D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230405-28)
Convenio –  Convenio de colaboración de 17 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la empresa GlovoApp Spain Platform, S. L. U., para la puesta a disposición de una plataforma para envíos y entregas de productos a través de la página web Glovo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023

B.O.C.M. Núm. 81

Décima
Causas de resolución del convenio.
El presente Convenio quedará resuelto en los siguientes supuestos:
a) Cuando transcurra el plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) Acuerdo unánime de los firmantes.
c) Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.
En este caso, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.2.c) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cualquiera de las partes
podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que en un plazo
de 20 días hábiles cumpla con las obligaciones o compromisos que se consideran
incumplidos.
Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento,
la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa
de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.
f) El incumplimiento de las normas y estándares a las que las Partes se han comprometido en la cláusula decimosegunda.
Decimoprimera
Régimen jurídico
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación de la Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en su
artículo 4.1, sometiéndose a los principios de dicha ley para resolver las dudas y lagunas
que pudieran presentarse, así como a las normas generales de derecho administrativo, los
principios de buena administración y el ordenamiento jurídico en general
Decimosegunda
Ambas partes, sus empleados, agentes y representantes, deben cumplir plenamente
con todas las leyes aplicables con respecto a la lucha contra el soborno, el lavado de dinero y la lucha contra el terrorismo financiero, antimonopolio y otras aplicaciones a la actividad. Además, deberá realizar sus actividades de acuerdo con los más estrictos conceptos y
principios de ética, integridad y buena fe, evitando por sí mismo y/o a través de terceros, la
participación en actividades comerciales ilícitas.
La Comunidad de Madrid aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 29 de diciembre de 2021, una declaración institucional de lucha contra el fraude, cuyo objetivo de
esta política es promover dentro de la organización una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de estos supuestos.
Asimismo, Glovo tiene aprobado un código de ética y conducta empresarial frente a
terceros sometiéndose a los valores centrales de su compañía: Gas, Good Vibes, Stay Humble, Care y Glownership.
El incumplimiento de las normas y estándares a las que las Partes declaran haberse
comprometido en los párrafos previos, será considerado un incumplimiento del Convenio,
susceptible de dar a lugar a la terminación del mismo, de conformidad con lo previsto en la
cláusula decimoprimera y en la normativa de aplicación.

BOCM-20230405-28

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