D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230405-23)
Convenio – Convenio de 23 de marzo de 2023, entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades Autónomas de Andalucía, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia y Navarra, por el que se crea el órgano colegiado y ordena la red de información educativa (REDINED)
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BOCM
Pág. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 81
Decimoquinta
Naturaleza jurídica
El presente Convenio tiene naturaleza interadministrativa, de los previstos en el artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimosexta
Resolución de conflicto
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio serán resueltas en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento y en el caso de que no fuera posible, será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en la fecha indicada en la
firma electrónica.
Madrid, a 23 de marzo de 2023.—La Ministra de Educación y Formación Profesional,
María del Pilar Alegría Continente.—La Consejera de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional de la Junta de Andalucía, Patricia del Pozo Fernández.—El Consejero de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Martí Xavier March i Cerdà.—La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del
Gobierno de Canarias, Manuela Armas Rodríguez.—El Vicepresidente y Consejero de
Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria, Pablo Zuloaga
Martínez.—La Consejera de Educación de la Junta de Castilla y León, Rocío Lucas Navas.—La Consejera de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, María Esther Gutiérrez Morán.—El Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de la Xunta de Galicia, Román Rodríguez González.—El Vicepresidente y Consejero de
Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, P. D. F. (Decreto 73/2022, de 15
de diciembre, de la Presidenta), Enrique Ossorio Crespo.—El Consejero de Educación,
Formación Profesional y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Víctor Javier Marín Navarro.—La Consejera de Educación del Principado de Asturias, Lydia
Espina López.—El Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, Carlos Gimeno Gurpegui.
ANEXO I
CREACIÓN DEL ÓRGANO COLEGIADO, ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO DE LA RED DE INFORMACIÓN EDUCATIVA
(REDINED)
TÍTULO I
Apartado 1. Se crea el órgano colegiado y se ordena la Red de Información Educativa (REDINED), con la finalidad de mantenerla actualizada con la información bibliográfica, en materia educativa (investigaciones, innovaciones, ponencias, artículos de revistas
y demás recursos) producida en el Ministerio de Educación y Formación Profesional y en
cada una de las Comunidades Autónomas participantes para facilitar su conservación, difusión y uso.
Apartado 2. La función primordial de REDINED es alimentar y actualizar el repositorio, incorporando investigaciones, innovaciones y recursos producidos en España para su
difusión y uso por la comunidad educativa.
Apartado 3. Son miembros titulares de la Red las Consejerías competentes en materia de Educación de las Comunidades Autónomas que suscriban este convenio y el Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la Subdirección General de Atención al Ciudadano, Documentación y Publicaciones.
Apartado 4. Los miembros titulares serán los responsables de la selección de la documentación, alimentación y mantenimiento del sistema en su ámbito territorial.
BOCM-20230405-23
Objeto y miembros de REDINED
Pág. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2023
B.O.C.M. Núm. 81
Decimoquinta
Naturaleza jurídica
El presente Convenio tiene naturaleza interadministrativa, de los previstos en el artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decimosexta
Resolución de conflicto
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio serán resueltas en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento y en el caso de que no fuera posible, será el orden jurisdiccional contencioso-administrativo el competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en la fecha indicada en la
firma electrónica.
Madrid, a 23 de marzo de 2023.—La Ministra de Educación y Formación Profesional,
María del Pilar Alegría Continente.—La Consejera de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional de la Junta de Andalucía, Patricia del Pozo Fernández.—El Consejero de Educación y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Martí Xavier March i Cerdà.—La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del
Gobierno de Canarias, Manuela Armas Rodríguez.—El Vicepresidente y Consejero de
Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria, Pablo Zuloaga
Martínez.—La Consejera de Educación de la Junta de Castilla y León, Rocío Lucas Navas.—La Consejera de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, María Esther Gutiérrez Morán.—El Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de la Xunta de Galicia, Román Rodríguez González.—El Vicepresidente y Consejero de
Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, P. D. F. (Decreto 73/2022, de 15
de diciembre, de la Presidenta), Enrique Ossorio Crespo.—El Consejero de Educación,
Formación Profesional y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Víctor Javier Marín Navarro.—La Consejera de Educación del Principado de Asturias, Lydia
Espina López.—El Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, Carlos Gimeno Gurpegui.
ANEXO I
CREACIÓN DEL ÓRGANO COLEGIADO, ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO DE LA RED DE INFORMACIÓN EDUCATIVA
(REDINED)
TÍTULO I
Apartado 1. Se crea el órgano colegiado y se ordena la Red de Información Educativa (REDINED), con la finalidad de mantenerla actualizada con la información bibliográfica, en materia educativa (investigaciones, innovaciones, ponencias, artículos de revistas
y demás recursos) producida en el Ministerio de Educación y Formación Profesional y en
cada una de las Comunidades Autónomas participantes para facilitar su conservación, difusión y uso.
Apartado 2. La función primordial de REDINED es alimentar y actualizar el repositorio, incorporando investigaciones, innovaciones y recursos producidos en España para su
difusión y uso por la comunidad educativa.
Apartado 3. Son miembros titulares de la Red las Consejerías competentes en materia de Educación de las Comunidades Autónomas que suscriban este convenio y el Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la Subdirección General de Atención al Ciudadano, Documentación y Publicaciones.
Apartado 4. Los miembros titulares serán los responsables de la selección de la documentación, alimentación y mantenimiento del sistema en su ámbito territorial.
BOCM-20230405-23
Objeto y miembros de REDINED