Madrid (BOCM-20230412-67)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Ordenanza limpieza espacios públicos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 86

Debe decir:
“Ensuciar el espacio público por goteo o limpieza de balcones y terrazas, así como por
la limpieza o sacudida de alfombras, prendas y similares”.
4. En el apartado 4, del artículo 21:
Donde dice:
“Los comercios minoritarios de alimentación que, según las normas vigentes en cada
momento, precisen de área de ventas a la oferta de productos presentados sin embalaje
primario”.
Debe decir:
“Los comercios minoritarios de alimentación que, según las normas vigentes en cada
momento, precisen de área de ventas destinada a la oferta de productos presentados sin embalaje primario”.
5. En el apartado 2, del artículo 25.
Donde dice:
“La recogida de se efectuará por los servicios ordinarios municipales según las condiciones, turnos, días y horarios que se establezcan en cada momento haciendo uso del parque de recipientes normalizados instalados al efecto”.
Debe decir:
“La recogida se efectuará por los servicios ordinarios municipales según las condiciones, turnos, días y horarios que se establezcan en cada momento haciendo uso del parque
de recipientes normalizados instalados al efecto”.
6. En el apartado 4, del artículo 32:
Donde dice:
“Para el caso en que se prevea una afluencia de público al acto de más de 5.000 personas en el espacio público, los organizadores nombrarán a un responsable de la gestión de
los residuos que responderá ante el Ayuntamiento sobre gestión de aquellos”.
Debe decir:
“Para el caso en que se prevea una afluencia de público al acto de más de 5.000 personas en el espacio público, los organizadores nombrarán a un responsable de la gestión de
los residuos que responderá ante el Ayuntamiento sobre la gestión de aquellos”.
7. En el apartado 2, del artículo 50:
Donde dice:
“En las zonas de la ciudad en las que se efectúe la recogida puerta a puerta de vidrio
comercial, los establecimientos utilizarán obligatoria y exclusivamente este sistema, en lugar de el de contenerización”.
Debe decir:
“En las zonas de la ciudad en las que se efectúe la recogida puerta a puerta de vidrio
comercial, los establecimientos utilizarán obligatoria y exclusivamente este sistema, en lugar del de contenerización”.
8. En el apartado 3, letra c), del artículo 58:
Donde dice:
“En la comunicación deberá acreditarse el pago de la tasa por ocupación de vía pública”.
Debe decir:
“En la solicitud deberá acreditarse el pago de la tasa por ocupación de vía pública”.
9. En el artículo 67:
Donde dice:
“Si la cantidad total generada en una vivienda unifamiliar o similar, o en una comunidad de propietarios, es inferior a 120 litros, serán depositados en los recipientes destinados
a la recogida de la fracción orgánica”.

BOCM-20230412-67

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