A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20230412-2)
Ley –  Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

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cuanto a la posibilidad de ejecución y cuantía de las mismas a las disponibilidades presupuestarias reflejadas en las sucesivas leyes de Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid.
k) Potenciar la librería como un espacio comercial y como un centro de difusión cultural en su entorno. Estas medidas se trasladarán a sus políticas de adquisiciones
para centros públicos, incentivos fiscales, líneas de ayuda y actividades culturales.
Artículo 4
Definiciones
a) Biblioteca pública: centro mediador de información que evalúa las fuentes y aporta las claves necesarias para la comprensión de toda clase de conocimientos. Presta servicios y materiales sobre la base de igualdad de acceso a todas las personas
independientemente de su formación o procedencia y contribuye al desarrollo y
mantenimiento de la libertad de expresión, salvaguarda de los valores democráticos y los derechos de los ciudadanos.
b) Biblioteca escolar: centro de fomento de lectura y recursos documentales de referencia para los centros educativos y dependiente de ellos. Ofrece a la comunidad
escolar documentos, servicios de aprendizaje y otros recursos para que desarrolle
el pensamiento crítico y utilice de manera eficaz la información en cualquier soporte y formato, tanto analógico como digital.
c) Biblioteca universitaria: espacio físico y virtual, dependiente de la Universidad,
que integra todos los recursos y servicios (proporcionados en cualquier momento
y accesibles desde cualquier sitio) que sustentan el aprendizaje y la investigación
en la enseñanza superior.
d) Biblioteca especializada: centro de información que aglutina, trata y difunde información relativa a una materia o grupo de materias afines. Depende de un organismo, institución, asociación, o empresa y tiene por objeto dar apoyo a la toma
de decisiones del personal de los mismos, facilitar información concreta sobre un
tema o dar servicio para el desarrollo de las investigaciones del personal de la propia institución o de usuarios externos.
e) Red de Servicios Públicos de Lectura de la Comunidad de Madrid: conjunto organizado y coordinado de servicios públicos bibliotecarios existentes en la Comunidad de Madrid, bajo el principio rector de acceso libre y gratuito. Comprende tanto bibliotecas públicas de titularidad pública como otros puntos que presten
servicios propios de biblioteca pública, de extensión bibliotecaria, digitales de lectura pública coordinados por los departamentos responsables de los servicios públicos de lectura, etc.
f) Librería independiente: espacio comercial y cultural propiedad de un librero o sociedad, independiente de las grandes superficies o plataformas de venta, que ejerce, principalmente, la venta al por menor de una oferta de títulos diversificada, garantiza un servicio de continuidad y lleva a cabo iniciativas de promoción cultural
en su entorno. Se incluyen aquellas singulares que, a pesar de sus dimensiones reducidas, realizan una labor cultural de proximidad y que pueden tener un impacto global, importante y relevante para su comunidad, gracias a los medios digitales como internet y las redes sociales.
g) Editorial: empresa o entidad dedicada a la publicación de contenidos intelectuales
que realiza los necesarios procesos para su transformación, ya sea en formato físico o digital, con el fin de poder difundirlos.
h) Distribuidora: empresa o entidad dedicada principalmente a realizar servicios comerciales y logísticos entre editoriales y puntos de venta, a fin de hacerles llegar
libros y otras publicaciones, ya sean en formato físico o digital, facilitando su difusión.
i) Grupo bibliográfico-documental: el formado por los bienes muebles de esta tipología, que individualmente reúnen valores históricos y culturales (referidos a la legislación vigente sobre patrimonio histórico de la Comunidad de Madrid) que están relacionados por cuestiones de uso, de producción o de procedencia;
realizados por uno o varios creadores, ya sean personas físicas o jurídicas, y que
forman una unidad.

BOCM-20230412-2

A los efectos de esta Ley se entiende por: