación requerida deberá ser remitida en formato PDF. El solicitante deberá asegurarse de que adjunta los archivos y de que estos son anexados correctamente.
En el portal de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid), dentro del apartado
“Sede electrónica” se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del
expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación digital”, “Aportar”, “Documentos”, y se pueden comprobar los documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la ruta: “Servicios de tramitación digital”, “Consultar”, “Situación de tus expedientes”.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
personas interesadas podrán actuar por medio de representante para los actos en que proceda, entendiéndose con este las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en
contrario de la persona interesada. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado. Si se desea actuar por medio de representante, se deberán
consignar los datos requeridos en el apartado correspondiente de la solicitud.
10.3. Documentación requerida:
— Permisos parcialmente retribuidos:
d Declaración responsable de no ocupar, durante el último curso de disfrute del
permiso, un puesto en los términos previstos en el apartado 2.2 de la base segunda de la presente resolución.
— Licencias sin retribución:
d Documento que acredite la causa de solicitud de la licencia sin retribución (estudios u otras causas justificadas).
— En caso de actuar por medio de representante, deberá consignar sus datos en el
apartado correspondiente de la solicitud, y presentar:
d DNI del representante en el supuesto de oposición a su consulta. La Comunidad
de Madrid consultará por medios electrónicos el DNI del representante, o en el
caso de oponerse a su consulta, deberá aportar copia del mismo y justificar su
oposición.
d Documento de otorgamiento de la representación.
Undécima
Plazo para la presentación de solicitudes

Duodécima
Listas de licencias concedidas y denegadas y Resolución
Listas provisionales de licencias concedidas y denegadas.
12.1. La Dirección General de Recursos Humanos dictará la Resolución por la que se
harán públicas las listas provisionales de los permisos parcialmente retribuidos y licencias sin

BOCM-20230420-1

Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.