C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230414-19)
Convocatoria subvenciones – Orden 872/2023, de 24 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, por la que se por la que se convocan, para el año 2023, subvenciones a entidades sin fin de lucro en concepto de mantenimiento de centros y servicios, para la atención social especializada a personas con enfermedad mental grave y duradera
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 88
Séptimo
Forma y plazo de presentación
1. Los impresos y cuanta información se precise para formular la solicitud serán facilitados a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
2. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el
portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección
electrónica: sede.comunidad.madrid . Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por
prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o
cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en
los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3. El formulario de solicitud indica la documentación a presentar. La Comunidad de
Madrid consultará por medios electrónicos los datos de los siguientes documentos, salvo oposición expresa de las entidades solicitantes o en el caso de los datos tributarios, no prestar el consentimiento expreso a la consulta de datos ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria:
a) Tarjeta de Identificación fiscal de la entidad solicitantes.
b) DNI o NIE de la persona que ostente la representación legal de la entidad.
c) Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
d) Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
e) Documento acreditativo de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
4. Las notificaciones se realizarán a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas, para lo que debe estar dado de alta en el Sistema.
5. El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de 15 días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El cómputo del plazo se efectuará conforme se establece en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Octavo
Publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones
El extracto de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el mismo día en que se produzca la publicación de su extracto.
DE
Octavo Bis
1. Sin perjuicio de los deberes y obligaciones que asumen las Entidades beneficiarias participantes, como responsables de los tratamientos de datos personales que deban desarrollar como consecuencia de esta convocatoria, se informa que los datos personales de
los representantes de las Entidades participantes se integrarán en el tratamiento de datos
personales “Subvenciones a la Atención Social Especializada”.
2. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión de interés público, siendo imprescindible para gestionar la acción subvencionable solicitada, finalidad que
justifica el mismo.
Los datos serán tratados bajo la responsabilidad de la Dirección General de Atención
a Personas con Discapacidad, pudiendo consultar más información al respecto en:
https://comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/proteccion-datos
En su caso, serán comunicados o consultados por los órganos de esta Administración,
a otras Administraciones y/o Entidades gestoras colaboradoras para la finalidad declarada,
siendo necesario la conservación para hacer efectiva la justificación y la comprobación del
gasto subvencionado, y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar. Asimismo, deberán conservarse durante los períodos previstos en la normativa de archivos y patrimonio documental de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20230414-19
Protección de Datos de carácter personal
Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 14 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 88
Séptimo
Forma y plazo de presentación
1. Los impresos y cuanta información se precise para formular la solicitud serán facilitados a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid.
2. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro
Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el
portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección
electrónica: sede.comunidad.madrid . Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por
prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o
cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en
los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
3. El formulario de solicitud indica la documentación a presentar. La Comunidad de
Madrid consultará por medios electrónicos los datos de los siguientes documentos, salvo oposición expresa de las entidades solicitantes o en el caso de los datos tributarios, no prestar el consentimiento expreso a la consulta de datos ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria:
a) Tarjeta de Identificación fiscal de la entidad solicitantes.
b) DNI o NIE de la persona que ostente la representación legal de la entidad.
c) Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
d) Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración
Tributaria.
e) Documento acreditativo de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
4. Las notificaciones se realizarán a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas, para lo que debe estar dado de alta en el Sistema.
5. El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de 15 días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. El cómputo del plazo se efectuará conforme se establece en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Octavo
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El extracto de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
MADRID por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El texto íntegro de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el mismo día en que se produzca la publicación de su extracto.
DE
Octavo Bis
1. Sin perjuicio de los deberes y obligaciones que asumen las Entidades beneficiarias participantes, como responsables de los tratamientos de datos personales que deban desarrollar como consecuencia de esta convocatoria, se informa que los datos personales de
los representantes de las Entidades participantes se integrarán en el tratamiento de datos
personales “Subvenciones a la Atención Social Especializada”.
2. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión de interés público, siendo imprescindible para gestionar la acción subvencionable solicitada, finalidad que
justifica el mismo.
Los datos serán tratados bajo la responsabilidad de la Dirección General de Atención
a Personas con Discapacidad, pudiendo consultar más información al respecto en:
https://comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/proteccion-datos
En su caso, serán comunicados o consultados por los órganos de esta Administración,
a otras Administraciones y/o Entidades gestoras colaboradoras para la finalidad declarada,
siendo necesario la conservación para hacer efectiva la justificación y la comprobación del
gasto subvencionado, y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar. Asimismo, deberán conservarse durante los períodos previstos en la normativa de archivos y patrimonio documental de la Comunidad de Madrid.
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