A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20230412-2)
Ley –  Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 86

TÍTULO PRELIMINAR
Disposiciones generales
Artículo 1
Objeto
La presente Ley tiene por objeto:
a) La extensión social de la lectura y la regulación de su promoción, mediante el impulso del análisis de los hábitos culturales y de lectura en la Comunidad de
Madrid, y el establecimiento de un marco adecuado para la aprobación y la puesta en marcha de planes de actuación y de acciones de fomento.
b) La protección y fomento del libro como bien cultural y económico, declarado
“bien básico y de primera necesidad” a todos los efectos en la Ley 14/2021, de 11
de octubre, así como la defensa y apoyo a la industria y comercio del libro para
garantizar la pluralidad y diversidad cultural, impulsando la renovación tecnológica y modernización del sector.
c) El establecimiento de las bases y los instrumentos para la planificación y el desarrollo del Sistema de Lectura Pública de la Comunidad de Madrid.
d) La protección del patrimonio bibliográfico, audiovisual y digital madrileño, con el
objeto de asegurar su preservación, fomento, investigación, acceso y difusión.
Artículo 2
Ámbito de aplicación
Esta Ley será de aplicación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Artículo 3
Las actuaciones que se lleven a cabo en ejecución de lo previsto en la presente Ley estarán guiadas por los siguientes principios y valores:
a) El fomento de la lectura como elemento que permita la cohesión social, la inclusión y la universalización de la cultura.
b) La defensa del libro y de los agentes de su cadena de valor, así como el apoyo y fomento del precio fijo del libro, la garantía de la pluralidad cultural y la competencia equilibrada del sector editorial, sin menoscabo de las competencias estatales
sobre políticas de precios, en el marco de las directrices de la Unión Europea.
c) La modernización del sector del libro en la Comunidad de Madrid, a fin de que
pueda responder a las demandas y retos de la sociedad actual.
d) La igualdad, universalidad, inclusión y gratuidad de los servicios públicos de lectura, garantizando la no discriminación y el acceso generalizado a los mismos, así
como el respeto a la diferencia y las necesidades especiales de los individuos y
grupos sociales especialmente vulnerables por razones de exclusión social y necesitados de políticas de apoyo para su integración en la región a través de procesos
especiales educativos y culturales.
e) La sostenibilidad ambiental y económica de las instalaciones bibliotecarias de la
Comunidad de Madrid.
f) La adaptación a la realidad digital y el aprovechamiento de las oportunidades de
acceso universal que esta facilita, así como la adopción de las herramientas tecnológicas disponibles en cada momento.
g) El fomento, la defensa, promoción y respeto de los derechos de propiedad intelectual de los creadores.
h) La defensa del patrimonio bibliográfico, audiovisual y digital de la Comunidad de
Madrid para el conocimiento y reconocimiento de su pasado.
i) La coordinación y colaboración en las actuaciones de los poderes públicos competentes, así como la eficiencia en la gestión de los recursos públicos, compartiendo
el uso de recursos comunes, en los términos previstos en el artículo 140.1 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
j) La estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera, que implican que todas las actuaciones contempladas en la presente Ley quedan condicionadas en

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Principios y valores