Pinto (BOCM-20230411-91)
Otros anuncios. Ordenanza servicio limpieza viaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 11 DE ABRIL DE 2023

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trabajo, así como a la legislación y convenios laborales vigentes. Es obligatorio cumplir las
obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales.
Art. 32. Plantilla mínima.—Sin perjuicio de las previsiones mínimas generales indicadas a lo largo de este reglamento en algunas de las labores, se destinarán, para las labores recogidas en el título II el personal siguiente que incluirá, según cada caso, técnicos diplomados, auxiliares administrativos, encargados, conductores, operarios/as en sus
distintas categorías, peones y personal de taller, que resulten necesario para la adecuada
prestación del servicio y que se definirá detalladamente en el momento de contratación de
los servicios y que, en ningún caso, será inferior al que conste en plantilla que deberá respetarse durante toda la vigencia del servicio.
Capítulo II

Art. 33. Obligaciones.
a) Todos los materiales, maquinaria y herramientas deberán estar limpios y estar en
perfecto estado de mantenimiento.
b) Se llevarán a cabo todas las labores de limpieza, conservación, reparaciones y
mantenimiento para que la flota de vehículos se encuentre en perfecto funcionamiento.
c) Se dispondrá de un plan de mantenimiento integral.
d) En todo caso, durante el servicio se dispondrán y adquirirán los equipos (maquinaria, vehículos, herramientas y materiales) y las reposiciones que resulten necesarias para su adecuada prestación.
e) La adquisición o alquiler de todo tipo maquinaria necesarios para la prestación del
servicio será por cuenta y a cargo de quien preste el servicio.
f) Se dispondrá de los vehículos y materiales y herramientas propios de control y de
reserva necesarios para hacer frente a cualquier avería, sin entorpecer la buena
marcha del servicio.
g) Todos los vehículos estarán pintados y serigrafiados en los lugares más visibles y
se volverá a pintar y serigrafiar en caso de degradación.
h) Anualmente se realizará un listado con las marcas, modelos, fichas de características técnicas de los distintos medios materiales, fotografías, prestaciones, valor
económico, plazo de amortización y programa de mantenimiento técnico.
i) Asimismo, anualmente, se realizará una lista de vehículos y maquinaria, estado de
las amortizaciones, ITV y registro de operaciones de mantenimiento.
j) Anualmente, se redactará una memoria de sostenibilidad con el siguiente contenido: consumo de combustible anual de cada vehículo, kilometraje recorrido por la
flota de vehículos, horas de servicio de la maquinaria, consumos de agua y otras
informaciones que el Ayuntamiento pudiera entender relevante.
k) Se debe realizar una utilización adecuada de los medios materiales.
l) Todos los medios materiales cumplirán la normativa ambiental vigente y la fijada
en este Reglamento.
m) Los medios materiales deberán usarse, justificando, en su caso, las bajas, y procediendo a su sustitución. Se deberá comunicar al Ayuntamiento cualquier venta,
baja, sustitución o nueva adquisición de vehículos y maquinaria.
n) Cuando los vehículos, maquinaria y demás bienes de equipo agoten su vida útil o
si, a propuesta del propio Ayuntamiento o de la empresa, hayan de ser objeto de
sustitución, será obligatoria su retirada presentando la documentación acreditativa al efecto. En estos casos, el prestador del servicio los sustituirá por otros de
nueva adquisición a su cargo.
o) Se entiende por vida útil a efectos de proceder a la sustitución de los vehículos y
demás bienes de equipo citados en el párrafo anterior el fijado en la Resolución
vinculante de la Dirección General de Tributos V0171-17 de 24 de enero de 2017.
p) Los vehículos, maquinaria y demás bienes de equipo que se compran, sustituyan,
etc. se amortizarán económicamente por el contratista durante el plazo total de la
concesión.
q) La maquinaria que no se utilice será sustituida. Está prohibido tener maquinaria
sin utilizar y no sustituirla y traer maquinaria privada del prestador del servicio,
en caso de gestión indirecta, en sustitución de aquella. La maquinaria de sustitu-

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Medios materiales