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Convenio –  Convenio de colaboración de 16 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y Quirón Prevención, S. L. U., para la formación de residentes en salud laboral en el marco del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 76

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MARZO DE 2023

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4. Así, en la Comunidad de Madrid, el IRSST, de conformidad con el artículo 4.8 de
la Ley 23/1997, de 19 de marzo, de Creación del citado Instituto, es el órgano gestor de la
Política de Prevención de Riesgos Laborales cuya finalidad radica en la promoción de la
mejora de las condiciones de trabajo y elevación del nivel de protección de la seguridad y
salud de los trabajadores, mediante la potenciación de labores de divulgación, asesoramiento y apoyo a empresarios y trabajadores, de cara a canalizar y poner en marcha las medidas
preventivas consideradas óptimas en cada caso.
5. Por su parte, Quirón Prevención, S. L. U. es una entidad privada inscrita en el registro mercantil de Madrid en el Tomo 36077, Libro 0, Folio 83, Sección 8.a, Hoja M-648249
que, de acuerdo con su objeto social recogido en sus estatutos sociales, en su artículo 2 realiza, entre otras, las siguientes actividades:
a) La prestación de servicios sanitarios, realización de reconocimientos médicos,
psicotécnicos, psicofísicos, y análisis clínicos, químicos y microbiológicos y el
asesoramiento y consultoría para la promoción de la salud.
b) La prestación de servicios relativos a valoración del daño corporal, incluida la elaboración de informes periciales técnicos y médicos, y las actividades de seguimiento de la incapacidad temporal.
c) La prestación de servicios relacionados con la formación y enseñanza profesional,
escolar, universitaria y de postgrado, y la organización de actividades de carácter
formativo y divulgativo, como cursos, jornadas y seminarios, así como el desarrollo e implementación de programas de formación de salud corporal, seguridad e
higiene en el trabajo y ergonomía y psicología.
d) La realización y venta a terceros de actividades de investigación, diseño en todos
los campos de la prevención, tratamiento de riesgos y daños personales y materiales, protección, promoción y mejora de la salud de las personas, mejora de la productividad, del rendimiento y de las condiciones de trabajo, protección del medio
ambiente, seguridad y calidad de los productos, ergonomía y en general todas las
áreas relacionadas con la prevención y mejora de la calidad de vida de los trabajadores, usuarios y consumidores en el desarrollo de todas las actividades de la
vida diaria. Realización y venta de proyectos vinculados con las áreas anteriores,
así como la ejecución, distribución y venta de publicaciones y productos relacionados con las mismas.
6. Las partes consideran que la organización de rotaciones por parte de los residentes de la Unidad Docente de Medicina de Salud Laboral (en adelante UDMSL) de Quirón
Prevención, S. L. U. en los servicios y departamentos del IRSST puede resultar de gran interés, tanto para los residentes como para el Instituto y sus profesionales, en la formación
de los profesionales que, en un futuro, van a realizar funciones en el servicio sanitario dentro de un Servicio de Prevención.
Ambas partes actúan en el ejercicio de sus respectivos cargos y se reconocen capacidad suficiente para obligarse en los términos del presente convenio, estructurando su funcionamiento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera

El presente convenio tiene por objeto establecer y articular un marco general de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través del IRSST, y Quirón Prevención, S. L. U.,
que defina las condiciones en las que los residentes de la UDMSL realizarán un programa
de formación por diferentes servicios/departamentos del IRSST al objeto de conocer las actividades de dicho Instituto y de sus profesionales.
Segunda
Régimen jurídico
El convenio tiene naturaleza administrativa, y se regirá por sus propias normas y, en
todo caso, por lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

BOCM-20230330-40

Objeto del convenio