C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230414-19)
Convocatoria subvenciones –  Orden 872/2023, de 24 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, por la que se por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones a entidades sin fin de lucro en concepto de mantenimiento de centros y servicios, para la atención social especializada a personas con enfermedad mental grave y duradera
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B.O.C.M. Núm. 88

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023

d) Antigüedad en la prestación del servicio: Hasta 5 puntos.
— Desde 0 hasta 4 años: 1 punto.
— Desde 5 hasta 9 años: 2 puntos.
— Desde 10 hasta 14 años: 3 puntos.
— Desde 15 hasta 19 años: 4 puntos.
— Más de 20 años: 5 puntos.
e) Horas a la semana que permanece abierto el servicio: Hasta 6 puntos.
— Desde 1 hasta 9 horas: 1 punto.
— Desde 10 hasta 19 horas: 2 puntos.
— Desde 20 hasta 29 horas: 3 puntos.
— Desde 30 hasta 39 horas: 4 puntos.
— Desde 40 hasta 49 horas: 5 puntos.
— Más de 50 horas: 6 puntos.
Las horas de funcionamiento del Servicio deberán estar en consonancia con las horas
de dedicación imputadas a los profesionales en el Anexo 5.H a la solicitud de subvención.
La puntuación máxima es de 41 puntos para federaciones y uniones de asociaciones, 37 puntos en el caso de asociaciones y 32 puntos en el caso de otras entidades. No se
atenderán las solicitudes de subvención con puntuación inferior a 26 puntos para federaciones y uniones de asociaciones, e inferior a 22 puntos en el caso de asociaciones y otras
entidades.
3. Solicitudes relativas a mantenimiento de servicios de Convivencia Familiar y Social:
a) Tipología de la entidad titular: Hasta 5 puntos. Los puntos se otorgarán proporcionalmente al número de socios.
1.o Asociaciones de 0 a 60 socios, 2 puntos.
2.o Asociaciones de 61 socios a 100, 3 puntos.
3.o Asociaciones de 101 socios a 150, 4 puntos.
4.o Asociaciones de más de 151 socios, 5 puntos.
Otras entidades: 1 punto.
b) Personal dedicado al servicio: régimen de vinculación laboral, tipo de jornada y
diversificación de perfiles profesionales en función de las actuaciones contempladas: Hasta 10 puntos.
— Vinculación laboral: Hasta 4 puntos.
Todo el personal fijo: 4 puntos. Más personal fijo que temporal: 3 puntos.
Igual número de personal fijo que temporal: 2 puntos. Menos personal fijo
que temporal: 1 punto.
— Tipo de jornada: Hasta 4 puntos.
Todo el personal con jornada completa: 4 puntos. Mayor número de trabajadores con jornada completa que parcial: 3 puntos. Igual número de trabajadores
con jornada completa que parcial: 2 puntos. Menos trabajadores con jornada
completa que parcial: 1 punto.
— Diversificación perfiles profesionales: Hasta 2 puntos.
— Varios perfiles: 2 puntos. Un solo perfil: 1 punto.
c) Objetivos, contenido técnico y metodología del servicio. Coordinación y complementariedad con la red pública de recursos de atención a personas con enfermedad mental: Hasta 10 puntos.
Se valorarán estos criterios en función a la documentación y memorias presentadas por cada entidad.
— Objetivos: Hasta 3 puntos.
— Contenido técnico y metodología: Hasta 5 puntos.
— Coordinación y complementariedad con la red pública: Hasta 2 puntos.
d) Antigüedad en la prestación del servicio: Hasta 5 puntos.
— Desde 0 hasta 4 años: 1 punto.
— Desde 5 hasta 9 años: 2 puntos.
— Desde 10 hasta 14 años: 3 puntos.
— Desde 15 hasta 19 años: 4 puntos.
— Más de 20 años: 5 puntos.

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BOCM-20230414-19

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