D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230408-3)
Convenio –  Convenio de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), a través de su Delegación Territorial en Madrid, para la colaboración en el ámbito de la atención sanitaria a las personas ciegas o con deficiencia visual grave en los centros del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 83

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 8 DE ABRIL DE 2023

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autoorganización, cuyos fines sociales se dirigen a la consecución de la autonomía personal y plena integración de las personas ciegas y con deficiencia visual grave, mediante la
prestación de servicios sociales, que ejerce en todo el territorio español funciones delegadas de las administraciones públicas, bajo el protectorado del Estado.
Conforme al artículo 6 de sus estatutos, tiene como fines esenciales la consecución de
la autonomía personal, la rehabilitación, la plena inclusión social y los derechos de ciudadanía, la igualdad de oportunidades y no discriminación y la minimización del impacto que
la ceguera o la deficiencia visual grave presenta en la vida de sus afiliados y afiliadas.
Para el cumplimiento de sus fines sociales desarrolla un conjunto de servicios, prestaciones y actividades que tiene por objetivo el bienestar social de las personas afiliadas, articulando el refuerzo de aquellos recursos que coadyuven al disfrute de su movilidad y vida
diaria independiente, el acceso a la información y la comunicación, el apoyo psicosocial,
así como el asesoramiento que facilite el acceso de las personas afiliadas a los servicios de
su comunidad, con el fin de mejorar su capacidad de autonomía personal.
Por otra parte, la amplia trayectoria, labor y conocimiento de la ONCE sobre la situación y la integración de las personas ciegas o con deficiencia visual grave en multiplicidad
de ámbitos y situaciones confieren especial valor a sus aportaciones, de cara a garantizar la
más adecuada actuación y toma de decisiones de la Administración sanitaria que afecten a
los derechos de este colectivo.
Octavo
Por lo anterior, existe una confluencia entre los objetivos de las partes en cuanto a la
integración y el acceso a la atención sanitaria en el Servicio Madrileño de Salud de las personas ciegas o con deficiencia visual grave, por lo que las partes acuerdan suscribir este
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Este convenio tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y
la ONCE a través de su Delegación Territorial en Madrid, en el ámbito de la atención sanitaria a las personas ciegas o con deficiencia visual grave en los centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud, de modo que se facilite la integración y accesibilidad.
El objeto de este convenio comprende a los pacientes con la mencionada carencia visual
y a las personas con igual problema que acompañen o visiten a los pacientes, ya sean o no estas últimas personas con carencia visual y las previsiones del convenio se entienden hechas a
ambos colectivos, salvo que por su propia naturaleza solo sean aplicables a uno o a otro.
En los centros, la ocupación de los espacios se limitará al desarrollo imprescindible de
las actividades derivadas del convenio y estará supeditada y en nada afectará al normal funcionamiento de la principal prestación —la asistencia sanitaria— de cada hospital, sin que
suponga cesión de carácter permanente o exclusivo o cesión de derechos reales ni detrimento alguno de dicha prestación básica esencial.
Segunda
El objeto del convenio comprende las siguientes actividades:
— Acompañamiento, por parte de voluntarios aportados por la ONCE, a las personas
ciegas o con deficiencia visual grave que acudan a los centros del Servicio Madrileño de Salud, en especial los CEP (centros de especialidades periféricas).
— Información a profesionales y pacientes sobre las necesidades en el ámbito de sanitario de las personas ciegas o con deficiencia visual grave a través de charlas,
conferencias informativas, talleres, pudiéndose también incluir formación relativa a esta materia en el plan de formación continuada de la Consejería de Sanidad
y en la actividad de la Escuela Madrileña de Salud.
— Asesoramiento gratuito por parte de la ONCE en cuanto a las necesidades, problemática, accesibilidad y otras circunstancias que afecten a este colectivo, incluido
el asesoramiento de carácter técnico, a la Consejería de Sanidad y al Servicio Ma-

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Actividades de desarrollo del convenio