C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20230412-34)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 23 de marzo de 2023, para la encomienda de gestión entre la Dirección General del Proceso Integrado de Salud y la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para completar la automatización y llevar a cabo los desarrollos informáticos que se requieren en el programa de cribado poblacional de cáncer colorrectal de la Comunidad de Madrid que soporten la invitación, comunicación y seguimiento del proceso
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 86

A la Comunidad de Madrid le corresponde en 2023 un crédito por importe de 405.369,91
euros asignados al subproyecto C18.I02 Promoción de la salud y prevención del cáncer en el
marco de la estrategia del cáncer, y del mismo a la actuación de “Invitación al programa de
cribado poblacional de cáncer colorrectal en la Comunidad de Madrid”, para la gestión de la
invitación al programa.
Segundo
En el año 1992 se crea la Oficina Regional de Coordinación Oncológica de la Comunidad de Madrid mediante Decreto 57/1992, de 23 de julio, con las funciones de coordinación
y asesoramiento, cuanto a todas las actividades oncológicas de la Comunidad de Madrid y
adscrita a la Consejería de Sanidad (en su actual denominación) por razón de la materia.
El Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer aprobado el 3 de febrero de 2021 define las
líneas para asegurar una atención de calidad a los pacientes con cáncer de la Unión Europea.
Alineado con sus objetivos, el Ministerio de Sanidad publica la Actualización de la Estrategia en Cáncer que aprobó por unanimidad el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema
Nacional de Salud 24 de febrero de 2021, que aborda la detección precoz del cáncer, y en concreto del cáncer de colorrectal siempre en el marco de programas organizados de base poblacional y de acuerdo con los criterios recogidos en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud
y el procedimiento para su actualización, modificado por Orden SCB/480/2019, de 26 de
abril, por la que se modifican los anexos I, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre.
Tercero
La Dirección General del Proceso Integrado de Salud tiene encomendadas, entre sus
competencias, la detección precoz de cáncer de colorrectal, a través de la Oficina Regional de
Coordinación Oncológica, que queda adscrita a esta Dirección General según lo dispuesto en
el artículo 2 y la disposición adicional primera del Decreto 2/2022, de 26 de enero, competencia que asume la Dirección General del Proceso Integrado de Salud.
El Servicio Madrileño de Salud es competente, de conformidad con lo establecido en
el artículo 4, apartado b), del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por
el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud para la puesta en marcha de las actuaciones de salud pública que tengan relación con la
atención sanitaria y estén encaminadas a garantizar los derechos de protección de la salud
de la población de la Comunidad de Madrid, desde una perspectiva comunitaria, en coordinación con otros órganos con competencia en la materia.
Por su parte, el Decreto 2/2022, de 26 de enero, atribuye a la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, en la letra b) del número 1 del artículo 8 las competencias en materia de: “la implantación de las aplicaciones informáticas y la garantía de su
integración y homogeneidad en el ámbito sanitario”.

En cumplimiento del Real Decreto 1030/2006 de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y procedimientos
para su actualización, la Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, por la que se modifican los
anexos I, II y VI del Real Decreto 1030/2006, el Programa de Detección Precoz del Cáncer Colorrectal de la Comunidad de Madrid, se encuentra implementado y organizado de
forma centralizada; dirigido a la población de hombres y mujeres de edades comprendidas
entre 50 y 69 años residentes en la Comunidad de Madrid, que precisa de un sistema informático actualizado para recoger la información generada en cada una de las partes del
proceso y gestionar de forma centralizada todas las actividades del programa.
Por lo tanto, se hace necesario complementar el proceso de automatización e incluir
mejoras evolutivas en la aplicación informática que, acorde a la tecnología actual, permita
tener las herramientas y las funcionalidades necesarias para su fin, y que integre la interoperabilidad entre los sistemas de información ya existentes y los nuevos.
Quinto
Que la Dirección General del Proceso Integrado de Salud no dispone de los medios
materiales ni técnicos para llevar a efecto completar la automatización del aplicativo informático del programa de cribado poblacional de cáncer colorrectal de la Comunidad de

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Cuarto