Arroyomolinos (BOCM-20230417-65)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 90

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 17 DE ABRIL DE 2023

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no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se puntuará conforme determinen las bases específicas de cada proceso selectivo.
— Exposición oral de temas: el ejercicio será puntuado por cada miembro del
Tribunal con tantas notas como temas hayan sido objeto de exposición. Las
calificaciones estarán comprendidas en una escala entre 0 y 10 puntos. Posteriormente, la suma de las calificaciones individuales de cada uno de los temas
se dividirá entre el número de asistentes del Tribunal, obteniéndose tantas calificaciones de entre 0 y 10 puntos como temas expuestos, siendo preciso para
superar este ejercicio alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada una de las calificaciones así obtenidas.
— Desarrollo por escrito de temas: el ejercicio será puntuado por cada miembro
del Tribunal con tantas notas como temas hayan sido objeto de desarrollo. Las
calificaciones estarán comprendidas en una escala entre 0 y 10 puntos. Posteriormente, la suma de las calificaciones individuales de cada uno de los temas,
se dividirá entre el número de asistentes del Tribunal, obteniéndose tantas calificaciones de entre 0 y 10 puntos como temas desarrollados, siendo preciso
para superar este ejercicio alcanzar un mínimo de 5 puntos en cada una de las
calificaciones así obtenidas.
— Resolución de uno o varios supuestos prácticos o pruebas prácticas, o redacción de informes o propuestas de resolución: el ejercicio será puntuado en la
forma descrita en los dos apartados anteriores.
C) Calificación final del proceso selectivo: la calificación definitiva del proceso de
selección vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada
uno de los ejercicios establecidos en las respectivas bases específicas. Los posibles empates en la puntuación se solventarán en la forma establecida en las bases
específicas.
13.2. Sistema selectivo de concurso-oposición.
En el concurso-oposición la calificación de la fase de concurso se hará pública por el
Tribunal en el tablón digital de anuncios y edictos del Ayuntamiento en el momento que determinen las bases específicas. Los y las aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso, para hacer alegaciones, que serán resueltas antes de que finalice la fase de oposición.
La calificación de los ejercicios de la fase de oposición se llevará a cabo en la forma
establecida en la base 13.1. La calificación definitiva del proceso de selección estará determinada por la suma de la calificación final de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso.
Los posibles empates en la puntuación se solventarán en la forma establecida en las bases específicas.

14.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará la relación de aprobados/as, con indicación del documento nacional de identidad, por orden de mayor a menor
puntuación total alcanzada, así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del
proceso selectivo, en el tablón digital de anuncios y edictos del Ayuntamiento.
Simultáneamente a su publicación en dicho tablón, el Tribunal elevará la relación expresada al Concejal/a delegado/a de Personal y se publicará en el diario BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
14.2. El Tribunal no podrá declarar que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el
Tribunal haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas
convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/las aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por
los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los y las aspirantes que sigan a los/as propuestos/as para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera.
14.3. El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

BOCM-20230417-65

Décima cuarta. Lista de aprobados/as