C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230414-19)
Convocatoria subvenciones –  Orden 872/2023, de 24 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, por la que se por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones a entidades sin fin de lucro en concepto de mantenimiento de centros y servicios, para la atención social especializada a personas con enfermedad mental grave y duradera
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 88

con jornada completa que parcial: 2 puntos. Menos trabajadores con jornada
completa que parcial: 1 punto.
— Diversificación perfiles profesionales: Hasta 2 puntos.
Varios perfiles: 2 puntos. Un solo perfil: 1 punto.
c) Antigüedad en la prestación del servicio: Hasta 5 puntos.
— Desde 0 hasta 5 años: 1 punto.
— Desde 6 hasta 10 años: 2 puntos.
— Desde 11 hasta 15 años: 3 puntos.
— Desde 16 hasta 20 años: 4 puntos.
— De 21 años en adelante: 5 puntos.
d) Grado de adecuación del programa de intervención social del centro a los objetivos prioritarios de la Consejería. Complementariedad con la Red pública de recursos de atención a personas con enfermedad mental: Hasta 10 puntos.
— Adecuación del programa de intervención social: Hasta 7 puntos.
— Complementariedad con la Red pública de recursos: Hasta 3 puntos.
e) Aportación económica de los usuarios: Hasta 4 puntos.
— Sin aportación usuarios: 4 puntos.
— Aportación hasta el 25% del coste: 3 puntos.
— Aportación desde el 26% hasta el 50% del coste: 2 puntos.
— Aportación desde el 51% hasta el 75% del coste: 1 punto.
— Aportación del 76% o más del coste: 0 puntos.
La puntuación máxima es de 33 puntos y no se atenderán las solicitudes de subvención
con puntuación inferior a 10 puntos.
2. Solicitudes relativas a mantenimiento de servicios de Información y Orientación:
a) Tipología de la entidad titular: Hasta 10 puntos. En el caso de las asociaciones, los
puntos se otorgarán proporcionalmente al número de socios.
— Federaciones y Uniones de Asociaciones: 10 puntos.
— Asociaciones: Hasta 6 puntos, con la siguiente clasificación:
1.o Asociaciones de 0 a 60 socios, 2 puntos.
2.o Asociaciones de 61 socios a 100 socios, 3 puntos.
3.o Asociaciones de 101 socios a 150 socios, 5 puntos.
4.o Asociaciones de 151 socios en adelante, 6 puntos.
— Otras entidades: 1 punto.
b) Personal dedicado al servicio: régimen de vinculación laboral, tipo de jornada y
diversificación de perfiles profesionales en función de las actuaciones contempladas: Hasta 10 puntos.
— Vinculación laboral: Hasta 4 puntos.
Todo el personal fijo: 4 puntos. Más personal fijo que temporal: 3 puntos.
Igual número de personal fijo que temporal: 2 puntos. Menos personal fijo
que temporal: 1 punto.
— Tipo de jornada: Hasta 4 puntos.
Todo el personal con jornada completa: 4 puntos. Mayor número de trabajadores con jornada completa que parcial: 3 puntos. Igual número de trabajadores
con jornada completa que parcial: 2 puntos. Menos trabajadores con jornada
completa que parcial: 1 punto.
— Diversificación perfiles profesionales: Hasta 2 puntos.
— Varios perfiles: 2 puntos. Un solo perfil: 1 punto.
c) Objetivos, contenido técnico y metodología del servicio. Coordinación y complementariedad con la red pública de recursos de atención a personas con enfermedad mental: Hasta 10 puntos.
Se valorarán estos criterios en función a la documentación y memorias presentadas por cada entidad.
— Objetivos: Hasta 3 puntos.
— Contenido técnico y metodología: Hasta 5 puntos.
— Coordinación y complementariedad con la red pública: Hasta 2 puntos.

BOCM-20230414-19

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