C) Otras Disposiciones - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230419-11)
Gestión digital datos personales –  Orden conjunta de 3 de abril de 2023, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior y del Consejero de Administración Local y Digitalización, por la que se establecen las condiciones básicas de coordinación e interoperabilidad para la gestión digital de los servicios públicos de la Comunidad de Madrid basada en el tratamiento y almacenamiento de datos personales
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 19 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 92

y seguimiento del portal de Internet de la Comunidad de Madrid. Este decreto tiene como objeto actualizar y adaptar la normativa de la Comunidad de Madrid a la normativa básica del
Estado en cuestiones de Administración electrónica, con sujeción a la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sentado lo anterior, la Comunidad de Madrid, dentro de su continuo proceso de mejora y modernización de los servicios públicos que presta, y como parte de su apuesta por la
completa digitalización de las relaciones con los ciudadanos, que haga, a la postre, de esta
Administración, un instrumento eficaz y eficiente al servicio de la sociedad, ha decidido poner en marcha una plataforma de servicios públicos digitales a través de la cual los ciudadanos puedan acceder por medio de un solo sistema a toda la información y datos personales que obren en poder de la Comunidad de Madrid, así como iniciar, continuar y seguir
cualquier tipo de trámite o procedimiento que les resulte atractivo o necesario.
Para el desarrollo y puesta en marcha de esta iniciativa, los centros directivos, organismos y entes de la Comunidad de Madrid, responsables de la información y de los datos personales, autorizarán la incorporación de dicha información y datos a la plataforma, y permitirán la captura posterior de cualquier información o dato que obtengan en el futuro en el
ejercicio de sus competencias para disponer de un repositorio digital común de la Comunidad de Madrid, mejorar la calidad de la información y de los datos de cada ciudadano, aplicar políticas de gobierno del dato, y permitir la creación de perfiles, siempre que los datos
estén previamente anonimizados. Una vez incorporada la información y los datos, mejorada su calidad y creados perfiles anónimos, la plataforma de servicios digitales ofrecerá
proactivamente —para ser capaces de adelantarse a las necesidades de los ciudadanos—, al
ciudadano que lo consienta, con todas las garantías legales, servicios públicos personalizados acordes con un perfil anónimo, mediante el uso de inteligencia artificial. Esta plataforma dispondrá de sistemas seguros de identificación y firma digital que permitirán la gestión
de cualquier trámite administrativo en la Comunidad de Madrid.
Todo ello, como es lógico, con el objetivo añadido de mejorar la gestión interna, ganando en eficiencia y agilidad administrativa, y modernizar los canales de acceso e interrelación de los ciudadanos con la Administración. Ello redundará, además, en una mejora de
la gestión de cada centro directivo, organismo y ente de la Comunidad de Madrid, según
vaya incorporando a dicha herramienta sus propios trámites y procedimientos.
El objetivo último será disponer de una plataforma de servicios públicos digitales, impulsando la necesaria interoperabilidad, como principio general de actuación de las Administraciones públicas, y logrando una mayor coordinación entre los distintos centros directivos, organismos y entes de la Comunidad de Madrid, a la hora de prestar servicios
públicos. Por ello, el tratamiento automatizado, proactivo, y anticipado de la información y
datos resulta esencial, y el diseño de perfiles anónimos con la información y datos que obra
en poder de la Comunidad de Madrid, es clave para, adicionalmente, anticiparse a las necesidades de los ciudadanos y ofrecer, de manera personalizada, servicios de interés sin necesidad de que sea el ciudadano el que deba tratar de localizar dicho servicio.
Para iniciar el proceso de desarrollo de esta plataforma, se hace preciso acceder a la información y datos que obra en poder de la Comunidad de Madrid para la agrupación en una
única biblioteca de datos (conocida en el mundo tecnológico como “data lake”), que permita a este sistema tecnológico hacer un análisis y utilización proactiva y automatizada de la
misma, tanto para la utilización y consulta para la finalidad para la cual el ciudadano autorizó su tratamiento (la prestación de servicios públicos), como para la retroalimentación de
los procesos que el ciudadano decida iniciar a través de la misma.
Todo ello, como es lógico, con las debidas cautelas jurídicas, y con un sistema tecnológico que permita tanto la anonimización de los datos personales como la debida encriptación,
ya se alojen éstos en centros de procesamientos de datos propios o de terceros (“cloud”), garantizando la debida confidencialidad de todo el proceso, lo que salvaguarda el valor y respeto de la información y del dato, frente a los posibles riesgos que puedan surgir del almacenamiento en dichos sistemas “cloud” y del eventual tránsito de la información de unos
servidores a otros.
III
Por tanto, la regulación de la presente Orden supone, en primer lugar, el necesario desarrollo reglamentario para que las finalidades y garantías previstas en los párrafos anteriores sean una realidad, y, en segundo lugar, la respuesta a lo establecido en la disposición fi-

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