Arroyomolinos (BOCM-20230417-65)
Ofertas de empleo. Bases procesos selectivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 318
LUNES 17 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 90
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano convocante, el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.
Los Tribunales podrán excluir a aquellos/as opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as autores/as o
lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración municipal, aunque
ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de
las Administraciones públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o
trámites afectados por las irregularidades.
11.8. En cada una de las convocatorias, el Tribunal tendrá la categoría que corresponda al grupo o subgrupo de titulación de la escala y subescala que se convoque, de acuerdo con lo recogido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Duodécima. Desarrollo del proceso selectivo
12.1. El orden de actuación de los/as opositores/as será alfabético, y se decidirá por
el orden que determine la inicial del primer apellido que resulte del sorteo a que se refiere
el artículo 17 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de
los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, orden que se especificará en cada convocatoria.
12.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos/as del procedimiento quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor
invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de selección con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un/a aspirante al ejercicio en el
momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del procedimiento selectivo.
12.3. Una vez comenzado el procedimiento selectivo, los anuncios de celebración de
los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de
uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en el tablón digital de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Arroyomolinos.
12.4. Concluido cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en el tablón digital de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Arroyomolinos, la relación de aspirantes
que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación
obtenida.
Décima tercera. Calificación del proceso selectivo
13.1.
Sistema selectivo de oposición.
En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará en primer lugar a los/as
aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a publicar la lista de
aprobados/as. En sesión posterior se calificará, separadamente y por este orden, a
los/as aspirantes del cupo de discapacidad y a los/as aspirantes del turno de acceso libre. En el supuesto de que alguno/a de los/as aspirantes con discapacidad que
se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por
otros/as aspirantes del sistema de acceso general, será incluido/a por su orden de
puntuación en el sistema de acceso general.
Los ejercicios serán eliminatorios y aquéllos que sean puntuables serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un
mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. En los ejercicios que se califiquen como
“apto/a” o “no apto/a” quedarán eliminados los y las aspirantes que obtengan la
calificación de “no apto” o “no apta”.
B) Calificación de los distintos ejercicios:
— Cuestionario tipo test: en la calificación de los cuestionarios cada pregunta
contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada
BOCM-20230417-65
A) Normas generales.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 318
LUNES 17 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 90
Hasta que se dicte la oportuna resolución por el órgano convocante, el/la aspirante podrá continuar participando condicionadamente en el proceso selectivo.
Los Tribunales podrán excluir a aquellos/as opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los/as autores/as o
lleven a cabo cualquier actuación de tipo fraudulento durante la realización de los ejercicios. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración municipal, aunque
ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de
las Administraciones públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o
trámites afectados por las irregularidades.
11.8. En cada una de las convocatorias, el Tribunal tendrá la categoría que corresponda al grupo o subgrupo de titulación de la escala y subescala que se convoque, de acuerdo con lo recogido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
Duodécima. Desarrollo del proceso selectivo
12.1. El orden de actuación de los/as opositores/as será alfabético, y se decidirá por
el orden que determine la inicial del primer apellido que resulte del sorteo a que se refiere
el artículo 17 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de
los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, orden que se especificará en cada convocatoria.
12.2. Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único,
siendo excluidos/as del procedimiento quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor
invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de selección con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un/a aspirante al ejercicio en el
momento de ser llamado determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del procedimiento selectivo.
12.3. Una vez comenzado el procedimiento selectivo, los anuncios de celebración de
los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de
uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en el tablón digital de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Arroyomolinos.
12.4. Concluido cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en el tablón digital de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Arroyomolinos, la relación de aspirantes
que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación
obtenida.
Décima tercera. Calificación del proceso selectivo
13.1.
Sistema selectivo de oposición.
En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará en primer lugar a los/as
aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a publicar la lista de
aprobados/as. En sesión posterior se calificará, separadamente y por este orden, a
los/as aspirantes del cupo de discapacidad y a los/as aspirantes del turno de acceso libre. En el supuesto de que alguno/a de los/as aspirantes con discapacidad que
se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por
otros/as aspirantes del sistema de acceso general, será incluido/a por su orden de
puntuación en el sistema de acceso general.
Los ejercicios serán eliminatorios y aquéllos que sean puntuables serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un
mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. En los ejercicios que se califiquen como
“apto/a” o “no apto/a” quedarán eliminados los y las aspirantes que obtengan la
calificación de “no apto” o “no apta”.
B) Calificación de los distintos ejercicios:
— Cuestionario tipo test: en la calificación de los cuestionarios cada pregunta
contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada
BOCM-20230417-65
A) Normas generales.