A) Disposiciones Generales - PRESIDENCIA DE LA COMUNIDAD (BOCM-20230412-1)
Ley –  Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 86

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

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cial Territorial de la Comunidad de Madrid, regulado por la Orden 2623/2015, de 24 de noviembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.
Tampoco se debe olvidar la aspiración de la Comunidad de Madrid, manifestada por
su Parlamento en 2009, a la creación por parte de la Administración General del Estado del
Archivo Histórico Provincial de Madrid, en el cual se integraría el Archivo Histórico de
Protocolos de Madrid, de titularidad estatal y gestión transferida a nuestra Región, que
constituye, sin duda, una de las joyas de nuestro patrimonio documental, pues en él se conservan las escrituras centenarias producidas por escribanos públicos y notarios en Madrid
y en legaciones o embajadas españolas en el exterior desde el siglo XVI. Se trata, pues, de
una deuda histórica con Madrid, ya que es prácticamente la única Comunidad Autónoma
uniprovincial que carece de archivo histórico provincial. En el resto de las provincias, la
Administración General del Estado ha ido creando archivos históricos provinciales desde 1931 y
les ha dotado de edificios, equipamientos y medios materiales y humanos adecuados para
su función.
Desde la entrada en vigor de la Ley 4/1993, de 21 de abril, la articulación del Sistema de
Archivos de la Comunidad de Madrid ha permitido que se hayan podido llevar a la práctica políticas archivísticas concretas en el ámbito madrileño, como han sido: la puesta en marcha del
Consejo de Archivos de la Comunidad de Madrid, regulado por el Decreto 217/2003, de 16 de
octubre, del Consejo de Gobierno; o la continuación de las líneas de ayuda a los archivos de las
Entidades Locales madrileñas ya iniciadas anteriormente, así como el establecimiento de otras
nuevas destinadas a archivos de entidades privadas sin ánimo de lucro.

Como ya se ha indicado, el Estatuto de Autonomía atribuye en su artículo 26.1 competencias exclusivas a la Comunidad de Madrid en materia de archivos de su titularidad y
de promoción y difusión de su patrimonio histórico, así como competencias ejecutivas sobre archivos de titularidad estatal cuya gestión no se reserve el Estado. Y ello dentro de un
contexto legal general que ha supuesto la publicación de disposiciones que, sin ser específicamente archivísticas, tienen una extraordinaria influencia en este ámbito, como pueden ser:
la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español; la Ley 37/2007, de 16 de
noviembre, sobre reutilización de la información del sector público, incluida su modificación por la Ley 18/2015, de 9 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Por todo ello, se hace necesaria la adecuación
de la norma vigente al nuevo marco jurídico autonómico, estatal y europeo.
Del mismo modo, la Administración de la Comunidad de Madrid ha conocido una
fuerte evolución, asistiendo a un importante incremento de sus funciones, de sus organismos y de sus infraestructuras, que ha supuesto la aparición de nuevos procedimientos y nuevas formas de tramitación administrativa. Igualmente, se han desarrollado y democratizado los servicios públicos, articulando otras formas de relación más transparentes y
participativas entre el sector público y la sociedad: una sociedad que manifiesta de manera
creciente y decidida nuevas demandas de información.
En este proceso evolutivo, no cabe olvidar la auténtica revolución producida en el ámbito de las tecnologías de la información y de la comunicación, que ha alterado profunda y
definitivamente la gestión del conocimiento, con un claro reflejo en el mundo de la Administración y, consecuentemente, de los archivos. En este contexto, la Comunidad de Madrid
está inmersa en un necesario proceso de adaptación a las principales tendencias en el ámbito de la Sociedad de la Información y del Conocimiento que se plasma en su decidido
compromiso con la innovación científica y técnica. Ello está posibilitando una mejora en la
calidad de los servicios, en la atención a los ciudadanos y en el acceso a la información a
través de la promoción e implantación de los procedimientos telemáticos que configuran la
Administración electrónica madrileña. Ante la implantación de la Administración electrónica y la paulatina desaparición del soporte papel, la gestión de los archivos adquiere una
dimensión estratégica para la actuación administrativa y se convierte en un factor crítico
para la propia pervivencia de sus documentos. Este desarrollo ha incorporado nuevos paradigmas: sistemas tradicionales en convivencia con sistemas mixtos o híbridos de gestión
administrativa, a base de documentos en papel y documentos electrónicos, junto a sistemas
plenamente digitales. Así pues, la visión tradicional de la función archivística como servicio final debe dar paso a otra que la conciba como una actividad de gestión anticipada que
comienza por la propia definición del documento electrónico para abarcar también la orga-

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